Estimados compañeros y compañeras,
Incesantemente, tal y como si fuera un mantra, la empresa os hace llegar el mensaje de que la mayoría del Comité –nuestro sindicato CSC– es un ala extremista que continuamente se niega a negociar nada y, por ello, le es imposible llegar a acuerdos con la representación legal de los trabajadores (RLT). Es por eso que afirma –falsamente– que se ve en la necesidad de imponer unilateralmente medidas que afectan al conjunto de la plantilla, saltándose el principio de la negociación colectiva y sin querer contar nunca con la RLT. No nos extraña nada a los miembros de CSC esta táctica de la imposición unilateral y autoritaria porque es algo que vemos día a día, cuando, además, va en consonancia con las palabras de José Luis Manzanares Japón recogidas en una entrevista en el diario El Economista del pasado 29 de marzo de 2016, en la que decía literalmente que "La democracia está muy bien para elegir a los políticos, pero no para gobernar el día a día". Es por tanto, que los directivos de AYESA AT siguen a rajatabla esta línea y no pretenden "gobernar" la empresa sentándose a negociar con la representación de la mayoría que forma parte de esta empresa: los trabajadores. Solo lo hacen cuando necesitan el visto bueno del Comité para acceder a subvenciones o a contratos públicos, como en el caso del Plan de Igualdad o el Plan de Carreras, por ejemplo. Por lo tanto, ¿quién es el que se niega a negociar?
Ya un infame personaje de la historia como Goebbels afirmó que una mentira repetida mil veces llega a convertirse en verdad. Por ello, y a pesar de que continuamente os contamos la realidad de las cosas y desmontamos esas mentiras y manipulaciones, a veces ese "mantra" deja algo de poso en la conciencia de algunos y, en otros, incluso les hace generar dudas de si será cierto que el Comité es tan extremista o lo es la empresa.
En el intento de imposición del Plan de Igualdad para AYESA AT, el Comité y CSC, como sindicato mayoritario en la empresa, denunciaron ante la Audiencia Nacional la ausencia de negociación colectiva. Ésta dictó sentencia dando la razón a CSC y anulando así el plan de igualdad impuesto por la empresa. La empresa recurrió ante el Tribunal Supremo (recurso de casación) y ahora se está pendiente de que éste se pronuncie. En casos como éste el fiscal ha de emitir un informe que le servirá al Supremo para dictar sentencia.
Es un ejercicio muy interesante e ilustrativo leer el informe del fiscal que representa una opinión jurídica autorizada y ajena al falso extremismo que la dirección de la empresa pretende trasladar a la plantilla de lo que es el Comité y CSC como sindicato mayoritario. De dicho informe, que os adjuntamos al completo, os extraemos algunos párrafos muy interesantes:
- En el hecho SEGUNDO, afirma el fiscal: "[CSC y Comité de Empresa] Sostuvieron, a estos efectos, que en la empresa hubo un Plan de Igualdad cuya vigencia concluyó el 31-12-2014 – Antes de su vencimiento, la empresa pretendió negociar dicho Plan, oponiéndose el comité de empresa de Sevilla, por cuanto la empresa quebró las exigencias de buena fe, exigibles en cualquier negociación colectiva, puesto que sancionó a 4 delegados LOLS y a 7 representantes unitarios, creándose un clima imposible para una negociación sosegada".
- Más adelante, en el mismo hecho SEGUNDO, respecto a la comisión de trabajo dice:
- "Denunciaron, además, que en la citada comisión cada partícipe tenía un voto, de manera que la empresa dispuso siempre de mayoría en la misma".
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- En el hecho probado OCTAVO del punto TERCERO, dice el fiscal: "El 24-10-2014 el Comité de Sevilla notificó a la empresa comunicación, que se tiene por reproducida, en la que manifestaba su voluntad de negociar el Plan de igualdad, siempre que se hiciera con arreglo a criterios de buena fe, lo cual pasaba por la retirada de las sanciones".
- En sus conclusiones el fiscal afirma respecto al recurso de casación de la empresa: "Lo cierto es que la L.O. 3/2007 defiere a la legislación laboral la forma en que se haya de llevar a cabo la negociación y ésta no puede ser de otra forma que de la específicamente prevista en el Estatuto de los Trabajadores para la negociación colectiva, no habiéndose seguido en este caso las normas de derecho necesario establecidas en los artículos 87, 88 y 89 ET [...]".
- Más adelante indica: "Por otra parte, no existe previsión alguna de que la negativa total de los representantes de los trabajadores a votar un acuerdo, que puede ser un Convenio o un Plan de Igualdad, sometido a las previsiones legales para la negociación, permite a las empresas imponer un Convenio o un Plan de Igualdad, como en este caso. Tal previsión, además, no podría conducir nada más que a la imposición de Convenios o Planes, inasumibles por los representantes de los trabajadores, por lo que con independencia de cualquier otra consideración, se estaría fomentando la presentación, por parte de la empresa, de proyectos desconocedores totalmente de los derechos de los trabajadores o que se limitaran a respetar las exigencias legales mínimas, pero que obtendrían éxito al no ser votados por ningún representante de la parte social".
El fiscal es claro en su postura y da la razón a los representantes de los trabajadores, desmintiendo la supuesta postura extremista de CSC que la dirección de AYESA AT intenta mostrar ante los trabajadores. Sin embargo, esto es solo una opinión del fiscal y no una sentencia firme y, como ya hemos visto en el caso de los trienios, no basta con tener razón y estar del lado de la verdad. La justicia y los derechos los debemos luchar día a día los trabajadores y no dejar en manos de terceros nuestra responsabilidad en su defensa. Por todo ello, hacemos un llamamiento a los trabajadores a organizarse en torno al Comité de Empresa y desde una perspectiva de clase.
"El verdadero combate empieza cuando uno debe luchar contra una parte de sí mismo. Pero uno sólo se convierte en un hombre cuando supera estos combates."
Andre Malraux
NO a los abusos laborales, NO a los retrocesos laborales, NO la represión laboral, NO a la represión sindical. Readmisión del Presidente del Comité.
SECCIÓN SINDICAL DE CSC EN AYESA AT
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