jueves, 10 de junio de 2021

EL ROSTRO REAL DE LA DIRECCIÓN DE AYESA AT MIENTRAS OTROS LO BLANQUEAN

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El pasado lunes 31 de mayo, desde la Sección Sindical de CSC os informábamos en nuestro comunicado titulado "UN NUEVO DESPIDO EN AYESA AT" del despido de la compañera MLBB, compañera del centro de trabajo de Sevilla, que siempre estuvo en el cliente —servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía en la Avda. de la Constitución— y que, en la planificación del despido por parte de la Empresa, el último año y medio estuvo en ALIA. Decimos bien, un despido planificado y meditado por la Dirección de AYESA AT durante casi un año y medio. Y es que no te quepa la menor duda, los despidos que la Empresa hace están plenamente meditados y planificados, a excepción de alguno como el del compañero JVG —ejecutado el 30 de marzo de 2021—, que fue la respuesta a la activación del protocolo de acoso por parte del compañero, y lo hicieron sobre la marcha, en tres horas, como lo evidencia el contenido del burofax que le remitieron al compañero, en el que en dos párrafos hay más errores que letras.

Mientras UGT, CCOO y el Comité de Empresa de Sevilla han callado y han mirado hacia otro lado ante el despido de esta compañera, algo que no es novedoso por otra parte porque son los peleles amarillos de la Dirección de la Empresa, comprobamos cómo UGT no hace más que blanquear contándonos las "bondades" del Plan de Igualdad de traición que les impuso la Dirección de AYESA a través de Germán del Real y que MMR, como manijero de RRHH y voz de UGT y CCOO, se tragó entero, bajándose los pantalones hasta los tobillos, ensuciando la dignidad de los trabajadores aparte de nuestras condiciones.

Así pues, mientras para UGT, CCOO y el Comité de Empresa de Sevilla el despido de la compañera no merece ni tan siquiera una condena y tampoco merece que los trabajadores y trabajadoras de AYESA AT conozcáis lo que pasa en la Empresa y cómo machacan a nuestros compañeros y compañeras —sí han considerado, por el contrario, seguir blanqueando a la Dirección de AYESA AT y su Plan de Igualdad de traición—, desde CSC no sólo hemos condenado el despido y os hemos informado de lo que pasa y cómo la Empresa actúa, sino que hemos estado con la compañera en todo momento, y el pasado día 3 de junio estuvimos, junto con nuestros servicios jurídicos, trabajando por que la compañera recupere su puesto de trabajo. Sí, el 3 de junio, porque para CSC no hay festivos a la hora de defender los derechos, la dignidad y los intereses de los trabajadores, de nuestros compañeros y compañeras.

Mirad cómo actúa esta Empresa a la que CCOO y UGT le han firmado un Plan de Igualdad (para satisfacer los intereses de la Dirección), y mirad para lo que sirve el Plan de Igualdad a los trabajadores y trabajadoras. Los hechos ponen en su sitio a la Dirección de AYESA AT y a sus sindicatos amarillos (CCOO-UGT) que son un instrumento de la Dirección de la Empresa para engañar, dividir y agredir a los trabajadores y trabajadoras:

  1. La compañera despedida terminaba la reducción de jornada por cuidado de hijo/a menor de 12 años el 28 de abril de 2021.

  2. La Empresa, consciente de lo anterior, empezó a maniobrar para ejecutar su plan consistente en que, en cuanto la trabajadora dejara de tener el derecho a la reducción de jornada por hijo a cargo, echarla. En esta dirección, y siguiendo su planificación:

    1. En enero de 2020, la Dirección de AYESA AT saca a la compañera del proyecto del SAS donde estuvo trabajando siempre, en los servicios centrales del SAS, y la trasladó al edificio ALIA para trabajar en GERHONTE.

    2. El 11 de septiembre de 2020, la Dirección de AYESA AT en la propaganda que manda a los trabajadores y trabajadoras, con respecto de GERHONTE decía lo siguiente:

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    3. A finales de año 2020 y tras haber conseguido el proyecto de GERHONTE por dos años y 6 millones de euros, la Dirección de AYESA AT, sin más razón que seguir su plan para despedir a la compañera cuando termine su reducción de jornada, la saca del área de Administración Pública y la pasa a un proyecto del área de UTILITIES, concretamente a un proyecto de ENDESA/ENEL, proyecto del que la han despedido porque, según la carta de despido, dicho puesto de trabajo desaparece como consecuencia de la automatización de las tareas. Motivo, además, falso.

  3. Justo un mes después de que terminara la reducción de jornada por hijo a cargo menor de 12 años, porque su hijo/a cumplió el 28 de abril los 12 años, la Empresa despide a la trabajadora.

  4. La Empresa en muchos despidos, como por ejemplo los que hizo en abril de este año, ha argumentado como motivo de despido la no existencia de trabajo en la misma área. Igual que la Empresa utiliza ese motivo, totalmente inadmisible, para despedir —que un trabajador del Área de Administración Pública no pueda pasar a otra área—, con su forma de actuar se demuestra no sólo que es falso, sino que es una forma para maquillar como despidos objetivos despidos que son discriminatorios, como el de esta compañera.

  5. La compañera en los más de 5 años que ha estado en la Empresa, proveniente de una subrogación de FUJITSU, NO HA RECIBIDO NI UN PUÑETERO CURSO DE FORMACIÓN.

Y mientras la Sección Sindical de UGT hace de portavoz de la Dirección de la Empresa y blanquea el Plan de Igualdad diciéndoos todas las traiciones que contiene el Plan de Igualdad, éste se demuestra en los hechos. ¡Ahí tenéis el Plan de Igualdad! ¡Ahí tenéis la igualdad en esta Empresa! Despedir a una madre, a una mujer de 47 años, y planificar concienzudamente el despido durante más de un año para que cuando la compañera termine con la reducción de jornada por hijo menor de 12 a cargo, despedirla. Mientras UGT blanquea a la Empresa silencia el quehacer criminal e infame contra las trabajadoras y trabajadores realizado por la Dirección de AYESA AT. ¡Ahí tienes la realidad y para lo que vale el Plan de Igualdad, recuérdalo cuando los esbirros amarillos de la Empresa de CCOO-UGT te escriban sobre el Plan de igualdad!

Este despido retrata la realidad: Una compañera de edad próxima a la cincuentena que tras varios años en la empresa ésta no duda en tirarla al paro sin haber recibido formación alguna. ¡Esta es la realidad! Y el Comité de Empresa de Sevilla, CCOO y UGT blanqueando a la Dirección de la Empresa y pensando en salvaguardar sus sucios culos. Son tan cobardes como traidores.

¿Cuántas denuncias ha interpuesto el Comité de Empresa de Sevilla desde junio de 2018 ante las autoridades pertinentes por la política formativa de AYESA AT? Ninguna.

¿Qué ha hecho UGT y CCOO durante estos tres años? Firmar toda traición a los trabajadores que la Empresa les ha puesto por delante y colaborar con la Dirección de AYESA AT en la política de ésta de acoso y derribo contra los trabajadores y CSC en lo concerniente al ejercicio de nuestros derechos sindicales.

Sin duda hay salida, la salida pasa por la implicación y la organización de los trabajadores en el único instrumento que tenemos en AYESA AT que defiende los derechos y los intereses de la plantilla. La salida pasa por fortalecer a CSC para que los trabajadores y trabajadoras demos una respuesta de clase y paremos los pies a la Dirección de AYESA AT, desbocada al tener el dominio del Comité de Empresa de Sevilla, el cual está arrodillado ante ella, gracias al pucherazo que dio en junio de 2018.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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lunes, 31 de mayo de 2021

UN NUEVO DESPIDO EN AYESA AT

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El pasado viernes 28 de mayo, a las 15:14 horas, desde RRHH remitían al comité de empresa de Sevilla y a las diferentes secciones sindicales un correo electrónico señalando que acababan de ejecutar el despido objetivo de una compañera.

La compañera despedida es MLBB, del centro de trabajo de Sevilla y, según los datos de que disponemos, su grupo profesional es 3-E-I con una antigüedad en la empresa de 5 años y medio.

Desde la Sección Sindical de CSC en AYESA AT consideramos que este despido es, como todos, una soberana vergüenza, que rechazamos y nos ponemos a disposición de la compañera para defender y luchar por la recuperación de su puesto de trabajo.

Con este despido, la Empresa abre una nueva vía de agresión a los trabajadores, el despido por causas "tecnológicas", como podemos leer en el primer párrafo de esta criminal carta de despido:

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Asimismo, la carta de despido pone negro sobre blanco la política formativa de la Empresa, que es la nada más absoluta. Sin duda, esta carta de despido es la constatación de que la Empresa está vulnerando el derecho a la formación profesional y, por tanto, el derecho a la promoción profesional y el progreso salarial de los trabajadores:

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La automatización de funciones y procesos no se hace de manera inmediata, sino que es una labor que atiende a una planificación y forma parte de un proceso espaciado en el tiempo. Es obvio que, en la planificación de ese proceso de automatización, la Empresa no ha tenido en cuenta el reciclaje ni la formación profesional de la trabajadora para hacerlo versátil y hacer que continúe trabajando en otro puesto de trabajo. ¿Por qué no ha preparado a la compañera en este proceso temporal por el que ha automatizado una serie de funciones en esos "conocimientos tan especializados que se necesitan" o en los "conocimientos de programación y software muy especializados" a los que hace referencia en la carta de despido? Pues es sencillo, porque la política laboral de la empresa es la de encasillar a los trabajadores, negar los derechos formación y promoción profesional a los trabajadores, a los que usa y tira al despido cuando le viene en gana, y ahí tenéis un nuevo ejemplo. Reconocido abiertamente, y por escrito, por la Empresa en esa infame carta de despido.

Hemos de recordar que la formación profesional es un derecho que tenemos los trabajadores y que, además, pagamos mensualmente, pues nos detraen dinero de nuestras nóminas todos los meses para ello.

Ahora, cuando los esbirros amarillos creados por la Dirección de RRHH ―para garantizar que los trabajadores no vayamos a responder a la criminal política realizada por la Empresa contra los trabajadores― de CCOO y UGT te vengan blanqueando a AYESA AT, blanqueando por ejemplo la imposición unilateral del Plan de Igualdad de 2019 ―mediante la que la Empresa tiene un plan de igualdad firmado por los trabajadores sin cumplir en absoluto con la igualdad― recuerda que este despido retrata la realidad: Una compañera de edad próxima a la cincuentena que, tras varios años en la empresa, ésta no duda en tirarla al paro sin haber recibido formación alguna. ¡Esta es la realidad!

Y la realidad es que la Empresa hoy no sólo no tiene obstáculos para imponer su criminal política contra los trabajadores, sino que encuentran la colaboración del Comité de Empresa de Sevilla dirigido por la Dirección de AYESA AT a través de los esbirros amarillos de CCOO y UGT para perpetrar todas estas fechorías contra los trabajadores.

¿Cuántas denuncias ha interpuesto el Comité de Empresa de Sevilla desde junio de 2018 ante las autoridades pertinentes por la política formativa de AYESA AT? Ninguna.

¿Qué han hecho UGT y CCOO durante estos tres años? Firmar toda traición a los trabajadores que la Empresa les ha puesto por delante y colaborar con la Dirección de AYESA AT en la política de ésta de acoso y derribo contra los trabajadores y CSC en lo concerniente al ejercicio de nuestros derechos sindicales.

Sin duda hay salida, la salida pasa por la implicación y la organización de los trabajadores en el único instrumento que tenemos en AYESA AT que defiende los derechos y los intereses de la plantilla. La salida pasa por fortalecer a CSC para que los trabajadores y trabajadoras demos una respuesta de clase y paremos los pies a la Dirección de AYESA AT, desbocada al tener el dominio del Comité de Empresa de Sevilla, el cual está arrodillado ante ella, gracias al pucherazo que dio en junio de 2018.

 

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martes, 27 de abril de 2021

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO Y PLAN DE IGUALDAD

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Una de las materias que se recoge en el Plan de Igualdad de Ayesa AT, firmado por las secciones sindicales de UGT y CCOO, trata sobre la evaluación del desempeño, materia que realmente está fuera de las que debe recoger un plan de igualdad, teniendo más cabida en un convenio colectivo. Obviando esta cuestión, en dicho Plan de Igualdad aparecen las siguientes medidas:

  • I-P-1: Diseñar e implantar una herramienta de evaluación de desempeño que favorezca la objetividad y transparencia de las valoraciones.

  • I-P-2: Lanzamiento de una campaña de comunicación previa al proceso de Evaluación del Desempeño, compartiendo toda la información del nuevo modelo.

  • I-P-3: Habilitación en el proceso de Evaluación del Desempeño de un campo donde la persona evaluada pueda expresar su deseo de promocionar.

  • I-P-4: Garantizar que, en caso de igualdad de méritos entre hombres y mujeres, siempre se elegirá al sexo menos representado en la categoría a optar para la promoción. Independientemente de la existencia de reducción de jornada u otras características.

Como sabéis todos aquellos y aquellas a los que os hayan reunido para realizar el "feedback" de vuestra evaluación del desempeño, ninguno de esos cuatro puntos se cumple. Y, no solo eso, también debemos preguntarnos por qué UGT y CCOO permiten que la empresa imponga un modelo de evaluación del desempeño que no está negociado con la representación de los trabajadores cuando han firmado un Plan de Igualdad que contempla una evaluación del desempeño que se entiende que debe ser negociada. ¿Acaso se han dedicado a firmar todo lo que les han puesto por delante sin tan siquiera leerlo? ¿Hasta ese punto llega la bajada de pantalones de estos personajes frente a la dirección de RRHH?

Volviendo a la evaluación, es evidente que los parámetros que ha evaluado la empresa no se basan en la premisa que recoge el punto I-P-1 cuando dice "que favorezca la objetividad y transparencia de las valoraciones", porque la evaluación de desempeño llevada a cabo por la empresa es de todo menos objetiva y transparente. De hecho, según la información trasladada por la propia empresa a los evaluadores, las evaluaciones se hicieron en febrero sin conocimiento alguno de los evaluados, fueron revisadas/modificadas desde RRHH y ahora, en abril, se está informando a los evaluados de su resultado, sin que estos hayan tenido participación alguna.

Esto que acabamos de exponer nos vale también para el punto I-P-2, de información nada de nada.

En cuanto a los puntos I-P-3 e I-P-4, pues casi que no merece la pena ni entrar en detalle, si el evaluado no ha tenido participación en su evaluación, difícilmente va a expresar su deseo de promocionar, por no decir que la empresa dejó muy claro que la evaluación no sirve para promocionar. Entonces, ¿cómo se va a optar a que promocione una mujer (según lo que recoge el punto I-P-4) si no promociona nadie según los méritos recogidos en la evaluación?

La frase de "Independientemente de la existencia de reducción de jornada u otras características" nos parece una tomadura de pelo, si no, que se lo digan a mujeres como Patricia Guerrero, a la que despidieron teniendo reducción de jornada porque tenía que ausentarse con frecuencia para asistir a su hija enferma. O a todas las que tienen una sentencia firme que reconoce el despido nulo por discriminación de sexo.

Para lo único que parece que dan "participación" a los trabajadores es para reunirlos en estas sesiones llamadas de "feedback" y palpar así cuál es el grado de sometimiento del evaluado, si traga o no traga con la evaluación, finalizando la misma pidiéndole informar dos cuestiones: un plan de acción y de formación.

Es decir, precisamente dos cuestiones en las que la ley otorga potestad a las empresas para organizarse, les preguntan a los trabajadores. ¿Para qué? ¿Van a cumplir sus deseos?

Piden al trabajador que decida sobre cuestiones que no le competen y que además tampoco conoce porque no tiene herramientas para ello. Un trabajador no sabe cuántos proyectos hay en la empresa, cuál es la duración de cada uno de ellos, con qué tecnologías se trabaja en cada uno y, mucho menos, conoce qué necesidades tiene que cubrir la empresa en cada uno de ellos. Sin toda esa información, difícilmente un trabajador podrá decidir en qué proyecto le gustaría trabajar, y resulta mucho menos creíble que la empresa vaya a otorgarle su deseo. Es más, ¿cuántos de vosotros habéis elegido trabajar en el proyecto y tecnología con la que trabajáis actualmente? Nos atrevemos a decir que muy pocos, por no decir que ninguno.

Lo mismo se puede aplicar a la formación, formación que, por otro lado, en Ayesa AT brilla por su ausencia para la gran mayoría de trabajadores. Hay otros, normalmente jefes de proyecto (que ya sabemos que tienen varios privilegios, además del sueldo, y por eso luego acuden a los juicios como testigos de la empresa), que reciben varios cursos al año. Es absurdo, como bien sabes, solicitar un curso (técnico) en esta empresa, más aún, cuando te cuenta como curso recibido algo como "Seguridad de la información" o "Ayesa frente a Covid-19", y ni recuerdas haberlo recibido. O los maravillosos "webinars", donde si entras un minuto y sales, te cuenta como curso recibido. Pero los cursos técnicos de formación para incrementar la valía técnica de los trabajadores/as ni están, ni se les espera. A esto hay que añadir que la empresa, por ley, tiene que realizar un plan de formación al inicio del año, es decir, que cuando pregunta a los trabajadores, el plan de formación ya está más que preparado.

En definitiva, que ya veis para lo que sirven las evaluaciones, y para lo que sirve el Plan de Igualdad de traición firmado por UGT y CCOO. Para que la empresa justifique ante terceros que cumple o que el trabajador no cumple. Y puesto que la Empresa incumple el plan de igualdad que impuso, y que CCOO y UGT le firmaron, preguntamos para que los que traicionaron a los trabajadores por la espalda respondan a la plantilla: ¿Van a denunciar CCOO y UGT este incumplimiento del Plan de Igualdad? ¿Van a denunciar ante la justicia CCOO y UGT la evaluación del desempeño (que sirve para la promoción profesional y para justificar los despidos) y que incumple el plan de igualdad que ellos mismos han firmado sin que ello haya sido negociado? No nos equivocamos si decimos que no denunciarán, y que mirarán para otro lado. CCOO y UGT están para servir a la Dirección de la Empresa no a los trabajadores.

A los trabajadores solo nos queda un camino, el de la dignidad, organizarse en torno a un sindicato de clase, como es CSC, un sindicato por y para los trabajadores, que no se venda ante la empresa, y se confronte contra las políticas caciquiles y antiobreras de la dirección de la empresa. Seguir sumisos a esas políticas acarrean a los trabajadores despidos, bajas por ansiedad, estrés, acoso…, en definitiva, una vida de miseria.


¡Rompe con las políticas de la dirección de la empresa!


 

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miércoles, 24 de marzo de 2021

AYESA NOW: PROPAGANDA PARA TAPAR LAS MISERIAS DE AYESA AT

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En el día de ayer, los trabajadores del grupo AYESA, en general, y de AYESA AT, en particular, tuvimos ración de propaganda empresarial con el correo remitido desde la dirección de correo electrónico comunicacioncorporativa@ayesa.com.

Nuevamente nos tratan de vender el sistema perverso y nocivo de roles y evaluación del desempeño como algo positivo para los trabajadores, cuando, sin duda, es todo lo contrario.

Para vendernos la moto, que es lo que hacen siempre, no han dudado incluso en hacer algo tan patético como nombrar "embajadores", y en la imagen que remiten hay una persona —que no es ni tan siquiera trabajadora de AYESA AT— a la que la empresa etiqueta como "Embajadora de la competencia de vocación de servicio".

El artículo 11 del XVII Convenio TIC señala lo siguiente:

Artículo 11. Promoción profesional de la plantilla. Ascensos.

1. Conforme al artículo 24 del T.R.L.E.T., los ascensos y promociones del personal se producirán en todo caso teniendo en cuenta la formación, méritos y experiencia de la persona trabajadora, así como las facultades organizativas del empresario.

2. En todo caso, los criterios de ascensos y promociones serán comunes para todas las personas, independientemente de su género, y deberán respetar asimismo el imperativo de no discriminación por las demás circunstancias referidas en el art. 17.1 del T.R.L.E.T.

3. Para el ascenso o promoción profesional de la plantilla se requerirá poseer las aptitudes exigidas para el desempeño de los nuevos puestos de trabajo, valorándose a estos efectos la asistencia de las personas trabajadoras, con aprovechamiento acreditado, a cursos de formación directamente relacionados con el puesto a ocupar.

Mientras el Convenio TIC vincula los ascensos y la promoción profesional con la formación profesional, con la igualdad —los criterios serán comunes para todas las personas— y con la antigüedad, comprobamos cómo la Dirección de la Empresa se mueve por criterios del todo subjetivos, como son "la profesionalidad" o "la vocación de servicio", que, en boca y al criterio de la Empresa, deben traducirse en sumisión absoluta hacia la Dirección. Por otro lado, tenemos que los evaluadores —los Jefes de Proyecto y Gerentes— precisamente son los mismos que acudirán de testigos de la Empresa cuando sea tu despido, cuando denuncies a la Empresa por mobbing, etcétera y que han demostrado, de sobras, que en su mayoría adolecen de criterio propio, limitándose a hacer el trabajo sucio que la Dirección de RRHH les exija, como ha acontecido y sigue sucediendo en la Empresa.

No obstante, por si un Jefe de Proyecto fuera justo evaluando, esta sumisión máxima se garantizará con otros filtros, como son los evaluadores N+2 y el cepillo final de RRHH.

Y mientras la Dirección de AYESA pretende someter y machacar más a los trabajadores con esta bazofia, de manera unilateral e incumpliendo el Artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, titulado Derechos laborales, que dice, entre otras cosas, lo siguiente:

4.1.c) Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los miembros disponga su específica normativa los de: Negociación colectiva.

4.2.b) En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho: A la promoción y formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como el desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su mayor empleabilidad.

Como puedes ver, AYESA AT no duda en violar ambos derechos laborales recogidos en el Estatuto de los Trabajadores y lo que AYESA denomina "Sistema de roles y evaluación de desempeño" es un ejemplo nítido de vulneración de los derechos laborales de los trabajadores que hemos extractado, negando la negociación colectiva y siendo un elemento más para negar el derecho laboral a la promoción y formación profesional. Decimos un elemento más porque en cada despido objetivo que hace la Empresa comprobamos cómo AYESA AT viola el Derecho laboral recogido en el punto 4.2.b) del Estatuto de los Trabajadores.

Pero ya que la Dirección de AYESA habla de profesionalidad y de vocación de servicio, vayamos a los salarios de la plantilla para medir cómo la Empresa remunera eso de lo que habla. En enero de 2021 en AYESA AT ha habido:

  • 48 trabajadores que han cobrado por debajo de los 1.000 euros brutos. En este grupo están los compañeros/as que han entrado nuevos en la empresa y no han trabajado todo el mes, así como determinadas reducciones de jornada.
  • 27 trabajadores que han cobrado entre 1.001 euros y 1.100 euros brutos.
  • 36 trabajadores que han cobrado entre 1.101 euros y 1.200 euros brutos.
  • 77 trabajadores que han cobrado entre 1.201 euros y 1.300 euros brutos.
  • 119 trabajadores que han cobrado entre 1.301 euros y 1.400 euros brutos.
  • 122 trabajadores que han cobrado entre 1.401 euros y 1.500 euros brutos.
  • 59 trabajadores que han cobrado entre 1.501 euros y 1.600 euros brutos.
  • 64 trabajadores que han cobrado entre 1.601 euros y 1.700 euros brutos.
  • 54 trabajadores que han cobrado entre 1.701 euros y 1.800 euros brutos.
  • 50 trabajadores que han cobrado entre 1.801 euros y 1.900 euros brutos.
  • 50 trabajadores que han cobrado entre 1.901 euros y 2.000 euros brutos.
  • 303 trabajadores que han cobrado entre 2.001 euros y 2.500 euros brutos.
  • 265 trabajadores que han cobrado entre 2.501 euros y 3.000 euros brutos.
  • 148 trabajadores que han cobrado entre 3.001 euros y 3.500 euros brutos.
  • 62 trabajadores que han cobrado entre 3.501 euros y 4.070,1 euros brutos.
  • 38 trabajadores topados, es decir, que han cobrado más de 4.070,1 euros brutos.

El 27,65% de la plantilla percibe un salario bruto inferior a 1.500 euros brutos mensuales; el 14,05% percibe un salario bruto que se encuentra en la horquilla comprendida entre los 1.501 y los 2.000 euros brutos mensuales; el 19,52% entre los 2.001 y los 2.500 euros brutos mensuales; el 17,07% entre los 2.501 y los 3.000 euros brutos mensuales; el 9,54% entre los 3.001 y los 3.500 euros brutos mensuales y un 6,44% percibe un salario bruto mensual superior a los 3.500 euros.

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¿Qué significa esto? Que en AYESA AT hay una triple escala salarial. Por un lado, los/as compañeros/as más jóvenes que, además, corresponden con ser los trabajadores que menos antigüedad tienen que están en condiciones de gran precariedad; una segunda escala de los compañeros/as que pertenecen a grupos profesionales más altos y, sobre todo, con una antigüedad superior a los tres trienios, que tienen unos salarios medianamente dignos y, por último, una última escala compuesta fundamentalmente por los jefes de proyecto y gerentes que tienen unos salarios elevados.

Y mientras ésta es la situación salarial de la plantilla, mientras la política salarial de la Empresa es la precariedad y la desigualdad, en su publicidad casposa debemos leer lo siguiente:

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Caridad para, de paso, obtener deducciones fiscales y campañas publicitarias a la par que con esa política salarial contribuye a promover pobreza. ¿Cómo puede sobrevivir el 40% de la plantilla que está en las franjas salariales más bajas teniendo en cuenta el coste de la vida, de los alquileres, etcétera? O nos organizamos o nuestro sino es ser pobres trabajando.

Con los grupos profesionales somos conocedores de que se están produciendo subidas de grupo profesional, que no significan aumento salarial alguno para los trabajadores promocionados.

Las campañas de blanqueo publicitario de la Empresa no sólo son indignas para los trabajadores, sino que deben hacernos reflexionar sobre nuestra realidad y de cómo se ríen de nosotros en nuestra cara sin pudor alguno. De hecho, en el documento de FAQs del Sistema de Roles y Evaluación del desempeño que AYESA te está vendiendo a bombo y platillo, vulnerando los derechos de los trabajadores, en su pregunta 13 se sintetiza perfectamente el engaño que es ese programa "desarróllate". Te extractamos la pregunta y la respuesta:

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La propia empresa ya te está diciendo lo que hay: tener unos resultados muy buenos no significa promocionar. Pero no te quepa duda de que van a utilizar esta evaluación para arremeter contra la plantilla para facilitar los despidos, para eso esta nueva ilegalidad en forma de roles y evaluación del desempeño.

Hay salida, organizarnos y unirnos para combatir a la Dirección de la Empresa, a sus esbirros y sus nocivas políticas contra la plantilla. La solución no pasa por esconder la cabeza, por eludir nuestro deber como trabajador de organizarnos y luchar por arrancar mejoras que solo pueden venir de la lucha colectiva, jamás vendrá desde el individualismo y la insolidaridad, la solución no pasa por irse de la Empresa, pues, como se ha visto por los tramos salariales, en este sector para conquistar salario y para consolidar derechos la antigüedad es esencial. ¿Por qué crees que la patronal fomenta la rotación máxima en los puestos de trabajo? Para garantizar las peores condiciones para los trabajadores.

 

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miércoles, 3 de febrero de 2021

PROMOCIÓN Y CLASIFICACIÓN PROFESIONAL ¡A LOS TRABAJADORES HAY QUE CONTARLES LA VERDAD!

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Ayer 2 de febrero, a las 14:01 horas, el secretario del Comité de Empresa de Sevilla, JAAL, haciendo un mal uso de la dirección de correo electrónico del Comité de Empresa de Sevilla remitió un comunicado que él mismo redactó y que —que los delegados del Comité de Empresa de Sevilla de CSC hayamos comprobado— no recibió ningún voto favorable más que el suyo. Por tanto, hemos de señalar que ese comunicado no representa al Comité de Empresa sino, en todo caso, al que lo ha remitido, que no es otro que JAAL de la amarilla candidatura de UGT.

A tenor del contenido del comunicado únicamente albergamos una duda, no sabemos si realmente el autor de dicho comunicado es el propio JAAL o, por el contrario, directamente desde RRHH se lo han escrito. De todos modos, RRHH y la dupla CCOO-UGT tanto monta, monta tanto, pues son la misma cosa.

¿Y por qué remite el secretario del comité de empresa de Sevilla este comunicado? Para lo siguiente:

  1. Para blanquear a la Empresa y darle pruebas favorables ante, por ejemplo, la demanda que CSC indicó que va a realizar.

  2. Para mentir a la plantilla y, de paso, descalificar al único sindicato no controlado por la Dirección de AYESA como es CSC.



BLANQUEO DE LA EMPRESA Y DARLE HERRAMIENTAS A LA EMPRESA

Por un lado, le dicen a los compañeros que están en contra, señalando:


llegamos a la conclusión de que los nuevos roles pretenden sustituir de manera innecesaria e incompleta los áreas, grupos y niveles que se nos aplica por el XVII Convenio Sectorial TIC desde el año 2018.

Creemos que aunque la empresa dice que este sistema de roles no intenta sustituir al convenio, sí que puede suponer una desventaja para la plantilla, al seguir un camino distinto y desconocido


Para, a renglón seguido, y sobre materia de promoción profesional, señalar:


La empresa además quiere implantar un nuevo sistema de evaluaciones y un plan de carrera. El comité en principio no está en contra de ambas cuestiones. Lo que no podemos es estar a favor de unas evaluaciones sin concretar el qué se pretende evaluar y especialmente el cómo. Se nos ha dado información vaga y poco clara.


El subrayado es nuestro. Para terminar señalando:


Con respecto al plan de carrera profesional, o como lo ha llamado la empresa "Desarróllate en Ayesa", no podemos estar a favor al ser un plan que se basa en su sistema de roles y en el que se olvida una parte muy importante para el desarrollo profesional: la formación.


Ante ello nos preguntamos:

  1. ¿Están a favor o están en contra con la boca pequeña?

  2. ¿Van a denunciar ante los juzgados dicha imposición unilateral de la Empresa?

  3. ¿Se olvida ahora la Empresa la formación profesional?

  4. ¿Ha impugnado el Comité de Empresa de Sevilla algún curso de formación o ha denunciado los incumplimientos de la Empresa en materia formativa a la FUNDAE?

Nada dicen de si van a denunciar. Lo que sí que es real es que el 35% de los delegados del comité de Empresa de Sevilla, los delegados de CSC, no tenemos constancia de que el Comité de Empresa en estos dos años y siete meses haya metido alguna denuncia a la Empresa. Se lo ha comido absolutamente todo, demostrándose que el Comité de Empresa está para lo que le interesa a la Dirección de AYESA y para inutilizarlo como instrumento de defensa de los derechos e intereses de los trabajadores. ¿Se van a comer también esto? De momento nada dicen de impugnar judicialmente esta enésima imposición unilateral de la Empresa.

Del mismo modo, el 35% de los delegados del Comité de Empresa de Sevilla, los delegados de CSC, no tenemos constancia alguna de control del Comité de Empresa de Sevilla sobre la formación profesional que afecta a los trabajadores de dicho centro de trabajo, ni mucho menos tenemos constancia de que el Comité de Empresa haya tratado en ningún punto de los órdenes del día de las convocatorias de plenos del comité —ya hayan sido legales o ilegales (todos los que se han celebrado desde mayo hasta esta parte)— se haya tratado nada relacionado con la formación profesional.

A tenor de la acción de estos dos años y siete meses de un Comité entregado a la Dirección y manejado por ésta a través del presidente y el secretario, no sólo dudamos que vayan a hacer nada contra la imposición unilateral de la Empresa, sino que hay que tener mucha cara y muy poca vergüenza apelar ahora a la formación profesional cuando llevan dos años y siete meses tragando con esta política formativa y mirando para otro lado ante, no sólo el incumplimiento de los planes de formación anuales, sino ante las múltiples irregularidades de las convocatorias de los cursos que se resume en formación para los altos mandos y ni un curso para la mayoría de los trabajadores.



MENTIR A LA PLANTILLA Y, DE PASO, DESCALIFICAR A CSC

Empieza mintiendo JAAL, y de paso también blanqueando a la Empresa, señalando lo siguiente:


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¿Verdaderamente es desde diciembre? Ese es el argumento que esgrimió ayer la Dirección de RRHH y que, cómo no, uno de sus lacayos, como es el secretario del Comité de Empresa de Sevilla, no duda en repetirlo. Veamos:

  1. El 11 de septiembre de 2020 el apoderado de AYESA, Domingo Ortega Rodríguez, en nombre de la Empresa nos entregó el documento que puedes leer en Comunicación RLT Sevilla 200911.pdf al Comité de Empresa de Sevilla y a todas las secciones sindicales. Entre otras cosas dice lo siguiente:

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  2. El 16 de septiembre de 2020, la Sección Sindical de UGT os remitía un comunicado titulado "De roles, grupos y categorías profesionales" que podéis leer íntegramente en el siguiente fichero: 20200916-UGT_ROLES.pdf. En dicho comunicado la Sección Sindical de UGT —a la que pertenece JAAL— nos decía lo siguiente:

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Podríamos seguir adjuntando más datos que demuestran que el secretario del comité de Sevilla, JAAL, haciendo un mal uso de la cuenta de correo electrónico del Comité de Empresa de Sevilla, miente descaradamente a la plantilla al objeto de no salirse del guión que les establecieron desde RRHH. ¡Los trabajadores de AYESA AT no merecemos un comité que sistemáticamente mienta ni que sus dos máximos representantes estén incondicionalmente al servicio de la Dirección de la Empresa!

En lo único que el secretario del Comité de Empresa de Sevilla es categórico y firme es en arremeter contra CSC. En este sentido señala JAAL lo siguiente:


Pues bien, el Comité de Empresa se reunió el pasado viernes para tratar entre otros los roles, evaluaciones y plan de carrera propuestos por Ayesa. Asuntos estos que afectan especialmente a la plantilla.

A dicha reunión asistieron los miembros de UGT y los de CCOO, mientras que los de CSC no asistieron, haciendo su dejación habitual de obligaciones desde hace más de dos años. Esto es lo que pasa con los Seudo-Sindicatos, que por su falta de fuerza no están en las mesas importantes de negociación (Convenio Sectorial TIC), mientras que en las que sí podrían estar (Plan de Igualdad Ayesa), ni siquiera se presentan.


A tenor de estas palabras, desde CSC hemos de señalar:

  1. Los trabajadores son plenamente conscientes de que los delegados del comité de Empresa de Sevilla, y miembros de CSC, no acudimos a los ciberchats que es a lo que han reducido el Comité de Empresa de Sevilla. Y son plenamente conscientes del porqué, puesto que desde la propia Sección Sindical de CSC lo hemos hecho público y se lo hemos transmitido a la plantilla. Los delegados del comité de Empresa de CSC no vamos a arrastrarnos a las ilegalidades a la que conducen al Comité de Empresa su presidente y su secretario. ¿Han informado a la plantilla de lo que discutieron en el anterior ciberchat de 13 de noviembre de 2020 con respecto a los contagios COVID-19? ¿Han informado a la plantilla de lo que discutieron con respecto a la huelga indefinida en el ciberchat del 29 de enero? ¿Te han hablado del informe de carrera profesional que supuestamente acordaron el 29 de enero? Y un largo etcétera. La plantilla no sabe absolutamente nada de lo que en los ciberchats "resuelven" estos personajes. ¿Cómo dicen representar a los trabajadores cuando no les informan, cuando hacen y deshacen a sus espaldas y se reúnen con la empresa a espaldas de la plantilla?

  2. Os ponemos un ejemplo de lo que dio de sí el último ciberchat del 29 de enero:

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    Denunciar, informar y oponerse de manera real a los atropellos de la Empresa no, pero de fútbol las marionetas amarillas de CCOO y UGT sí van sobrados. Esos son los ciberchats a los que CSC no acude.

  3. Los derechos de información de los delegados del Comité de Empresa, algo tan elemental como las actas de los supuestos plenos, son negados al 35% de los delegados del Comité de Empresa. Se ha demandado por escrito la información a la que tenemos derecho y el presidente y el secretario del Comité de Empresa actúan como sus amos de RRHH les han enseñado: callando e ignorando y vulnerando los derechos de los delegados del Comité de Empresa de Sevilla.

  4. Sobre la dejación de funciones. Desde la constitución del Comité de Empresa de Sevilla el pasado 3 de julio de 2018, se deberían haber celebrado 16 plenos ordinarios del comité de Empresa, según el Reglamento impuesto por UGT y CCOO. En este tiempo, por el contrario, se han convocado solamente 6 plenos ordinarios del comité (de los que dos de ellos han sido ilegales, al ser ciberchats). Quiere decir esto que el presidente y el secretario del Comité de Empresa han escamoteado 10 plenos ordinarios que, según el Reglamento del Comité deberían haberse efectuado. Eso no es sólo dejación de funciones, es incumplir con lo que estipula el Reglamento del Comité de Empresa. Es asesinar al Comité de Empresa, vaciarlo. El Comité de Empresa de Sevilla está muerto para los trabajadores, sólo existe para satisfacer los intereses de la Dirección de la Empresa.

  5. Dejación de funciones y falta de dignidad y vergüenza es, en dos años y siete meses de Comité, no haber constituido el CSS (Comité de Seguridad y Salud) del centro de trabajo de Sevilla y mirar hacia otro lado cuando la Empresa unilateralmente, y sin la representación de los trabajadores, vulnera nuestros derechos a la salud laboral desde el Comité de Seguimiento formado únicamente por la Dirección. Sólo CSC ha denunciado ante los Juzgados la no constitución del CSS del centro de trabajo de Sevilla.

  6. Tildan a CSC de un "Seudo-Sindicato". Un falso sindicato es aquel que construyen los departamentos de RRHH, como por ejemplo, la Sección Sindical amarilla de UGT. Recordamos cómo nace UGT en SADIEL, hoy AYESA AT, como respuesta a nosotros que, en 2009 estábamos en CCOO, sindicato del que nos fuimos cuando pretendieron que vendieramos a la plantilla con la venta de la Empresa a la familia Manzanares:

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  7. MMR, que como se comprueba fue reclutado por la Dirección de RRHH para la candidatura amarilla de UGT, forma parte, según han dicho en un comunicado desde la Sección Sindical de UGT, del banco social de la Mesa de Negociación del Convenio. Ahora se entiende perfectamente por qué se firman los retrocesos y las porquerías de convenios sectoriales que se firman, todos ellos capitulaciones. La patronal en esta mesa de negociación tiene a sus miembros y, al menos, a uno más que uno de los departamentos de RRHH ha reclutado para su lista amarilla. ¡Eso sí que es un seudo-sindicato, o como siempre se ha dicho, un sindicato amarillo!

  8. Los trabajadores saben quiénes defendemos sus intereses y derechos y quiénes los utilizan para vivir a cuerpo de rey. Mientras, a los delegados de CSC, la Empresa nos acosa laboralmente, nos despide incluso (como hicieron con el anterior presidente del Comité de Empresa, Fran Barjas), nos vilipendia siempre que tiene oportunidad, nos sanciona por denunciar verdades, como por ejemplo decir que el actual Presidente del Comité de Empresa vio incrementado sus salarios entre un 14,36% y un 28,72% en los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2019 sin motivo alguno que lo justificara, curiosamente los meses siguientes a la firma del Plan de Igualdad de traición suscrito en AYESA AT. Plan de Igualdad que fue un trágala de la Dirección de AYESA AT que CCOO y UGT firmaron sin pestañear y sin informar a la plantilla de lo que iban a firmar. Por no hablar de la ética de ese sindicato, que convoca una huelga indefinida en AYESA AT y los primeros que no sólo la esquirolean, sino que es la única huelga donde los convocantes, en conjunto, perciben salarios superiores a lo que les correspondería trabajando su jornada normal. ¡Así se desvirtúa la huelga ante los trabajadores!

CSC, como todos bien conocéis, hemos impugnado judicialmente los ciberchats que vulneran el Reglamento del Comité de Empresa y nuestros derechos a la participación en un órgano del que somos miembros electos, porque así lo determinaron nuestras compañeras y compañeros con su voto. Los esbirros de la Dirección de la Empresa que manejan el Comité de Empresa, apoyados por los sindicatos amarillos CCOO y UGT, no sólo han llevado a la ilegalidad al Comité de Empresa de Sevilla, sino que están mostrando su esencia reaccionaria al pretender que los delegados del Comité de Empresa adscritos a CSC tengamos que tragar con sus ilegalidades y vulneraciones. Por el momento nos están negando nuestros derechos, veremos si los juzgados validan la forma de actuar fascista de los que manejan el Comité de Empresa o, de lo contrario, estima nuestra demanda y anula todos estos ciberchats con los que han conducido al Comité a la ilegalidad.


 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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jueves, 7 de enero de 2021

LA FORMACIÓN EN AYESA AT EN 2020

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La formación profesional es un derecho que tenemos, según el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores. De hecho, dicho artículo se titula "Promoción y formación profesional" porque, sin duda, la formación profesional es determinante para que el trabajador pueda promocionar profesionalmente y, en consecuencia, mejorar su remuneración, incrementando su salario. Por lo que formación, promoción profesional y salario son una tripleta íntimamente relacionada.

El pasado 17 de febrero de 2020, la Empresa entregó a la Sección Sindical de CSC -y porque desde nuestra Sección Sindical se insistió demandando esa información- el Plan de Formación de AYESA AT correspondiente al año 2020, plan que te adjuntamos en el fichero 20200217_plan_formacion_2020.pdf. Con respecto de dicho Plan de Formación, lo primero que os hemos de advertir es:

  1. Un plan de formación que abarca a todo el año 2020 se nos entrega el 17 de febrero, es decir, un mes y medio después de iniciarse el año. En una empresa medianamente seria esta información debiera haberse entregado antes de iniciarse el año al que afecta dicho plan, demostrando lo que le importa a AYESA la formación profesional de la plantilla.

  2. El Plan de Formación de 2020 contiene 26 páginas, como puedes comprobar, con un total de 225 cursos formativos.

  3. De esos 225 cursos formativos planificados por la Empresa, el 20,44% (un total de 46 cursos) correspondían a cursos de Inglés, el 18,67% a formación corporativa (un total de 42 cursos), el 14,22% a prevención de riesgos laborales (un total de 32 cursos) y un 8,44% a AYESA TASKING (un total de 19 cursos). Esto significa que la planificación de la formación profesional de la Empresa en estas materias –Inglés más política de Empresa (en nuestra opinión, propaganda empresarial)– consume el 61,77% de la planificación formativa. Esto es, supera holgadamente la mitad.

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La realidad es que de los 225 cursos formativos planificados, según nos ha informado la Empresa, se han realizado 56. Esto significa que sólo se ha cumplido el 24,89% de los cursos planificados en el Plan de Formación, con lo que el 75,11% de los cursos contemplados en el Plan de Formación de 2020 NO SE HA CUMPLIDO.

De las 28.264 horas de formación planificadas en el Plan de Formación de 2020, las horas reales que según la Empresa se han realizado durante el año 2020, asciende a 15.216 horas. Esto significa que no se han realizado el 46,16% de las horas planificadas para formación en el 2020, o lo que es lo mismo, no se han realizado 13.048 horas de formación que, según AYESA AT, debieran haber hecho los trabajadores en 2020.

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Según los datos proporcionados por la Dirección de la Empresa –los cuales desde CSC, sin duda, cuestionamos, pues hemos podido comprobar en muchas ocasiones que la Empresa no nos dice la verdad en la información que aporta– de media, cada trabajador en AYESA AT ha tenido 9,97 horas de formación durante el año 2020. Llegado a este punto queremos recordar el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores:

3. Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se entenderá cumplido en todo caso cuando el trabajador pueda realizar las acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa empresarial o comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la formación que deba obligatoriamente impartir la empresa a su cargo conforme a lo previsto en otras leyes. En defecto de lo previsto en convenio colectivo, la concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre trabajador y empresario

En AYESA AT, de media, cada trabajador ha tenido 9,97 horas de formación en 2020, es decir, menos de la mitad del mínimo que establece el Estatuto de los Trabajadores. Esas 9,97 horas son de media, pues somos conscientes de que muchos trabajadores de AYESA AT han recibido muchas menos horas de formación de esas 9,97 horas. Y en esas 9,97 horas de media de formación por trabajador están incluidas aquellas que no tienen nada que ver con la materia propiamente profesional, sino que tienen que ver con materias que la empresa incumple, como es la igualdad o los riesgos laborales.

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También queremos recordar que el artículo 24 del Estatuto de los Trabajadores:

Artículo 24. Ascensos.

    1. Los ascensos dentro del sistema de clasificación profesional se producirán conforme a lo que se establezca en convenio o, en su defecto, en acuerdo colectivo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

    En todo caso los ascensos se producirán teniendo en cuenta la formación, méritos, antigüedad del trabajador, así como las facultades organizativas del empresario.

    2. Los ascensos y la promoción profesional en la empresa se ajustarán a criterios y sistemas que tengan como objetivo garantizar la ausencia de discriminación, tanto directa como indirecta, entre mujeres y hombres, pudiendo establecerse medidas de acción positiva dirigidas a eliminar o compensar situaciones de discriminación.

Los datos proporcionados por la propia empresa demuestran que AYESA AT vulnera tus derechos laborales, los derechos a la formación y promoción profesional que redundan en tu remuneración salarial. Como puedes comprobar, la Empresa nada ha hecho por atenuar los riesgos psicosociales que salieron muy elevados en la Evaluación de Riesgos Psicosociales que CSC forzó realizar a la Empresa.

Te escamotean tus derechos, compañero/a, a la par que el CEO de AYESA te decía el pasado 31 de diciembre lo siguiente en su comunicado titulado "FELIZ 2021":

"Habéis trabajado más que nunca, habéis remado más fuerte que los demás y contra pronóstico esperamos cerrar el mejor año de la historia de Ayesa en términos de contratación y cifra de negocio. (…) Esta Ayesa está llena de héroes, héroes que lo fueron siempre, pero que este año habéis destacado aún más (…)"

Los trabajadores hemos trabajado más que nunca y, mientras nuestros derechos han sido vulnerados, estamos expuestos a los contagios de COVID-19 en las oficinas y nuestras condiciones están estancadas y nos escamotean la formación, la Empresa gana cada vez más, según señala el CEO. Esta es la lógica de la Empresa: su lucro es nuestra precariedad, su lucro es fruto del pisoteo de nuestros derechos y nuestras condiciones.

Y mientras todo esto pasa, el Comité de Empresa de Sevilla está de verbena, está desaparecido para los trabajadores actuando como fiel lacayo de la Empresa. Contrasta esta forma de actuar del Comité de Empresa de Sevilla con la de CSC, que ha realizado el seguimiento de la política formativa, impugnando una gran parte de cursos de formación que no cumplen el derecho a la información de la representación de los trabajadores ni son transparentes, lo cual también pondremos en conocimiento mediante informe a la FUNDAE.

Esta es la realidad. La formación profesional es vital en un sector como el nuestro y, como puedes observar, la Empresa incumple y vulnera tus derechos mientras que el Comité de Empresa, secuestrado por las secciones sindicales amarillas de RRHH, mira para otro lado.

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La solución a este hecho, como a la situación general de la plantilla, pasa por la implicación y la organización de los trabajadores y trabajadoras para buscar y forzar soluciones colectivas. Juntos lo somos todo, divididos no somos nada.

¡Fortalece el sindicalismo de clase! ¡Afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC) y organízate con nosotros!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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