martes, 12 de enero de 2021

FILOMENA: SUSPENSIÓN DEL JUICIO SOBRE HOT DESK Y PETICIÓN DE TELETRABAJO 100% PARA MADRID

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Como os informamos en el día de ayer, durante el día de hoy se tendría que haber celebrado el juicio sobre la imposición unilateral del sistema hot desk, como consecuencia de la denuncia interpuesta por CSC, que es el único que lo ha denunciado.

Pues bien, en la mañana de ayer, desde la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, se pusieron en contacto con nuestra abogada para informarle de la suspensión del juicio como consecuencia de los efectos de la situación climatológica en el Estado español y, concretamente en Madrid, y le indicaron que, a lo largo del día, le informarían del nuevo señalamiento del juicio. A última hora del día de ayer, nuestra abogada nos comunicó que el juicio ha sido señalado para el próximo día 2 de febrero de 2021 a las 10:30 horas. Te adjuntamos la diligencia de ordenación con la suspensión del juicio y el nuevo señalamiento del mismo en el fichero Diligencia Ordenación suspensión.pdf.

Hemos observado también que la Empresa a través de su departamento de RRHH remitió a las 16:55 horas de ayer un correo electrónico, con el asunto "Información Juicio 12.01.2020", informando al Comité de Empresa de Sevilla, a las secciones sindicales de CCOO y de UGT y, cómo no, nuevamente excluyendo a la Sección Sindical de CSC como puedes apreciar. De nuevo la Empresa se retrata ella sola y también muestra quién está bajo su férula, bajo su dominio.

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CSC PIDE TELETRABAJO AL 100% PARA LAS/OS COMPAÑERAS/OS DE MADRID

Como consecuencia del temporal de nieve y frío Filomena y los efectos que ha producido en Madrid ocasionando problemas en términos de movilidad así como el cierre de las escuelas, a las 10:29 horas de ayer entregamos escrito a RRHH para que la Empresa implante para todos los trabajadores de Madrid el 100% de teletrabajo, a lo que nos respondió lo siguiente:

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Ayer la Comunidad de Madrid hizo público que se suspenden todas las clases presenciales en dicha comunidad autónoma hasta el próximo 18 de enero, por tanto, nuevamente desde aquí apelamos a que la Empresa implante el 100% de teletrabajo para los trabajadores de los centros de trabajo de Madrid durante toda la semana y no durante los dos días que la Empresa nos ha señalado. Esta petición también la formularemos hoy por escrito, nuevamente, ante la comunicación pública que la Comunidad de Madrid efectuó en la tarde de ayer.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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lunes, 28 de septiembre de 2020

TELETRABAJO: LAS CARTAS DE AYESA AT SOBRE LA MESA

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Como sabes, el pasado 23 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre de trabajo a distancia. Los movimientos de la Empresa no se hicieron esperar, y el 24 de septiembre tuvimos la primera muestra: una curiosa desconvocatoria del ciberpleno del Comité de Empresa, haciendo correr el rumor –radio macuto llevado a cabo por los esbirros de la empresa– de que se ampliarán las jornadas presenciales a la plantilla y lanzando a su candidatura amarilla por excelencia, UGT, abriendo expectativas de una posible negociación donde todas las cartas de la Empresa ya están marcadas, y no desde ahora, sino desde el 7 de mayo.

Lo que es evidente que, tras el comunicado titulado "Fe de erratas *** UGT defiende el TELETRABAJO 100% en una reunión con RRHH" remitido por UGT el pasado 24 de septiembre, día frenético para la empresa que se refleja en las maniobras de UGT, que es su marioneta, la Empresa quiere reeditar una especie de pasteleo –"mesacamilleo"– del Plan de Igualdad con sus esbirros, a puerta cerrada a poder ser, para abortar la negociación colectiva de manera limpia y transparente (suciedad va a ver por toneladas) y dejar listo el modelo de teletrabajo que ella considere imponer y, empleando fundamentalmente a UGT, y si fuera necesario a CCOO, para tratar de evitar cualquier resquicio que los trabajadores tengamos para poder introducir nuestras medidas y salvaguardar nuestros derechos. Nuevamente volvemos a la hora de la simulación –se simulará una negociación que terminará en la imposición blanqueada por los esbirros amarillos de la Dirección–. Y es que una de las consecuencias del sindicalismo amarillo es que la Empresa no tiene freno alguno y los trabajadores entregan sus instrumentos de organización y defensa de sus intereses a la Dirección de la Empresa. He ahí la importancia de que los trabajadores no apoyen a los sindicatos amarillos, pues en realidad lo que están apoyando es que la Dirección de la Empresa los machaque sin miramiento alguno, como se ha visto con el Plan de Igualdad.

Respecto de la situación del teletrabajo, desde CSC hemos de señalar lo siguiente:

  1. Desde que estalló la pandemia en Europa y, fundamentalmente, desde que se decreta el estado de alarma en el Estado a mediados de marzo de 2020, se introduce como un elemento central en el debate de las relaciones del trabajo la necesidad de que el Gobierno regule mediante una ley el trabajo a distancia, el teletrabajo. De hecho, los sindicatos financiados por el Estado, el Primero de Mayo, lucían esta reivindicación de una ley para el teletrabajo como esencial.

  2. El pasado 7 de mayo la Dirección de AYESA –representada por Germán del Real y el Responsable de Relaciones Laborales del Grupo AYESA– se reunían con la representación legal y sindical existente en AYESA AT para trasladarnos su intención de implantar el modelo de teletrabajo denominado SMART JOB. La posición de AYESA era que se trataba de un cambio en el modelo organizativo y que, por tanto, no iba a abrir un proceso de negociación con los trabajadores. En dicha reunión únicamente se confrontó a la Dirección de AYESA la sección sindical de CSC, callando el resto. Desde CSC fuimos claros desde un principio, estábamos ante un cambio de modelo productivo por parte de la Empresa y ello exigía que éste únicamente pudiera realizarse mediante la negociación colectiva y que desde CSC iríamos frontalmente en contra de cualquier acción de la Dirección de AYESA AT que menoscabara los derechos de los trabajadores.

  3. El relato de la Empresa –que será el que reiteren sus sindicatos amarillos– ya lo dio Germán del Real el pasado día 7 de mayo: "CSC está en contra del teletrabajo porque estáis en contra de todo". La táctica göebbeliana de la reiteración de una mentira que persistentemente llevan empleando la Dirección de AYESA AT y sus esbirros amarillos de UGT y CCOO –ejerciendo de altavoces de RRHH– contra CSC durante todo este tiempo.

  4. Durante este tiempo la Empresa no ha aplicado el SMART JOB, sabiendo que CSC demandaría inmediatamente después de la imposición unilateral de dicho modelo. Sin embargo, la Empresa sí ha impuesto y aplicado unilateralmente –y con el informe negativo de CSC– el Hot Desk o método de sillas calientes, el cual está impugnado por CSC judicialmente ante la Audiencia Nacional, estando señalado el juicio para el próximo día 12 de enero.

  5. Tanto UGT como CCOO están, en la práctica, de acuerdo con la imposición unilateral de la Empresa del SMART JOB y, consecuentemente, con el modelo Hot Desk, aunque después a los trabajadores os den otros mensajes y os engañen. El pasado 12 de mayo hicieron un cibercomité ilegal –impugnado por CSC– en el que, en comunicado enviado por Miguel Marín Rodríguez desde la cuenta de correo electrónico del Comité de Empresa de Sevilla el pasado 14 de mayo os decían:

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    Casi cinco meses después nos preguntamos, ¿dónde está esa demanda? ¿Para cuando el juicio? El 35% de los delegados del Comité de Empresa –todos los que nos presentamos por CSC– hemos pedido información sobre dicha demanda al Presidente del Comité, pues el Comité es un órgano colegiado y nosotros también seríamos denunciantes, el cual ha dado la callada por respuesta. La única verdad aquí es que únicamente CSC ha impugnado judicialmente el modelo Hot Desk estando señalado el juicio para el próximo 12 de enero.

  6. El pasado 23 de septiembre de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre de trabajo a distancia, el cual fuerza a la Empresa a la negociación colectiva con la representación unitaria o la representación sindical de los trabajadores para establecer el marco del trabajo a distancia o teletrabajo. Aspectos como, por ejemplo, que la Empresa daría y quitaría el teletrabajo como le viniera en gana se le cae a la Empresa, salvo que unos sindicatos traidores simulen una negociación y le otorguen esa baza u otras a la Empresa.

  7. La Empresa el pasado 24 de septiembre mueve pieza. Por un lado, a través de su manijero –el Presidente del Comité de Empresa Miguel Marín Rodríguez– desconvoca el cibercomité ilegal que convocó –para pasarlo al día siguiente, saltándose nuevamente el Reglamento– y dicen tener una reunión con su sindicato amarillo por excelencia –UGT–, donde la Empresa abona el terreno para la nueva agresión a la plantilla en forma de simulación de una posibilidad de negociación –según traslada a la plantilla bajo la máscara de la Sección Sindical de UGT en su comunicado de 24 de septiembre–. Sin duda, y por lo que se deduce del comunicado del 24 de septiembre remitido por UGT queda claro que el Comité de Empresa y la Representación unitaria de los trabajadores no sólo es testimonial, sino que UGT la niega al optar por apartar al Comité de esa acción sindical y asumirla ellos unilateralmente. ¡Estos eran los que venían a rescatar al Comité!

    Vemos a UGT muy preocupada ahora por la salud de la plantilla. Hace poco más de un mes nos llamaban "alarmistas" y confabulaban con sus amos de RRHH para tratar de expedientarnos a los delegados de CSC por denunciar lo que está pasando: un brote de COVID-19 en ALIA. Recordad y releed nuestros comunicados de las semanas del 10 y del 17 de agosto. Esa preocupación que manifiestan ahora era despreocupación en mayo cuando hacían palmas con las orejas a la Empresa y pasaban olímpicamente de negociar un plan de desescalada para forzar a la Empresa a cumplir la ley. Hemos de recordar que únicamente CSC presentó un plan de desescalada y exigió a la Empresa la negociación con la Representación Legal de los Trabajadores, algo que ni hizo UGT ni exigió el Comité de Empresa manejado a su antojo por la Dirección de la Empresa.

  8. Sin embargo, el comunicado de la sección sindical de UGT ha certificado varias cosas:

    1. La defunción del Comité de Empresa de Sevilla y que la Sección Sindical de UGT es esencial, y el instrumento, para que la Empresa pueda vulnerar los derechos colectivos de los trabajadores y escamotear la negociación colectiva y proseguir lo que llamamos la era de la simulación, simulemos que negociamos cuando no hay tal negociación, sino genuflexión de sus marionetas e imposición de la empresa, como se deduce del párrafo siguiente:

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      La Empresa tiene más que estudiado el Real Decreto-ley, por ello ese movimiento, al igual que sacar radio macuto haciendo correr el rumor de que la Empresa iba a hacer que solo se teletrabajase 1 día a la semana. La táctica es clara:

      1. La empresa crea el pensamiento colectivo, y el temor entre la plantilla, de que se tendrá que trabajar presencialmente 4 días a la semana.

      2. El instrumento sindical fundamental de RRHH, la Sección Sindical de UGT dice demandar "Teletrabajo al 100% como medida óptima para evitar contagios" o "en última instancia, aumentar la ratio de días en Teletrabajo", para que, finalmente, quede en la posición de partida de la Empresa: teletrabajar tres días y trabajar presencialmente dos, pero bajo las condiciones que la Dirección de la Empresa quiera. Y esas condiciones son la materia que el Real Decreto-ley fuerza a la Empresa a negociar, como, por ejemplo, las condiciones de reversibilidad del teletrabajo, los criterios de preferencia en el acceso a esta modalidad, los distintos derechos de contenido económico asociados al teletrabajo (retribución de la empresa de los costes del teletrabajo), los porcentajes de teletrabajo, forma de la prestación y la organización, etcétera.

        En definitiva, se simula una negociación donde las cartas están marcadas de antemano: se imponen las condiciones previstas por la Empresa en mayo, tamizadas para que cumpla el Real Decreto-ley (que fuerza a la empresa a ofrecer a todos los trabajadores el mismo marco de teletrabajo, cosa que en principio la Empresa no contemplaba), donde UGT tragará con lo que diga la Empresa –al igual que hizo con el Plan de Igualdad–, pues esa es su razón de ser, garantizándose la Empresa el peor marco posible de teletrabajo para la plantilla.

      3. La Empresa ha apostado por el SMART JOB como fórmula para reducir gastos –tanto en espacio, instrumentos de trabajo e insumos–, luego es la Empresa la primera que no está interesada en que vengas a trabajar presencialmente 4 días a la semana. Lo que la Empresa quiere es reducir los gastos del teletrabajo y, para ello, tirará de sus sindicatos amarillos, fundamentalmente de UGT.

    2. Mencionábamos antes al Plan de Igualdad. UGT señala lo siguiente:

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      Desde CSC siempre hemos defendido durante años la eliminación de la jornada partida, tanto en los calendarios laborales como en el Plan de Desescalada que presentamos en mayo. UGT nunca ha estado, ni ha defendido esta posición, sino que manifestó su posición en el Plan de Igualdad firmando la jornada partida (presencia obligatoria de 9:30 a 14 horas y de 16 a 18 horas):

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      Medida que defendían, por ejemplo, en el comunicado que UGT os remitió el pasado 29 de marzo de 2019 titulado "Mejoras en el horario | PLAN DE IGUALDAD", donde os metían dibujitos y mensajes como el que te adjuntamos a continuación:

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      Esto es el sindicalismo amarillo. Esto es UGT: dicen reivindicar una cosa pero después firman lo que les ordenan sus jefes de la Dirección de AYESA AT, que para eso hacen las candidaturas amarillas.

      También queremos fijarnos cuando la Sección Sindical de UGT señala, con respecto del Plan de Igualdad, lo siguiente:

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      Sin duda certifican que el Plan de Igualdad fue una traición mayúscula contra los trabajadores. Una traición que sirve para que la Empresa no cumpla en materia de igualdad –jamás ha cumplido, por otro lado–, pero para que tenga suscrito un Plan con los representantes de los trabajadores señalando que cumple y que lo ha acordado con los trabajadores cuando no ha sido así. Hemos de recordar que CSC consiguió tumbar la imposición unilateral de un Plan de Igualdad en AYESA AT –en 2015– apoyada esa imposición unilateral de manera expresa por CCOO y de manera soterrada por UGT. CSC sentó las bases durante 3 años de lucha para una negociación de un plan de igualdad de igual a igual, de avance para la plantilla. Trabajo tirado por tierra por los sindicatos amarillos de AYESA AT y el triunfo del pucherazo de la Dirección en 2018.

      Compañero/a, quédate con la copla porque el procedimiento en el que te van a traicionar y engañar ahora promete ser el mismo, si no se anticipan estos sindicatos traidores en la negociación del Convenio Sectorial.

  9. No queremos concluir esta comunicación sin fijarnos en la manida huelga indefinida de la que habla la Sección Sindical de UGT. Una de las características del oportunismo –que no es otra cosa que la anteposición de los intereses particulares a los intereses de la clase trabajadora– es la desvergüenza ilimitada, el parasitismo y el engaño. Señalan con respecto de la huelga lo siguiente:

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    Ante ello debemos señalarle a UGT que, si es cierto el dato que proporciona la empresa de 179 jornadas de huelga –cosa que nosotros ponemos en cuestión–, de acuerdo con los documentos de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) de esos meses de liquidación con la Seguridad Social, los delegados de UGT (12 delegados en el Comité más sus dos delegados LOLS) solamente han realizado 4 jornadas de huelga en ese periodo de mayo, junio y julio. Además, en conjunto, esos trabajadores han percibido 204,53 euros más de lo que por su salario conjunto debieran haber percibido en mayo de 2020, 1.185,34 euros más en junio de 2020 y 730,16 euros en el mes de julio de 2020. Es decir, en esos casi tres meses de huelga indefinida los convocantes de UGT han percibido, en conjunto, 2.120,03 euros más de lo que por sus salarios deberían haber percibido. ¿Por qué? Lo desconocemos, pero lo que no nos cabe la menor duda es que no puede ser por hacer huelga. ¡ASÍ CUALQUIERA CONVOCA UNA HUELGA INDEFINIDA! Este es el rostro de una huelga promocionada por la Dirección de AYESA AT.

    Entre el 18 de mayo y el 17 de julio la CSC convocó una huelga que se prorrogaba semana a semana en todos los centros de trabajo y de la que, a diferencia de la de UGT, habéis tenido plena información de ella en todo momento. Gran parte de las jornadas de las que señala UGT –y que nosotros ponemos en cuestión– por boca de la Empresa no deben apuntárselas los delegados de UGT –que hemos visto que lejos de perder dinero en esos meses han percibido más de lo que les hubiera correspondido de no haber hecho ninguna jornada de huelga–, sino que corresponden a compañeros/as que han hecho nuestra huelga, empezando por nuestros delegados unitarios y sindicales –11 en total– los cuales, en conjunto de los dos meses de nuestra huelga hemos visto nuestras nóminas menguadas en estos dos meses en 5.481,98 euros. La línea de la honradez y la honestidad está ahí: mientras los delegados de CSC hacen huelga y vemos nuestras remuneraciones menguar en conjunto estos dos meses 5.481,98 euros, los delegados de UGT llevan la huelga indefinida en sus labios pero no la secundan y, además, cobran 2.120,03 euros más en conjunto en esos dos meses y medio. Mientras los delegados de CSC hemos hecho huelga cuando nos ha correspondido, ¿qué han hecho el conjunto de delegados de UGT para cobrar 2.120,03 euros más? ¡Es inaudito y la desvergüenza es ilimitada!

Esto es lo que está aconteciendo. Seguiremos informándote.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (C.S.C.)!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

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miércoles, 23 de septiembre de 2020

SE AMPLÍAN LAS MEDIDAS DE TELETRABAJO Y PLAN MECUIDA DURANTE LA PANDEMIA

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Como bien sabrás, hoy 23 de septiembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 28/2020 que regula el trabajo a distancia (teletrabajo en caso de realizarse el trabajo por medios telemáticos). Si bien esta cuestión entrará en vigor dentro de 20 días y, por lo tanto, ya profundizaremos más adelante, dentro del mismo RD-L 28/2020 se han publicado otras medidas que son de interés para los trabajadores y que, en este caso, sí son de aplicación inmediata.

En primer lugar, queremos aclarar que esta regulación del trabajo a distancia, o teletrabajo, es aplicable para aquellos casos en los que el teletrabajo se convierta en una medida permanente y no para casos como el actual, en el que es una medida impuesta por la empresa como medida de prevención contra la pandemia de la COVID-19. Con esto queremos decir que esta regulación se debe tener en cuenta cuando la empresa tome la decisión de implantar el denominado SMART JOB -algo que, según la empresa, aún no lo está-, pues es un sistema permanente y, para ello, esta regulación prevé que se deba negociar con los trabajadores, por ejemplo, en cuestiones como en la compensación económica por la realización del teletrabajo.

También resaltamos que para aplicar esta medida permanente del teletrabajo (en al menos el 30% de la jornada habitual, es decir, al menos dos días de teletrabajo a la semana) debe haber un acuerdo entre trabajador y empresa. Ni uno ni otro puede imponer unilateralmente esta medida y las condiciones de dicho acuerdo deben quedar reflejadas por escrito. Tan es así que la disposición final primera de dicho Real Decreto-Ley indica lo siguiente:

Se modifica el apartado 1 del artículo 7 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, con la siguiente redacción:

«1. No formalizar por escrito el contrato de trabajo, cuando este requisito sea exigible o lo haya solicitado la persona trabajadora, o no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia en los términos y con los requisitos legal y convencionalmente previstos

Además, al ser una medida permanente, la "potestad" de la empresa para eliminar el teletrabajo cuando a ella le venga en gana, en cualquier momento, decae.

Sin embargo, como aún no ha comenzado la vigencia para esta medida, nos vamos a centrar en las cuestiones más inmediatas que afectan a los trabajadores, pues su implantación es instantánea desde el día 23 de septiembre:

  • Prórroga del plan MeCuida: En la disposición adicional tercera del Real Decreto-Ley 28/2020 se prorroga la vigencia hasta el 31 de enero de 2021:

    Disposición adicional tercera. Prórroga de la vigencia del artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

    El artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA, permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021.

    Hemos de recordar que la empresa tiene que contestar en un período de 24h a nuestras solicitudes y no un mes como, falsamente, pregona el departamento de RRHH. En caso de negativa o silencio administrativo, el trabajador debe denunciar ante la jurisdicción social, siendo esta una cuestión prioritaria para resolverse frente a otros casos.

  • El teletrabajo sigue siendo prioritario como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19: En la disposición transitoria tercera se indica literalmente que:

    Disposición transitoria tercera. Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19.

    Al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la COVID-19, y mientras estas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria.

    En todo caso, las empresas estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.

    En su caso, la negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados para la persona trabajadora de esta forma de trabajo a distancia, si existieran y no hubieran sido ya compensados

Seguiremos profundizando en el análisis de este Real Decreto-ley y te seguiremos informando a lo largo de los próximos días.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a CSC!

 

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lunes, 31 de agosto de 2020

SALARIOS Y JORNADA: RESPUESTA DE AYESA AT

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Te recordamos que el pasado día 15 de julio entregamos a la Empresa un documento que te volvemos a adjuntar en el fichero 20200715_Apertura_negociacion_salarios.pdf.

Este documento recoge nuestra demanda a la Empresa de iniciar un proceso de negociación de la jornada, los salarios y los complementos salariales, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto de Libertad Sindical. De todo ello te informamos en el comunicado que os remitimos el pasado 15 de julio titulado "ACERCA DE LOS SALARIOS".

Os recordamos que la razón de ser de esta negociación hunde sus raíces en el reconocimiento por parte de la Empresa del gasto que implica a los trabajadores el acudir presencialmente a trabajar, tal y como recoge en su documento de "Guía de buenas prácticas de Teletrabajo en AYESA", que os adjuntamos en el fichero 20200318_Guía de buenas prácticas Teletrabajo Ayesa.pdf, que os remitió a la Plantilla el pasado 18 de marzo. Os adjuntamos un pantallazo del punto 2 de dicho documento:

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Como puedes comprobar, en el punto 5, para AYESA AT el teletrabajo implica un ahorro económico para el trabajador ya que, según la Empresa, se ahorra "en costes de vestuarios, manutención, gasolina o transporte público". Esto se traduce en que el trabajador, cuando acude al centro de trabajo a desempeñar el trabajo, le supone un gasto económico, según la empresa, en:

  • Costes de vestuario.

  • Manutención.

  • Gasolina o transporte público.

  • Etcétera.

En base a esos gastos que los trabajadores sufragamos, tal y como reconoce la propia AYESA, CSC planteamos un proceso de negociación sobre los siguientes 4 ejes:

  1. Jornada continua: Para evitar los gastos de manutención y para salvaguardar la salud del trabajador, ahorrándose la posibilidad de contagiarse al comer fuera de su casa. Por lo que comprobamos, la Empresa mantiene la jornada partida, algo totalmente irresponsable. El trabajador no debe sufragar el coste económico, de tal manera que debe ser la Empresa la que se haga cargo de la manutención del trabajador, debiendo abonar al trabajador un complemento salarial de manutención de 10 euros por cada día de trabajo con jornada partida.

  2. Puesto que el teletrabajo implica, según la empresa, un ahorro de coste de vestimenta para el trabajador, está reconociendo la existencia de dicho coste y, por consiguiente, debería remunerarlo, contemplando un complemento salarial al respecto.

  3. Complemento salarial de transporte: La propia empresa reconoce ese coste para el trabajador. De tal modo que el trabajador no sólo genera una plusvalía con su trabajo que la Empresa se apropia, sino que, además, gasta parte de su salario para poder estar presente en la Empresa para que esta le explote y se apropie de la mayor parte del valor que el trabajador genera. Entendemos que el trabajador debería recibir 6 euros por este concepto por cada día que tiene que acudir al trabajo.

  4. Subida de las tablas salariales

El Convenio Sectorial no contempla estos costes para los trabajadores que las propias empresas sí reconocen, demostrándose que el Convenio Sectorial firmado por CCOO y UGT es terriblemente beneficioso para los empresarios y pernicioso para los trabajadores. Por ello, es necesario mediante la negociación colectiva en la Empresa acabar con esta situación de injusticia para los trabajadores de AYESA AT.

LA RESPUESTA DE AYESA AT.

El pasado día 21 de agosto de 2020, un mes y seis días después, la Dirección de la Empresa a través de su apoderado Domingo Ortega Rodríguez, nos dio la respuesta que te adjuntamos en el fichero 200821 Respuesta Apertura negociación salarios.pdf para que puedas leerla en su integridad.

La respuesta dada por el apoderado Domingo Ortega Rodríguez, en nombre de la Dirección de AYESA AT, es que "en la actualidad (…) no existe motivo ni justificación para iniciar un proceso de negociación de jornada, salarios y complementos a efectos de extrapolar las ventajas inherentes a la prestación del servicio en la modalidad de teletrabajo".

Y las razones que aduce la Dirección de AYESA AT para negarse al proceso de negociación se resumen en los siguientes argumentos:

  1. Que "la mayoría de los trabajadores de AYESA AT prestan sus servicios en modalidad presencial y por lo tanto no se cumplen con las premisas en las que se asienta el teletrabajo".

  2. Que "la actual situación en la que se encuentran los empleados, esto es, prestar servicios de modalidad mixta de trabajo presencial y teletrabajo, se debe única y exclusivamente a una decisión empresarial derivada de la crisis sanitaria derivada por COVID-19 con el fin de evitar la exposición a riesgo de contagio de los trabajadores. Así, al tratarse de una decisión coyuntural".

  3. Que "el futuro programa SMART JOB sobre el que se está trabajando (…) se está preparando una norma legal específica sobre el teletrabajo que deberá resolver todas estas cuestiones"

Como puedes ver, los argumentos dados por la Dirección de la Empresa para no iniciar el proceso de negociación de la jornada, salarios y los complementos no se sostienen por ningún lado. Tiene que recurrir a cosas absurdas para justificar su no negociación, su falta de voluntad de negociación propia de su concepción ideológica de las relaciones laborales. Ante estos argumentos dados por la Empresa, desde CSC debemos señalaros lo siguiente:

  1. Que la negociación de la jornada, salarios y complementos planteada por CSC se justifica no en la situación de teletrabajo, sino en el reconocimiento por parte de la Empresa de que el trabajo presencial de los trabajadores conlleva unos gastos en vestimenta, manutención y transporte que soportamos los trabajadores. Por tanto, es absurdo lo que hace la Dirección de AYESA AT de referirse al teletrabajo cuando la justificación de la negociación es el trabajo presencial. Trabajo presencial, por otro lado, que la Empresa reconoce en la respuesta que nos da.

  2. La Empresa reconoce que la mayoría de los trabajadores realizan su trabajo en modalidad presencial. Por tanto, justifica completamente los motivos esgrimidos por CSC para iniciar y desarrollar este proceso de negociación y desautorizan los motivos que ella ha dado para negarlo.

  3. AYESA AT reconoce en su escrito que "la actual situación en la que se encuentran los empleados" es la "modalidad mixta de trabajo presencial y teletrabajo" como consecuencia de la crisis sanitaria derivada por COVID-19. Hemos de recordar que durante todo el mes de agosto los trabajadores hemos estado en situación de presencialidad del 100%, con lo que hemos tenido que soportar los gastos de transporte y de vestuario, por ejemplo. De hecho, la situación del 100% de trabajo presencial atenta contra los pilares y principios básicos de la acción preventiva para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta el alto porcentaje de transmisión del virus y de asintomáticos, los casos de positivos por COVID-19 de trabajadores con su puesto de trabajo en ALIA, y que otros tantos hayan estado de baja por enfermedad con sintomatología o no, a la espera del resultado de las pruebas PCR.

  4. Según AYESA AT reconoce por escrito el modelo SMART JOB no está en vigor en la Empresa.

La Empresa, nuevamente, se retrata y muestra su aversión a una negociación real, no a una pantomima podrida donde todo esté escrito a priori por la propia Empresa. La propia AYESA AT te ha dicho que cuando vas a trabajar presencialmente soportas unos gastos de los que únicamente se aprovecha la Empresa, no tú. Por tanto, parte de tu maltrecho salario va destinado directamente a la Empresa todos los meses, con lo que tu salario real es todavía menor. La propia Empresa reconoce ello por escrito.

La Empresa jamás se va a sentar a negociar con los trabajadores de igual a igual porque sabe que, entonces, tendrá que hacer concesiones. ¡Es hora de que los trabajadores demos pasos hacia adelante! La jornada y el salario son dos puntos fundamentales, máxime en la situación en la que nos encontramos, para los trabajadores.

La Empresa sólo se sentará con los trabajadores en una negociación real, de igual a igual, si los trabajadores estamos en nuestro lugar y damos un paso hacia adelante en la resolución de nuestros problemas. Es momento de construir una fuerza de los trabajadores para hacer que la Empresa se siente a negociar y asuma nuestras justas reivindicaciones y los injustos costes que los trabajadores soportamos. Los trabajadores debemos dar una respuesta, por ello, te hacemos un llamamiento a organizarte e incorporarte a las filas del sindicalismo de clase para podernos confrontar a la Dirección de la Empresa, que es la fórmula que la historia y experiencia de la lucha de los trabajadores certifica para conquistar derechos y dar pasos hacia adelante en condiciones de vida.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC) y participa en la mejora de nuestras condiciones de vida!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

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miércoles, 29 de julio de 2020

CONTAGIOS EN TORRE SEVILLA COINCIDIENDO CON EL ABANDONO TOTAL DEL TELETRABAJO

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El último comunicado de la Dirección General, firmado por Germán del Real, informando de la decisión de abandonar totalmente el teletrabajo durante el mes de agosto, deja de manifiesto el carácter despótico y de desprecio absoluto de la empresa hacia nuestras vidas y las de nuestras familias, como demuestra en cada acción que llevan a cabo, y que continuamente estamos denunciando desde CSC.

Más evidente es este carácter, si cabe, en cuanto que el comunicado coincide con la detección de varios casos de contagio de empleados con origen en Torre Sevilla, y donde el panorama general de rebrotes va en ascenso en todo el país.

Registrado un brote de coronavirus con al menos tres contagios en una empresa de Torre Sevilla

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Entendiendo que la mayoría de las que tienen sede en el edificio están realizando teletrabajo, y la ocultación de información a la que nos tiene acostumbrado Ayesa, no nos extrañaría que se pudiera tratar de compañeros nuestros, dada la actitud insensata de la Dirección de abandonar el teletrabajo tras el estado de alarma ignorando por completo lo establecido en la normativa realizada por el Gobierno que contempla el teletrabajo como preferente hasta el 21 de septiembre, lo que nos posiciona en la primera posición de riesgo.

Esta prepotencia con la que nos manejan a su voluntad de forma miserable y psicópata, como si fuéramos mercancía desechable, se debe no solo a su naturaleza clasista de entender las relaciones laborales, sino también a la falta de una respuesta contundente de la plantilla que demuestre dignidad y que no se deje avasallar.

Los trabajadores debemos dar una respuesta organizada, de manera colectiva. Cada uno de vosotros podéis veros tentados de abandonar la empresa para huir de sus cacicadas, como hemos visto hacer a algunos compañeros, pero actuar de manera individual nos lleva a perder derechos como colectivo, es la postura que desea la patronal para servir a sus intereses, y a su estrategia de precarización. Empezar de cero en otra empresa supone perder la estabilidad voluntariamente, y aventurarse a una situación de incertidumbre donde la crisis económica supondrá reajustes de plantilla masivos en el corto plazo.

La defensa de nuestra salud y de nuestra situación económica no puede quedar a merced de los planes de la patronal de precarizar nuestras condiciones laborales y de vida. Es necesario que entre todos pongamos en su sitio a esta dirección que actúa de esta forma porque se sabe impune a sus fechorías. Es necesario que nos organicemos para darle una respuesta contundente, para doblegar esa actitud de desprecio y abuso hacia nosotros.

No debemos terminar este comunicado de nuestra Sección Sindical sin hacer referencia a cómo salen a la superficie, a las primeras de cambio, las enormes contradicciones y mentiras de la Empresa y de sus secciones sindicales amarillas de CCOO y UGT, que raudas y veloces se lanzaron a escribir sus comunicados para blanquearse. ¿Acaso piensan ellos que tienes desmemoria para hacer tan indigna labor del oportunismo más ramplón y repugnante?

Siempre ha dicho la Empresa que son los Responsables de Proyectos los que han considerado que el mejor modelo productivo era el SMART JOB, que eran los Responsables de Proyectos los que determinaban los días que tenían que teletrabajar o no los trabajadores, etcétera, sin embargo, ayer dejó bien patente el Director General de AYESA AT que es la Alta Dirección la que parte el bacalao, como se desprende cuando señala "hemos tomado la decisión de volver a la presencialidad de cinco mañanas a la semana entre los dias 3 de agosto y 28 de agosto." Sin duda, cada día se constata más que los Responsables de Proyectos son meros transmisores de la Dirección, como no puede ser de otra manera, que son utilizados por ésta para poner cortafuegos y diluir su responsabilidad para con los trabajadores —a tenor de las irresponsables e impresentables medidas de la Alta Dirección—, como se comprueba en los testimonios de los Responsables de Proyectos en los juicios que la Empresa los obliga a ir como testigos de parte de ésta. ¡Qué tomen buena nota los Responsables de Proyectos! Sin duda, la Dirección les echa a pelear con los trabajadores para tapar las vergüenzas de las bochornosas e injustas decisiones adoptadas por ella, para enfrentarlos a sus propios compañeros, siendo la Dirección de la Empresa responsable de esta forma cobarde de actuar.

Asimismo, esta decisión de la Dirección verbalizada por Germán del Real demuestra lo que es el SMART JOB. Un modelo productivo que no está hecho ni para que los trabajadores concilien ni para salvaguardar la salud de la plantilla, sino para satisfacer los intereses económicos de los dueños de la Empresa. Sin duda, la Dirección de la Empresa con el SMART JOB, aparte de un modelo productivo orientado a reducir costes laborales e incrementar la extracción de plusvalía de los trabajadores, demuestra que tu vida seguirá girando a su antojo, y los trabajadores no pintamos nada, en cualquier momento te quitarán el SMART JOB o te lo impondrán, atendiendo a los intereses de la Empresa. Por cierto, ¡ahí tenéis la voluntariedad que dice la Empresa sobre el modelo SMART JOB!

Por otra parte, el sindicato amarillo de CCOO, ahora, se echa las manos a la cabeza por la decisión de la Dirección de la Empresa. Sin embargo, CCOO no ha dudado en oponerse desde el primer día las huelgas convocadas, posicionándose desde el minuto cero junto con la Dirección de AYESA de manera incondicional. CCOO no ha movido un dedo ni durante el estado de alarma ni en su finalización, en la fase de "nueva normalidad", esquiroleando inmisericordemente las diferentes huelgas durante todas las semanas. Mentira, lo único que hizo CCOO a través de su delegado Antonio Gámez fue la de vetar a delegados del Comité de Empresa y miembros de CSC a las reuniones "informativas" sobre la COVID-19 realizadas por la Empresa. Sin duda en esta sucia y miserable acción de vetar a miembros del Comité de Empresa, UGT a través de su delegado José María Pérez Montes, trabajó mano a mano con el delegado de CCOO mostrando su falderismo y sometimiento lacayuno a la Dirección de RRHH.

Con respecto del esquiroleo de la huelga, lo mismo podemos decir de la Sección Sindical de UGT, que tiene convocada una huelga indefinida que sus propios delegados esquirolean y no secundan. ¡Así cualquiera convoca una huelga! Que la hagan otros pero yo que soy el convocante no dudo en acudir a trabajar cuando me digan, en generarle valor al empresario, que otros pierdan el día, pero ellos, los delegados de UGT no, acudiendo a trabajar cuando les ordene la Empresa que para eso existen ellos. La empresa ordena y ellos obedecen, la empresa les dirige y ellos ejecutan las órdenes de la Empresa sin rechistar.

Con respecto de la salud de los trabajadores hemos de recordar que tanto CCOO como UGT le están haciendo el trabajo sucio a la Dirección de AYESA no habiendo constituido el Comité de Seguridad y Salud (CSS), dos años y casi dos meses después de haberse constituido el nuevo Comité de Empresa, obstaculizando la labor de control y de participación de los trabajadores en lo referente a la Seguridad y Salud laboral.

Pero este movimiento de la Dirección de la Empresa trasladada a la plantilla por Germán del Real desnuda por completo el oportunismo de UGT.

Señala UGT en su comunicado:

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Nos preguntamos, ¿acaso no están yendo delegados de UGT a trabajar presencialmente cuando les corresponde acudir a la oficina a pesar de tener una huelga convocada? La respuesta es SÍ.

Señala UGT en su comunicado:

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Hemos de recordar que tanto CCOO como UGT, en el bochornoso Plan de Igualdad que firmaron a espaldas de los trabajadores, un auténtico cheque en blanco a la Empresa y alta traición contra los trabajadores, asumieron con su firma los tramos de vacaciones y la distribución de gran parte de las vacaciones durante el mes de agosto. ¿Acaso UGT ha denunciado alguna vez el calendario laboral? Jamás. De hecho, en materia de calendario laboral el Comité de Empresa —cuando CSC tenía mayoría absoluta en el Comité— en 2017 denunciamos que los compañeros subrogados por SDS a AYESA AT hicieran 9 horas anuales más que los de AYESA AT, 1.769 horas anuales los subrogados de SDS por 1.760 horas anuales la plantilla de AYESA AT. Así celebraba la Sección Sindical de UGT el pasado 18 de octubre de 2017 la derrota judicial del Comité de Empresa del Calendario Laboral y la consiguiente victoria en los tribunales de la Dirección de AYESA AT:

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En 2018, ya con el pucherazo de la Empresa triunfante, nuestro compañero de CSC, y delegado del Comité de Empresa, Rafael García Berzagay impugnó los tramos de vacaciones, juicio que perdió porque el calendario laboral de 2018 no había sido impugnado.

En 2019, CSC impugnó el calendario laboral, dándonos el TSJA la razón en el año 2020 y anulando el calendario laboral de 2019.

Mientras el Comité esté en manos de la Empresa, a través de CCOO y UGT, ésta podrá estar tranquila en materia de calendario laboral, porque la premisa sindical de CCOO y UGT se resume en "Dirección de AYESA AT, ordenen que aquí estamos sus sindicatos amarillos de CCOO y UGT para servirles".

Señala la Sección sindical de UGT:

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¿Qué recoge sobre el teletrabajo el Plan de Igualdad? Absolutamente nada. Por tanto, ¿cómo pueden quejarse ahora de la Empresa cuando ésta lo que hace es dar utilidad al cheque en blanco que firmaron CCOO y UGT? ¿Acaso os creeis que es gratuito que las Empresas hagan candidaturas amarillas? La hacen para esto. UGT y CCOO no tienen derecho a quejarse pues ellas no han dudado en blanquear a la Empresa todos estos atropellos. Esto es fruto también de las traiciones de CCOO y UGT aunque ahora hagan aspavientos, todos ellos más falsos que "el Rey Miguel", que ni era Rey ni se llamaba Miguel tal y como señala el refrán popular.

Los trabajadores hemos de tener memoria y aprender de nuestros errores. En el despotismo absoluto en que nos trata la Empresa, los trabajadores también tenemos nuestra parte de responsabilidad. Lo que está claro es que, de las dos huelgas que estaban convocadas la que más daño le hacía era la de CSC, pues la de UGT no la secundan ni sus propios delegados.

La empresa está crecida, y con razón. Domina el Comité de Empresa con una mayoría de CCOO y UGT, de tal modo que el Comité atiende a los intereses de la Dirección y no de la plantilla. El Comité de Empresa no sólo está inhabilitado para los trabajadores, sino que no duda en blanquear los atropellos de la Empresa y en interceptar órganos desde donde los trabajadores pueden no solo participar sino controlar a la empresa, como el CSS, el cual no se ha constituido. Y si la Empresa ha conseguido todo esto es porque los trabajadores de AYESA AT no hemos estado en nuestro sitio. ¡Recuérdalo!

Es una vergüenza que nos hayamos tenido que enterar de este suceso por la prensa. Muestra inequívoca de la opacidad y de la vulneración del derecho a la información de la representación de los trabajadores perpetrada por esta Dirección incumplidora. Desde CSC vamos a actuar las acciones pertinentes para actuar en la defensa de la salud de nuestros compañeros a raíz de este hecho. Ya lo hemos dicho en innumerables ocasiones, públicamente, y a la cara del Director General de AYESA AT. La empresa es la única responsable de cualquier contagio en AYESA AT y contra la Dirección de AYESA AT irá CSC con todas las armas que tenga a su disposición para hacer que paguen la irresponsabilidad y su desprecio a los trabajadores y a su salud si se produce un contagio en AYESA AT.

¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase!

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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