martes, 29 de marzo de 2022

LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SE EXPRESA SOBRE HORAS EXTRAS Y REGISTRO DE JORNADA

El pasado mes de julio de 2021, concretamente los días 21, 23 y 27, os informamos sobre una reunión que se celebró el 20 de julio en la Inspección de Trabajo por las denuncias puestas por CSC contra AYESA AT por el sistema de registro de la jornada y por el exceso de horas extraordinarias en KRONOS y la información de las horas extraordinarias.

El jueves 24 de marzo recibimos dos oficios de Inspección de Trabajo sobre dichas denuncias, de tal modo que:

  1. Con respecto a que la Empresa incumple lo expresado en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores poniendo cortapisas al derecho que tenemos los trabajadores y los representantes de los trabajadores para tener acceso inmediato a las picadas, el oficio de la Inspección de Trabajo señala que "la Inspectora actuante constata que el acceso a los registros de jornada mediante la aplicación RODAS por la Sección Sindical de CSC no se ha realizado con la inmediatez que parece exigir el art. 34.9 ET y que, ante la ausencia de desarrollo reglamentario, así se ha interpretado por parte de la Dirección General del Organismo Autónomo Estatal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (…) Por todo ello (…) se ha formulado Requerimiento en materia laboral en orden al más estricto cumplimiento de lo dispuesto en el art. 34.9, último párrafo, ET". Por tanto, la Inspección de Trabajo reconoce que la Empresa no está cumpliendo en materia de información de los registros de jornada a la representación sindical de los trabajadores.

  2. Con respecto a que la Empresa incumple en materia de información de las horas extraordinarias con la representación de los trabajadores, el oficio de la Inspección de Trabajo señala lo siguiente: "La relación de horas extraordinarias realizadas por la plantilla durante los meses septiembre, octubre y noviembre de 2020, fue entregada a la Sección Sindical CSC el 17 de febrero de 2021, y la relación de horas realizadas por la plantilla durante los meses de diciembre 20 y enero y febrero de 2021 fue entregada el 26/05/2021 (…) Por ello, y de conformidad con el art. 22.2 la Ley 23/2015 (…) la Inspectora actuante formula Requerimiento en materia Laboral en orden al más estricto cumplimiento de lo dispuesto en la DA Tercera del Real Decreto 1561/1995". La ley dice que debe informarse mensualmente, por tanto la Inspección de Trabajo reconoce que la Empresa no cumple con los plazos que marca la ley obstaculizando nuestra acción sindical y, por eso, le hace un requerimiento.

  3. Con referencia a las ingentes horas extraordinarias que los trabajadores y trabajadoras hacen en el proyecto KRONOS, te extractamos lo fundamental que señala la Inspección de Trabajo en el oficio:

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    Como puedes comprobar, la Inspección de Trabajo se lava las manos, como Poncio Pilatos, y asume como cierta la información aportada por la Dirección de la Empresa, desechando la información aportada por CSC que demostraba la vulneración de la ley por parte de la Empresa en materia de horas extraordinarias. Aún así, dice la Inspección de Trabajo que, en el caso que la información aportada por la Empresa a la Inspectora de trabajo "no se adecua a la realidad", acudamos al juzgado a formular la correspondiente demanda. Hemos puesto en manos de los abogados del sindicato el oficio de la Inspección de Trabajo, nuestra denuncia y la información que ésta contenía.

    Dice la Inspección de Trabajo que, con la información aportada por la empresa, ningún trabajador adscrito a KRONOS ha hecho más de 80 horas extras en el año 2020, cosa que todos los que estáis adscritos a ese proyecto sabéis que no es verdad.

    Como podéis ver, la Empresa llevó una información donde señalaba que ningún trabajador había superado el umbral de 80 horas extraordinarias en 2020. Pero también es bueno recordar el papel del sindicalismo amarillo y vendido a la Dirección de la Empresa, como es UGT y el papel impresentable que el presidente y el secretario del comité de empresa jugaron en dicha reunión, saliendo a defender a la Dirección de AYESA AT. Es momento de recordar el comunicado que os remitimos el pasado 21 de julio de 2021 con el asunto "20 DE JULIO: REUNIÓN EN INSPECCIÓN DE TRABAJO" donde os indicamos lo siguiente:

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    Con una empresa que le entrega información que no refleja la realidad de los hechos en contraposición a la información suministrada por CSC en la denuncia que demuestra la verdad de los hechos —que la Empresa vulnera la legalidad en materia de horas extraordinarias— y un presidente del comité de empresa de Sevilla —Miguel Marín Rodríguez de UGT— que justifica las palabras de la abogada de la empresa de que "los trabajadores y trabajadoras de AYESA AT hacen horas de más por iniciativa propia y no porque les obligue la empresa a través de los jefes de proyecto" y que eso "está en el ADN de los informáticos", la Inspección de Trabajo, que ni tan siquiera ha sancionado a la empresa en sus incumplimientos, vio el cielo abierto para poder lavarse las manos. ¡Ahí tenéis el papel que juega el sindicalismo amarillo! ¿Entiendes ahora por qué la Dirección de AYESA AT se mete a sindicalista y en las elecciones sindicales no duda en pegar pucherazos en favor de sus candidaturas amarillas (CCOO-UGT)?

La única salida que tenemos los trabajadores y trabajadoras para cambiar la situación, para conquistar derechos y forzar su cumplimiento, pasa por fortalecer el sindicalismo de clase, implicarse en la resolución colectiva de nuestros problemas e impedir que la Empresa tenga presencia en el Comité de Empresa de Sevilla a través de sus candidaturas amarillas de CCOO y UGT.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT

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