martes, 29 de mayo de 2018

XVII CONVENIO TIC: ENGAÑO PARA EL TRABAJADOR, TODO PARA LA PATRONAL

En el día de hoy, 24 de mayo, el Comité de Empresa nos ha convocado a las trabajadoras y trabajadores a una asamblea informativa donde se informará sobre el XVII Convenio TIC, profundizaremos en su conocimiento y donde todos podremos expresarnos en libertad y sacar a la luz todas las dudas que tengamos, así como se expondrá cómo podemos actuar para defender nuestros derechos e intereses. En esa Asamblea podremos debatir todos y todas mirándonos a la cara, y a los ojos, hablando de un asunto que nos preocupa a los trabajadores. Y entre todos y todas también podrán participar aquéllos que han firmado el Convenio, podrán mirando a la cara a sus compañeros y compañeras explicarles las "bondades" de este convenio, si es que tiene alguna, y rendir cuentas ante ellos, si así lo estiman oportuno, dar la cara por ese convenio que han firmado y responder a las cuestiones que los compañeros y compañeras les planteen.
 
Queremos recordar que la Sección Sindical de UGT, con el apoyo incondicional de CCOO que actuaba como un apéndice de ésta, desde el 30 de noviembre al 3 de febrero - que salió el primer laudo que invalidaba el proceso electoral retrotrayéndolo al momento de la publicación del censo definitivo - estuvieron al mando de un comité ilegal, emanado de un proceso electoral fraudulento. La firma del Convenio, suscrito únicamente por CCOO y UGT, se realizó el 20 de diciembre de 2017, con nocturnidad y alevosía a tres días de Nochebuena. En ese tiempo, y a pesar de ser ellos los firmantes, no contaron con la plantilla absolutamente para nada, ni tan siquiera para informarla de qué habían firmado, por qué y qué consecuencias tendría para los trabajadores esta firma del Convenio. Hemos de recordar que la Sección Sindical de UGT, el pasado 17 de noviembre en campaña electoral, decía en su decálogo que iban a "revitalizar la Asamblea", verificándose que el papel lo aguanta todo:
 
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Sin embargo, firmaron un convenio a espaldas de los trabajadores, en nuestra opinión el más nocivo de todos los firmados hasta el momento, y no convocaron asamblea alguna, a pesar de ser el Convenio un instrumento jurídico que afecta a los trabajadores y trabajadoras de todo el Sector. Contrarresta este hecho con los distintos plenos de comités convocados desde RRHH, donde la empresa acudía a los Plenos sin ser miembros del Pleno a la par que se le negaba el acceso a la empresa, y al Pleno del Comité, a un miembro de pleno derecho del Pleno del Comité, el compañero Fran Barjas. Hoy, un comité de Empresa de los trabajadores, al servicio de los trabajadores, nos convoca a que todos y todas acudamos a la Asamblea para conocer el Convenio y para conocer cómo podemos actuar para que nuestros derechos se vean lo menos socavados posibles. CSC apoya la Asamblea y estaremos en ella, como siempre, dando la cara, defendiendo a nuestros compañeros, a todos y a todas, y pudiéndoos mirar a los ojos.
 
¿Quién miente?
 
En el día de ayer el tándem sindical CCOO-UGT remitieron sendos comunicados donde los firmantes de un Convenio Sectorial paupérrimo, nocivo para los trabajadores, firmado a espaldas de todos nosotros, salieron en estampida, y perfectamente coordinados, a lanzar un mensaje nítido: "CSC miente". Es normal que digan eso, CSC es el enemigo a batir para ellos, para eso les creó la Dirección de esta empresa, para tratar de liquidar al único sindicato de los trabajadores en AYESA AT y que no está dirigido desde RRHH. Ante este hecho, si son lo mismo, dicen lo mismo y sirven a los mismos ¿por qué no van juntos en una misma candidatura?
 
Pero la cuestión importante es, ¿verdaderamente CSC ha mentido cómo dicen el tándem sindical CCOO-UGT en sus tres comunicados remitidos ayer a la plantilla? Para comprobarlo responderemos a lo dicho por CCOO en su comunicado "El arte de mentir", puesto que los dos "comunicados" de UGT, por llamarlos de alguna forma, que nos atribuyen literales que CSC no ha dicho, no merecen ni tan siquiera ser respondidos. Lo que sí debemos decirles a la Sección Sindical de UGT, ante la reiteración del mensaje de que "CSC debe pensar que somos ingenuos", lo único que podemos decir es que jamás pensaríamos eso, entre otras cosas, porque tenemos el pleno conocimiento de que UGT es una creación de la Dirección de RRHH y atiende a las instrucciones de ésta, y si algo no son los RRHH de esta empresa es, precisamente, ser ingenuos.
 
La Sección Sindical de CCOO nos acusa de engañar a la plantilla en materia salarial en base a lo siguiente:
 
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Os preguntamos compañeros ¿Os subieron un 3% en vuestras nóminas en octubre de 2017? ¿y en noviembre de 2017? ¿y en diciembre? La respuesta es NO.
 
¿Qué subida hay entre enero de 2017 y el 30 de septiembre de 2017? CERO PATATERO. Por tanto, la subida nominal real, para el año 2017, es el 0,75% y no el 3% porque sólo se contempla para los meses de octubre, noviembre y diciembre. Pero es más, en realidad, la subida salarial que percibieron los trabajadores en 2017 fue CERO PATATERO, primero porque el convenio entró en vigor en marzo de 2018 y, segundo, porque CCOO y UGT otorgaron a los empresarios no sólo que desde 2010 a septiembre de 2017 la subida salarial fuera CERO PATATERO sino, además, que la subida salarial registrada a partir de octubre de 2017 los empresarios tienen cuatro meses para abonarlo desde la entrada en vigor del Convenio, es decir, hasta julio de 2018 como se puede leer en el artículo 27.3 del Convenio:
 
"2. Estos salarios son los correspondientes a las Tablas Salariales adjuntas en la disposición transitoria segunda incrementadas en un 3 %, cuyos efectos económicos se retrotraen el 01 de octubre de 2017.
 
3. Las empresas dispondrán de cuatro meses desde la publicación del convenio en el «BOE» para la regularización y abono de las diferencias a que hubiere lugar por aplicación del incremento fijado en el párrafo anterior. Los restantes incrementos salariales fijados en este convenio serán de aplicación a partir del día de efectos contemplados en los párrafos siguientes."
 
Lo mencionado anteriormente también vale para los meses de enero, febrero y marzo de 2018, ¿Cuánto os han subido el salario en dichos meses, compañeros/as?. Por tanto, la subida salarial de 2018 no es del 2%, puesto que hay tres meses, los que acabamos de mencionar, que no le aplican la citada subida del 2%.
 
La última prueba que pone CCOO, en materia salarial, a la plantilla para evidenciar que CSC engaña es lo siguiente:
 
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Esto cae por su propio peso, sencillamente con un extracto del comunicado que remitió CSC en el día de ayer titulado "CONOCE EL XVII CONVENIO" cuando señalábamos lo siguiente:
 
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Queda demostrado que CSC no miente, ni engaña. Engañar es querer mostrar que se sube un 3% en 2017 cuando, en realidad, la subida del 3% es sólo para el último trimestre de 2017 y que no se paga hasta junio de 2018. Engañar es querer mostrar que se sube un 2% en 2018 cuando la citada subida no afecta a enero, febrero ni marzo. Engañar a los trabajadores es la firma de este convenio por la espalda y a traición, que certifica el retroceso en derechos de la plantilla y la pérdida de poder adquisitivo de los salarios en el periodo de vigencia del mismo en más de un 20%.
 
Dice CCOO que el Convenio mantiene la ultraactividad. Pero para justificar el mantenimiento de esa ultraactividad que en el XVI Convenio Sectorial existía por su redacción, con independencia de la Jurisprudencia ahora CCOO apela a la Jurisprudencia, consciente que la modificación en la redacción del convenio entrega la ultraactividad.
 
CCOO, en su comunicado, pone los artículos 4 y 5 que reproducimos:
 
Artículo 4. Ámbito temporal.
(...)
El convenio colectivo agotará su vigencia el 31.12.2019 prorrogándose a partir de dicha fecha por tácita aceptación y en sus propios términos en tanto no inicie su vigencia el Convenio Colectivo Estatal que lo sustituya, en los términos del artículo 5.
 
Artículo 5. Denuncia y revisión.
El Convenio Colectivo se prorrogará de año en año en el caso de que no mediara denuncia expresa de ninguna de las partes legitimadas para negociar y promover la negociación conforme al art. 87 del Estatuto de los Trabajadores. Dicha denuncia ha de llevarse a cabo dentro de los últimos tres meses de la vigencia o prorroga en curso.
 
Nos hemos permitido poner en rojo parte de ambos artículos para reseñarlos. Ante ello nos preguntamos ¿Qué ocurre si media denuncia expresa de algunas de las partes y se llevan otros 8 años negociando? Pues que entraría en acción la Reforma Laboral de Rajoy con toda la crudeza del artículo 86.3 del Estatuto de los trabajadores que señala lo siguiente:
 
"3. La vigencia de un convenio colectivo, una vez denunciado y concluida la duración pactada, se producirá en los términos que se hubiesen establecido en el propio convenio.
 
    Durante las negociaciones para la renovación de un convenio colectivo, en defecto de pacto, se mantendrá su vigencia, si bien las cláusulas convencionales por las que se hubiera renunciado a la huelga durante la vigencia de un convenio decaerán a partir de su denuncia. Las partes podrán adoptar acuerdos parciales para la modificación de alguno o algunos de sus contenidos prorrogados con el fin de adaptarlos a las condiciones en las que, tras la terminación de la vigencia pactada, se desarrolle la actividad en el sector o en la empresa. Estos acuerdos tendrán la vigencia que las partes determinen.
 
    Mediante los acuerdos interprofesionales de ámbito estatal o autonómico, previstos en el artículo 83, se deberán establecer procedimientos de aplicación general y directa para solventar de manera efectiva las discrepancias existentes tras el transcurso del procedimiento de negociación sin alcanzarse un acuerdo, incluido el compromiso previo de someter las discrepancias a un arbitraje, en cuyo caso el laudo arbitral tendrá la misma eficacia jurídica que los convenios colectivos y solo será recurrible conforme al procedimiento y en base a los motivos establecidos en el artículo 91. Dichos acuerdos interprofesionales deberán especificar los criterios y procedimientos de desarrollo del arbitraje, expresando en particular para el caso de imposibilidad de acuerdo en el seno de la comisión negociadora el carácter obligatorio o voluntario del sometimiento al procedimiento arbitral por las partes; en defecto de pacto específico sobre el carácter obligatorio o voluntario del sometimiento al procedimiento arbitral, se entenderá que el arbitraje tiene carácter obligatorio.
 
    Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquel perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación."
 
La Sentencia a la que se refiere CCOO, por la que según ellos "se salva" la ultraactividad, transfiere al Contrato individual del trabajador las condiciones colectivas del convenio que se pierde, pasando las condiciones colectivas a ser condiciones individuales ¿Pero qué pasa con los trabajadores que acceden una vez ya el Convenio Colectivo, tras pasar un año sin llegarse a acuerdo, ha fenecido? Pues que entra en la precariedad absoluta pues el convenio ya no existiría y, por tanto, el nuevo trabajador entraría en unas condiciones diferentes a las que existía cuando el Convenio regía, creándose desigualdades, dobles escalas salariales y discriminaciones al no existir ya convenio. Esa misma sentencia a la que se refiere CCOO, además de reconocer ésto, le indica al Empresario cómo liquidar de facto esas condiciones individuales del trabajador cuando tras un año de denuncia del convenio no se ha llegado a un acuerdo (recordemos que esta farsa de negociación del Convenio TIC ha durado casi 8 años), empleando el artículo 41 del ET, como se comprueba en el siguiente extracto de esa sentencia – que por cierto omite CCOO:
 
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Esto con la redacción del artículo 5 del XVI Convenio, donde existía "pacto en contrario", no pasaba y se mantenía el convenio en ultraactividad, como ha pasado durante estos 8 años. La redacción era la siguiente:
 
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Por tanto, miente CCOO, y con ellos sus socios de UGT, cuando dice que "Es completamente falso lo que os cuentan. NO se ha liquidado la ultraactividad.". En el XVII Convenio se han cargado esa cláusula o pacto de contrario y, en consecuencia, la ultraactividad se la han entregado a la Patronal, se la han regalado a los empresarios y han vendido a los trabajadores. Queda demostrado, nuevamente, que CSC no ha mentido ni ha engañado.
 
Los que engañan son aquéllos que dicen que hay que poner los salarios, como mínimo, a 1000 euros mensuales y después hacen unas tablas salariales donde el 1 de enero de 2020, habrán 10 grupos/niveles profesionales, de 23 en total, que cobrarán menos de 1000 euros brutos al mes.
 
Los que engañan son aquéllos que a un analista con 8, 10, 12 ó 18 años de experiencia, o un consultor, le adjudican el grupo profesional 3-B-II que significa, entre otras cosas, que el trabajador posee "con poca experiencia profesional en las tareas del grupo".
 
Los que engañan son aquéllos que dicen que el Convenio consigue un incremento salarial del 7% cuando en la vigencia del convenio – 2010-2019 – los salarios en el sector van a perder poder adquisitivo por encima del 21%.
 
CCOO sabe muy bien lo que significa engañar, lo lleva haciendo los últimos 40 años. Lo habéis comprobado con el Convenio que han firmado a traición y por la espalda.
 
Hoy jueves 24 de mayo, a las 19 horas, en el Centro Cívico del Tejar del Mellizo, en la Calle Santa Fe (Parque de los Príncipes), el Comité de Empresa nos ha convocado a una Asamblea informativa donde se va a explicar exhaustivamente el Convenio firmado y se explicarán fórmulas para defender los derechos que este convenio firmado por CCOO y UGT nos arrebata, así como podrás formular todas tus preguntas, exponer tus dudas y emitir tu opinión. Es importante que conozcamos bien el convenio para conocer bien como defender nuestros derechos ¡HOY, 24 DE MAYO, ACÚDE A LA ASAMBLEA!
 
"Ahora las torturas se llaman apremios ilegales. La traición se llama realismo. El oportunismo se llama pragmatismo. El imperialismo se llama globalización. Y a las víctimas del imperialismo se las llama países en vía de desarrollo".
Eduardo Galeano.
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

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