miércoles, 5 de octubre de 2016

Trabajos fuera de horario: Guardias, festivos, nocturnidad...

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GUARDIAS, FESTIVOS, NOCTURNIDAD...

La empresa reconoce irregularidades en su proceder.

La empresa “quita hierro” a las vulneraciones detectadas en materia de jornada de trabajo aunque reconoce que no se ajusta a la legalidad.
Estimados compañeros y compañeras:               
El pasado 30 de septiembre, la empresa dio respuesta a peticiones de información realizadas por esta Sección Sindical (en mayo y julio del presente año) sobre la realidad de la empresa en cuanto a la realización de trabajos fuera de horario, de los que la representación legal de los trabajadores nunca ha sido informada.
Una vez más, se da una respuesta (la cual tenéis adjunta) opaca, en la que se reconoce que no se respeta el convenio y que, además, como podéis comprobar, tampoco se ajusta para nada a la realidad. Queremos informaros de que los acuerdos trabajador-empresa deben de respetar en todo momento los derechos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, en el XVI Convenio Colectivo de Consultoría y en los derechos adquiridos en Ayesa Advanced Technologies.
Tras esta comunicación de la empresa, os queremos recordar las líneas rojas marcadas que no se pueden traspasar.
  • Las disponibilidades como tales no se pueden aplicar. No está recogido en el Convenio.
  • No existe en la empresa la figura legal de trabajo de “Guardias”. No está recogido en el Convenio, ni está acordado con la Representación Legal de los Trabajadores.
  • La jornada anual establecida en la empresa es de 1.760 horas.
  • Sábados y domingos están reconocidos como días no laborables en el calendario laboral de AYESA AT.
  • El horario que recoge el calendario laboral para TODOS los trabajadores de Ayesa AT será de lunes a viernes.
  • Existirán, en todo caso, 12 horas de descanso entre la finalización de una jornada y el inicio de la siguiente, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores.
  • Todo acuerdo empresa-trabajador que contravenga lo anterior no tiene ningún tipo de validez ni obligación para el trabajador, de hecho sería nulo de pleno derecho.
En síntesis, debéis saber que no es legal que la Empresa proponga hacer a los trabajadores guardias ni nada que se asemeje y que no os puede obligar a ello, pues de hacerlo, estaría incurriendo en la ilegalidad.  
Os instamos, también, a que contacteis con nosotros con cualquier duda o denuncia a través de los medios que os facilitamos al final de este comunicado. De esa forma podremos ponernos a trabajar de inmediato para que se respeten tus derechos.

Y así como los pueblos sin dignidad son rebaños,
los individuos sin ella son esclavos.”
José Ingenieros.

NO a los abusos laborales, NO a los retrocesos laborales, NO a la represión laboral, NO a la represión sindical. Readmisión del Presidente del Comité.


SECCIÓN SINDICAL DE CSC EN AYESA AT

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martes, 17 de mayo de 2016

Información acerca de las "guardias"

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Compañeros y compañeras.

Últimamente os habéis puesto en contacto con esta Sección Sindical para trasladarnos inquietudes y malestares sobre horarios de trabajos especiales (madrugadas y fines de semana) o remuneraciones dinerarias por ese trabajo.

Indagando un poco más en el asunto nos encontramos con que muchos compañeros que trabajan en Ayesa AT e incluso en otras empresas del Grupo Ayesa, están realizando turnos rotatorios, trabajos fuera del horario habitual, disponibilidad con el teléfono móvil, incidencias nocturnas..., algo que la empresa cataloga internamente con el término de “guardias”. Por este tipo de trabajo, esos trabajadores que sacrifican la vida personal y su descanso bajo la espada de Damocles de “no seguir en el proyecto”, reciben una cantidad que en cada caso particular es diferente, siendo este concepto aleatorio y arbitrario.

Nos gustaría hacer un inciso sobre lo que comenta la legislación vigente y lo que aplica el Estatuto de los Trabajadores y el convenio sectorial que regulan las condiciones de trabajo. Como empresa del sector de Consultoría, Ayesa AT se rige por el XVI Convenio estatal de empresas de Consultoría. En base a él se puede afirmar que:
  • La realización de guardias en las que sólo se te remunera si te “llaman” o “activan” de alguna manera son totalmente ilegales.
  • La realización de guardias remuneradas podrían llegar a ser legales en el caso de que estuviera regulado en el convenio pero este no es el caso de Ayesa A.T.

Por lo tanto, las obligaciones que tienen los trabajadores de Ayesa AT a día de hoy son:
  • Un máximo de 1.760 horas anuales.
  • En ningún caso más de 9 horas ordinarias de trabajo al día.
  • Un mínimo de 12 horas de descanso entre el fín de una jornada y el comienzo de la siguiente.
  • En Ayesa AT sólo son laborables los días de la semana que van de lunes a viernes.
  • En los meses de julio y agosto el horario es de 8h a 15h, con un máximo de 36 horas semanales.
  • Los trabajadores desplazados al cliente se regirán por el horario de éste, si bien en el cómputo semanal se respetarán las existentes en la empresa origen.

Esta sección sindical, en virtud de su derecho de información, ha requerido a la empresa sobre este asunto (ver adjunto) no dudando en adoptar las acciones que sean oportunas para que se respeten los derechos laborales.

No obstante, a la empresa se le abre otro frente que tiene que solucionar con la negociación colectiva, aquella de la que reniega en la práctica como lo hemos visto en tema de salarios, calendarios anuales, plan de igualdad, categorías profesionales, convenio de empresa, etc.

Esta sección sindical y sus delegados nunca se han negado a negociar como bien conocéis, sin embargo, la entrega y renuncia de nuestros derechos, que es lo que desea la empresa,  no está entre nuestros principios y exigimos siempre que la empresa respete las condiciones mínimas necesarias para que exista la negociación. No obstante, la práctica es tozuda y así lo demuestra (trienios, jornada intensiva, tiempo de desayuno, formación, etc.). Si deseas mejoras, exiges derechos o quieres que se respeten los que ya tienes, tendrás que pelearlos en el plano colectivo. La lucha colectiva, como clase, es el único camino.

Te recordamos una vez más que puedes ponerte en contacto con nosotros para tratar este tema, reportar abusos o cualquier otro de forma anónima en cscayesa[AT]gmail.com

“Si no luchamos juntos, nos matarán por separado”
Ernesto “Che” Guevara



NO a los abusos laborales, NO a los retrocesos laborales, NO la represión laboral, NO a la represión sindical. Readmisión del Presidente del Comité.

SECCIÓN SINDICAL DE CSC EN AYESA AT
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