Estimados compañeros y compañeras, el pasado 6 de febrero de 2019, en un comunicado con asunto "CONSENTIMIENTO DEL TRATAMIENTO DE TUS DATOS PERSONALES" os informamos de la actualización de la ley de protección de datos, donde se incluía un título completo específico para regular el derecho a la desconexión digital (TÍTULO X Garantía de los derechos digitales). |
Sobre la desconexión digital, la empresa no nos han informado a los trabajadores/as, lo que es nuestra opinión es una dejación de funciones y un incumplimiento de la legalidad vigente, pese a que la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD): |
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El derecho a la desconexión digital, deberá tener en cuenta aspectos como: |
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Las obligaciones del empresario son varias, y destacamos la siguiente extraída de la LOPDGDD, en su Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, apartado 3: |
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Con este comunicado, desde CSC seguimos haciendo nuestra labor de información y defensa de los intereses y derechos de los trabajadores. |
Ante cualquier duda, o si ves vulnerados tus derechos, te animamos a que te pongas en contacto con nosotros. |
Os seguiremos informando. |
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC! |
¡NO a los abusos laborales! |
¡NO a los retrocesos laborales! |
¡NO a la represión laboral! |
¡NO a la represión sindical! |
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio) |
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT |
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viernes, 21 de junio de 2019
INTRODUCCIÓN A LA DESCONEXIÓN DIGITAL, ESA GRAN DESCONOCIDA
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