martes, 29 de octubre de 2019

EL VERDADERO ROSTRO DE LA DIRECCIÓN DE AYESA AT

El pasado 10 de octubre a las 14:00 h tuvimos conocimiento de que el nuevo Director de Recursos Humanos entregaba una notificación al compañero AASM según la cual ejecutaba la cláusula tercera del contrato por obra. Lo cual significaba que Ayesa AT daba por extinguido el contrato de trabajo a partir del día 18 de octubre.
 
Pero veamos qué dice la cláusula tercera del contrato del compañero:
 
TERCERA: La duración del presente contrato se extenderá desde 22.08.2018 hasta FIN OBRA. Se establece un periodo de prueba de (10) TRES MESES
 
Varias hojas más adelante nos encontramos con el apartado CLAUSULAS ADICIONALES que indica:
 
(…)
Proyecto para ambos: Raíces
Cliente: Digital Madrid
Funciones: programación Java
 
De aquí podemos sacar dos conclusiones:
 
  • La primera es que el contrato ha tenido una duración mayor a un año y por tanto según el art.49 ET, la empresa está obligada a preavisar con al menos 15 días de antelación cosa que como se demuestra no ha cumplido.
  • La segunda es que según el apartado CLAUSULAS ADICIONALES el compañero estaba adscrito al proyecto RAICES del cliente DIGITAL MADRID y realizando funciones de programación JAVA y que, por tanto, según esa notificación el proyecto finalizó el 18 de octubre de 2019. Sin embargo, sabemos que actualmente la empresa mantiene el proyecto vivo.
 
¿Por qué despiden a un trabajador que, según todos sus compañeros y jefes, ha desarrollado todas sus tareas laborales con esmero, distinción y plena dedicación?
 
Sabemos que cuando el compañero AASM entró en Ayesa AT el pasado 22 de mayo de 2018 estuvo tres meses en prácticas dentro del proyecto SÉNECA, que posteriormente fue designado al proyecto RAICES a través del contrato por obra y servicio. Que desde el pasado 1 de octubre estaba cerrando tareas de RAICES para incorporarse nuevamente al proyecto SÉNECA dónde los jefes de proyectos estaban de acuerdo y plenamente informados. Y también sabemos que en paralelo estaba tramitando un PIF (permiso individual de formación) para terminar sus dos últimas asignaturas del grado en Ingeniería Informática por la Universidad de Sevilla de lo cual también los jefes de proyectos estaban planamente informados.
 
¿Por qué despiden a un trabajador que está a punto de terminar un grado en ingeniería informática que se estaba apoyando en su derecho a la formación? ¿Es que a Ayesa AT no les hace falta trabajadores con esa titulación?
 
Con lo anterior hemos demostrado, una vez más, que mientras no estemos organizados como clase trabajadora, la Empresa no tendrá ningún tipo de escrúpulos en manipular, violar y socavar nuestros derechos laborales.
 
Esta situación a la que la Empresa conduce a la plantilla, este escenario de vulneración sistemática de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras de AYESA AT, tiene solución y pasa por la unidad y la organización de los trabajadores en torno a los principios del sindicalismo de clase, en torno a la Coordinadora Sindical de Clase. ¡Se pueden cambiar las cosas! ¡Vamos a pararle los pies a la Empresa si te unes y te organizas con CSC!
 
¡Fortalece el sindicalismo de clase! ¡Fortalece la dignidad y la lucha por nuestros derechos como trabajadores! ¡Organízate sindicalmente en la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)!
 
 
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
 
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
 
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT
 

0 comentarios:

Publicar un comentario

 

ASC

FSM

Enlaces de interés

XVII Convenio Consultoría (2017-19)
Estatuto de los trabajadores

ASC Atech BPO
ASC NTT Data
ASC Sevilla
Alternativa Sindical de Clase
Federación Sindical Mundial
Tus Permisos Asamblea TIC

Copyright © Sección Sindical de ASC en Atech AS Design by BTDesigner | Blogger Theme by BTDesigner | Powered by Blogger