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La Sección Sindical de UGT es un instrumento de la Dirección de AYESA AT para dividir y engañar a los trabajadores, sin duda alguna: |
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Nuevamente vuelven a dar una vuelta a la noria con el tema de los permisos retribuidos y, nuevamente, vuelven a engañaros de la misma manera que lo hicieron en 2019 o en febrero de 2020. |
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Reitera UGT el 7 de octubre de 2020, lo siguiente: |
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¿Es verdad que gracias al "Plan de Igualdad"/Cheque en blanco que los esbirros de la Dirección de AYESA AT (UGT y CCOO) entregaron a la empresa se reconocen como primer grado de parentesco a las madrastras, padrastros o hijastros/as? |
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Esto os decíamos el pasado 26 de febrero de 2020 desde CSC en el comunicado titulado "PERMISOS RETRIBUIDOS: UGT SIGUE MINTIENDO Y BLANQUEANDO A LA DIRECCIÓN DE AYESA AT" que puedes leer en tu correo o en nuestro blog: http://ayesa.cscsevilla.org/2020/02/permisos-retribuidos-ugt-sigue.html. |
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¿Es esto cierto? Como os vamos a demostrar, no hay nada más lejos de la realidad. Ya en julio de 2019 os comentamos en un comunicado que los permisos retribuidos con respecto a los grados de parentesco por afinidad (lo que incluye a padrastros, hijastras, etc.) llevan en vigor más de dos décadas, no solo en Ayesa AT (antiguamente Sadiel), sino en todo el territorio español. Y esto es así, no porque lo digan los "radicales rojos anticapitalistas antisistema" de CSC, sino porque así lo afirma la sentencia de la Audiencia Nacional de 2 de octubre de 2015, que hace referencia a un conflicto surgido en una empresa que se negaba a reconocer dicho permiso a sus empleados, y que incluso menciona a otra sentencia similar del año 1998 (hace más de 20 años). |
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Dicha sentencia (que os adjuntamos en el fichero pdf NSJ052437.pdf) establece que todos estos casos (hijastros/as, padrastros/madrastras, hermanastros/as) entran en el precepto de familiares de primer y segundo grado por afinidad que contempla el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3, así como en los contemplados en los diferentes convenios colectivos sectoriales o de las empresas. Y el artículo 37.3 no lleva en vigor desde que UGT y la empresa firmaron el Plan de Igualdad en 2019, sino desde mucho antes, en concreto desde el año 1980, como también podéis comprobar en este enlace: |
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https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-5683 |
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Es decir, UGT os está vendiendo como un logro de su vergonzoso Plan de Igualdad una medida que lleva en vigor desde hace exactamente 40 años, cuando muchos de vosotros aún ni habíais nacido. ¿Veis cómo os intentan engañar sin vergüenza alguna? ¿Veis cómo blanquean a la empresa? |
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Ahora os venden como "novedad" que "los permisos retribuidos comienzan en el primer día laborable siguiente". ¿Es verdad? Ese mismo día 26 de febrero de 2020, hace casi 8 meses, desde CSC os decíamos lo siguiente: |
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Lo más lamentable de que la sección sindical de UGT diga que lo de coger el permiso retribuido por hospitalización de un familiar en días no consecutivos sea una mejora que hace Ayesa AT es que se les desmonta el engaño usando como fuente la web de su propia federación de servicios en Andalucía, como podéis comprobar en el siguiente enlace: |
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https://www.fesp-ugtandalucia.org/index.php/autonomica-y-sector-publico-andaluz/33-noticias-de-autonomica/1250-ugt-informa-permisos-por-hospitalizacion-en-dias-alternos |
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Dado que nosotros no nos fiamos de nada de lo que pueda decir UGT ante las frecuentes contradicciones en las que incurren, para demostraros inequívocamente que el hecho de poder solicitar el permiso por hospitalización de un familiar de hasta 2º grado por afinidad/consanguinidad en días alternos no se debe a ninguna mejora que hace Ayesa AT, sino que es así porque el derecho lo ampara, vamos a basarnos en la actual jurisprudencia, la cual establece varios criterios: |
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El permiso retribuido debe establecerse en días laborables. Es decir, no se cuentan los fines de semana ni festivos, con lo que ya se establece la posibilidad de que sean días alternos. -
El permiso retribuido puede disfrutarse en cualquier momento mientras dure la hospitalización o el reposo domiciliario posterior a la hospitalización/intervención quirúrgica. -
Salvo que lo regule un convenio de aplicación, la norma no obliga a que el permiso se deba disfrutar en días consecutivos. |
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Nuevamente, queda acreditado que la sección sindical de UGT os engaña, tanto para venderos humo en forma de logros que no existen, como para mostraros una imagen de magnanimidad de la empresa que tampoco tiene. |
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Compañero/a, te han vendido con el Plan de Igualdad y ahora te van a vender con el teletrabajo. Sólo les queda reiterarte la mentira para distraerte a la par que violan tus derechos y te traicionan. |
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