| En el día de hoy, 9 de diciembre, a las 08:55 horas, desde la dirección de correo electrónico serviciodeprevencionayesa@ayesa.com se nos remitía un correo electrónico con el asunto "Comunicado positivo en Ayesa", cuyo contenido completo a continuación te reproducimos: |
| Buenos días, Os informo de un caso positivo informado este puente de COVID entre la plantilla de Ayesa: Efectuadas las labores de rastreo para conocer si tuvo contacto estrecho con algún otro empleado de Ayesa, no se identifican contactos estrechos entre los trabajadores de Ayesa. Ya ha sido comunicado paralelamente a cliente para realizar la labor de coordinación. Cualquier cosa, a vuestra disposición. Servicio de Prevención Mancomunado Ayesa Dirección de Recursos Humanos Ayesa |
| Queremos reseñar que desconocemos qué cliente y el lugar del centro de trabajo del cliente donde está desempeñando su trabajo este/a compañero/a. Desde CSC hemos demandado esta información a la Empresa para poder realizar la denuncia de este hecho ante las autoridades pertinentes, como hacemos siempre. En el caso de que la Empresa no nos proporcione esta información tomaremos las medidas pertinentes para obtener la información pues la Empresa, aparte de vulnerar nuestros derechos a la información, nos está dejando en indefensión legal para adoptar las medidas que consideramos pertinentes en el ejercicio de la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras de AYESA AT. GRÁFICO SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LOS CASOS POSITIVOS |
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| Estos nuevos hechos dan un total de 47 positivos en estos tres meses y medio, que conozcamos, en Ayesa si sumamos este último caso que nos han notificado. Las oficinas son lugares donde se favorece la propagación del virus. Y ello es debido a algo que os hemos explicado en muchas ocasiones, como es que la COVID-19 se contagia por aerosoles, a través del aire a mucho más de 2 metros, con lo que es deficiente la distancia de 1,5 m que señala AYESA con el objetivo de hacer que el máximo número de trabajadores desarrollen su trabajo de manera presencial. Nuevamente te adjuntamos el siguiente enlace explicativo: https://www.newtral.es/aerosoles-coronavirus-evidencia/20201006/. Esto que te señalamos lo ha reconocido tanto el Gobierno como la Organización Mundial de la Salud (OMS). A tenor de esto, como consecuencia de la propagación del virus por aerosoles a través del aire, existe más exposición al virus y más probabilidad al contagio para cualquier trabajador que esté en la sala donde se halle un positivo, máxime cuando no se tiene la mascarilla FFP2 puesta en los puestos de trabajo. Compañero/a no dudes en tener puesta la mascarilla en el puesto de trabajo, y concretamente la mascarilla FFP2 que es la única eficaz frente a aerosoles. Te adjuntamos el siguiente artículo donde un investigador del CSIC ilustra lo que te señalamos https://www.niusdiario.es/sociedad/sanidad/jose-maria-lagaron-investigador-csic-mascarillas-quirurgicas-no-valen-interiores-coronavirus-covid-19_18_3037920216.html. |
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| Los contagios están cantados en las oficinas, como está pasando en ALIA, TORRE y en las oficinas de República Argentina en SEVILLA, en las oficinas de clientes, y también en otros lugares del Estado español como son las oficinas de Barcelona y de Mérida. La única salida para impedirlos pasa por el teletrabajo 100%, que es lo que le exigimos a la Empresa. |
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| A lo ya mencionado de la propagación por aerosoles, hay que añadir la falta de ventilación de las oficinas y la imposición unilateral del modelo hot-desk que favorece el contagio y dificulta los rastreos, y que os hemos de recordar que únicamente ha impugnado CSC ante la Audiencia Nacional, cuyo juicio está señalado para el próximo día 12 de enero. Ni que decir tiene que tanto UGT como CCOO no han denunciado absolutamente nada porque están plenamente de acuerdo con el modelo hot-desk. Y el Comité de Empresa de Sevilla ni está ni se le espera, para eso están los esbirros sindicales de la Dirección, para inutilizarlo y aniquilarlo. |
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| Los hechos dan la razón a CSC, cuando hace más de dos meses demandamos la realización de un Pleno Extraordinario del Comité de Empresa, justificando la necesidad de la aplicación del artículo 21.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los trabajadores de AYESA AT y del resto de empresas que concurren en el edificio ALIA y en Torre Sevilla tienen un riesgo muy grave e inminente de ser contagiados. Hay que recordar que el presidente del Comité de Empresa, violando la ley y el Reglamento del Comité de Empresa, con el apoyo incondicional de los sindicatos amarillos de RRHH –CCOO y UGT– no sólo impidió la celebración del Pleno del Comité extraordinario que legalmente los delegados del comité pertenecientes a CSC demandamos, sino que se han opuesto radicalmente a exigir a la Autoridad Laboral la ejecución del artículo 21.3 de la LPRL para que los trabajadores no acudan a ALIA ni a Torre Sevilla, ambos lugares donde hay abiertos sendos brotes de COVID-19. Desde CSC hacemos responsable a la Dirección de AYESA del brote de COVID-19 abierto en ALIA y en Torre Sevilla, así como de todos los positivos que se den en el resto de centros de trabajo. Pero no sólo hacemos responsable a la Dirección de AYESA sino también a sus esbirros sindicales – CCOO y UGT con el presidente del Comité a la cabeza – porque no sólo han liquidado al Comité y lo han puesto al servicio de la Dirección sino porque también han expresado que la aplicación del artículo 21.3 de la LPRL, ante una situación de riesgo grave e inminente, es un acto de mala fe demostrando su rastrerismo y la sumisión de CCOO y UGT a la Dirección de AYESA, que es quien verdaderamente hace y deshace hoy en el Comité de Sevilla. Es momento de recordar, también, cómo UGT sirve a la Empresa: -
Inutilizando al Comité, vulnerando los derechos de los delegados del Comité y de los trabajadores y conduciéndolo a la ilegalidad y a la indignidad. Contando, sin duda en tan miserable labor con el apoyo incondicional de CCOO. -
Blanqueando ante la inspectora de Trabajo a la Dirección de AYESA AT. -
Blanqueando ante los trabajadores a la Dirección de AYESA señalando que cumple en materia de prevención en República Argentina, cosa que no es cierta. -
Blanqueando a la Empresa ante la plantilla no dudando en convertirse en altavoz de ésta |
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| ¿Y qué decir del protocolo de AYESA ante la COVID-19 impuesto unilateralmente por el Comité de Dirección donde estamos excluidos los trabajadores y sus representantes? Pues que los hechos demuestran su inutilidad, la incompetencia de los responsables que lo han pergeñado que únicamente para que la Dirección trate de sacudirse la responsabilidad que tiene ante los casos que están aconteciendo. Por actuaciones irresponsables como las de esta empresa, y otras, así como de los poderes políticos que hacen las leyes pensando únicamente en el beneficio de los empresarios, nuestro pueblo se encuentra en la situación de gravedad sanitaria que se llevará por delante la vida de miles de trabajadores y trabajadoras, y también dejará en muchos casos secuelas graves a los trabajadores y a sus familias. La única salida que tenemos los trabajadores es organizarnos en torno al sindicalismo de clase, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), y fortalecerla al objeto de que los trabajadores organizados y movilizados construyamos la fuerza suficiente para confrontar las políticas nocivas y contrarias a los trabajadores de la Dirección a las que los esbirros no dudan en hacer seguidismo y darle cobertura, liquidando los instrumentos de representación de los trabajadores y blanqueando los atropellos de la Empresa. Asimismo exigimos que la Empresa aplique el teletrabajo al 100% de la plantilla mientras prosiga el estado de alarma, el cual ha sido aprobado por el Parlamento hasta el 9 de mayo. |
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