En el día de ayer, 2 de junio, se celebró la tercera reunión de la Mesa Negociadora del Plan de Igualdad en la que se volvió a abordar el asunto del Reglamento de funcionamiento de dicha Mesa Negociadora. Las reuniones de los pasados días 19 y 25 de mayo, de las que desde ASC os informamos puntualmente, también versaron sobre el Reglamento de funcionamiento. En la reunión de ayer la representación de la Empresa dio respuesta a la petición de CCOO y UGT, que demandaban "barra libre" en lo concerniente a las horas sindicales o "crédito sindical ilimitado y abierto", y que la Empresa en la reunión de la pasada semana señaló que daría una respuesta. La respuesta dada por la Empresa fue la negativa a aceptar la propuesta de UGT, apoyada por CCOO, de conceder horas sindicales ilimitadas a los miembros de la Mesa Negociadora por el Banco Social. La respuesta dada a la Empresa por parte de CRH, en nombre de UGT, fue la de señalar que "UGT acepta que no aparezca en el reglamento la cuestión del crédito sindical abierto e ilimitado para la negociación del Plan de Igualdad". Desde ASC, con la experiencia que tenemos sobre cómo la Empresa trata a sus sindicatos amarillos —CCOO y UGT— nos preguntamos de manera pública lo siguiente: ¿Quiere decir esta respuesta de UGT que pudiera ser que la Empresa le permita esa "barra libre" de horas sindicales a sus sindicatos amarillos (CCOO-UGT) de manera no oficial o reglamentaria? Desde ASC queremos recordar que en la supuesta negociación que tuvieron CCOO, UGT y AYESA AT en 2019 a espaldas de las trabajadoras y de los trabajadoras de AYESA AT, CCOO y UGT sí tuvieron barra libre de horas sindicales en aquel proceso de traición a la plantilla. ¿Para qué sirvió esa prebenda que le dieron a CCOO y UGT en la negociación de 2019? Para que firmasen un Plan de Igualdad donde se recortaban derechos a los trabajadores. Para que mientras los "negociadores" de CCOO y UGT tenían barra libre de horas sindicales, más de 40 horas, firmaban recortarles horas a los padres y madres trabajadoras por llevar a sus hijos/as al médico dejándolo en la insuficiente y ridícula cifra de 8 horas al año. De lo que no tenemos duda alguna es que, si ASC no hubiera estado en la Mesa de Negociación presente, la negociación hubiera seguido el esquema de 2019 donde rigió el pasteleo y las prebendas y donde la Empresa obtuvo un Plan de Igualdad por el que se recortaban derechos a la plantilla. Y, por tanto, si ASC no hubiera estado presente en la Mesa de Negociación UGT y CCOO disfrutarían abiertamente y sin tapujos, por Reglamento, de la barra libre que ellos han demandado. Con referencia al punto del Reglamento donde se hablaban de las reuniones de la Comisión Negociadora, desde ASC hemos manifestado nuevamente nuestro rechazo a que las reuniones de la Mesa Negociadora se realicen de manera telemática así como rechazamos todas las referencias que se realizaban a las figuras de la Presidencia y la Secretaría de la Comisión Negociadora, puesto que para ASC no tiene sentido que exista una presidencia y estamos en contra de que UGT y CCOO hayan entregado la secretaría a la representación de la Empresa y demandamos que las reuniones ordinarias se convocan en la reunión ordinaria anterior. Con respecto del contenido de las Actas, en la propuesta de UGT no se contemplaba que se reflejasen las posiciones de todas las partes con respecto a los asuntos tratados, por ello desde ASC rechazamos esa propuesta de UGT puesto que para ASC es esencial que las actas contengan las posiciones defendidas por las partes con respecto de los asuntos tratados y, mientras eso no fuera tenido en cuenta, ASC rechazaría esa propuesta. En lo concerniente al punto de adopción de acuerdos UGT pretendía "colar" en el Reglamento de funcionamiento de la Comisión Negociadora algo que es propio de la negociación, como es la vigencia del Plan de Igualdad, que UGT fijaba en 3 años, pero que nada tiene que ver con el funcionamiento de la Comisión Negociadora. ASC ha rechazado esta trampa que UGT pretendía colar, señalando lo que hemos mencionado anteriormente, indicando que eso no es materia del Reglamento de funcionamiento de la Mesa Negociadora del Plan de Igualdad. La mayoría de la Mesa Negociadora ha compartido esta posición de ASC, rechazándose que figure la vigencia del Plan de Igualdad en el Reglamento. UGT también en su reglamento introdujo que "las partes acuerdan su adhesión total e incondicionada al VI Acuerdo Interconfederal de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC)" para el caso de que las posiciones entre las partes no avanzaran en la negociación. Como es obvio, tanto CCOO como la Empresa apoyaron esta medida planteada por UGT. Aunque la Empresa también demandó incluir la posibilidad de la vía judicial para desatascar el proceso de negociación en caso de bloqueo, cuestión ésta que se ha incluido. La posición de ASC a esta cuestión es de rechazo a la adhesión a esos organismos por no ser más que chiringuitos que emanan de los chalaneos realizados por la patronal CEOE, CCOO y UGT de tal manera que estas organizaciones obtienen dineros públicos y liberaciones y que para lo único que sirven es para obstaculizar y dilatar la resolución de los conflictos laborales de los trabajadores. Con respecto de la confidencialidad, modificación y vigencia del reglamento de funcionamiento y la sustitución de las personas que integran el banco social no ha habido discrepancias. Sin embargo, desde ASC no queremos dejar pasar que, en cuanto a la modificación del reglamento, se ha acordado que "Cualquier disposición legal o reglamentaria, que afecte al contenido del presente acuerdo, será adaptada al mismo por la Comisión Negociadora de Igualdad" y queremos recordar que cuando firmaron el Plan de Igualdad de traición de 2019 unos días antes de que cambiase toda la normativa relacionada con los planes de igualdad, no se han dignado en efectuar esas actualizaciones durante toda la vigencia del Plan de Igualdad, incumpliendo la legalidad vigente. ¿Qué diferencia hay para actuar diferente? Nuevamente la traición que UGT y CCOO perpetraron en 2019 ha quedado retratada. En otras disposiciones, UGT pretendía nuevamente evitar la negociación imponiendo en el Reglamento de funcionamiento de la Comisión Negociadora la definición, composición y forma de funcionar de la Comisión de Seguimiento. Nuevamente desde ASC hemos rechazado esta triquiñuela de UGT por la que pretende escamotear algo propio de la negociación como es la cuestión de la Comisión de Seguimiento, tratando de imponerlo desde el reglamento de funcionamiento de la Comisión de Negociación sin ser materia de ello. Posición de ASC que ha sido compartida por la mayoría de la Mesa de Negociación. Se ha cerrado el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad donde CCOO y UGT han entregado la Secretaría a la Empresa y, por tanto, le ha entregado las siguientes funciones: |
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