El pasado día 17 de junio os remitimos un comunicado con el asunto "TELETRABAJO: IMPOSICIÓN, BENEFICIOS PARA LA EMPRESA Y RECORTES PARA LA PLANTILLA", en el que os adjuntamos el documento que la Empresa pretende imponer como modelo de teletrabajo. Información y documento que, si no hubiera sido por ASC, no conocerías, a pesar de que te afecta directamente. Ayer, 27 de junio, te remitimos otro comunicado con el asunto "ASC ENTREGA SU INFORME SOBRE LA IMPOSICIÓN DEL SMART JOB", donde te informamos de que, el pasado 24 de junio, ASC entregó informe negativo con respecto del documento mencionado en el punto anterior por el que la empresa impone el teletrabajo de manera unilateral y te desgranamos en qué se fundamentaba. En el día de hoy queremos informarte del motivo fundamental que empuja a la Empresa a hacer esta imposición del teletrabajo, el ahorro de costes. Observa: -
Tenemos conocimiento —y no por la Empresa, que hace siempre todo lo posible por ocultar información y engañar a los trabajadores y sus representantes— de que AYESA AT tiene intención de cerrar las plantas de TORRE SEVILLA a partir de septiembre. -
Como ya sabes, la planta 9 de TORRE SEVILLA fue cerrada. El cierre de esta planta le supone a la Empresa, sólo en costes de alquiler, un ahorro de 178.303,25 euros. Teniendo en cuenta que el precio a 2021 fuera el mismo que en el año 2020, si el precio del alquiler subió en 2021, este ahorro para la empresa sería aún mayor, máxime con el aumento de la carestía de vida, disparada en los últimos meses. -
El cierre de las cuatro plantas de TORRE SEVILLA, tomando como referencia los precios de alquiler que figuran en las cuentas anuales de 2020, supondría un ahorro de costes de alquiler para la empresa que ascendería a 713.213 euros. -
Estamos convencidos de que la tasa de ahorro para la empresa es aún mayor a la que hemos establecido en los puntos 2) y 3). Y ello lo decimos porque, según las cuentas anuales que nos entrega la Empresa, en el año 2019 AYESA AT pagó de alquiler por las cuatro plantas de TORRE SEVILLA 570.571 euros, mientras que en 2020 la cifra ascendió a 713.213 euros. -
Si tomamos el coste de alquiler de las cuatro plantas de TORRE SEVILLA para el año 2020, y lo dividimos entre el número de trabajadores que se ubican en dicho edificio (492 trabajadores), tenemos que el coste de alquiler unitario por puesto de trabajo asciende a 1.449,62 euros por puesto de trabajo y año. -
Si consideramos la propuesta que plantea la empresa de pagar como compensación 15 euros brutos mensuales —y para ello recordamos que el trabajador debe teletrabajar más de 20 días laborables al mes, pues de lo contrario no percibirá ni tan siquiera esos 15 euros— y se la aplicamos únicamente a los 492 trabajadores que tienen su puesto en TORRE SEVILLA implicaría que la empresa, por trabajador, tendría un ahorro de costes —tomando siempre las cifras de los costes a 2020— de 1.284,62 euros al año. Mientras que el trabajador recibiría 165 euros brutos en el año como compensación. -
Tomando los datos unitarios expuestos en el punto 6) y en las condiciones expuestas en dicho punto —que cada uno de los 492 trabajadores teletrabaje 20 días laborables como mínimo al mes, requisito para cobrar íntegramente los 15 euros brutos mensuales—, tenemos que el coste para la empresa de pagar la compensación de 15 euros brutos a esos 492 trabajadores ascendería 81.180 euros de 2022, con lo que se ahorraría en costes AYESA AT en costes 632.033 euros de 2020. -
¿Y cuál es el coste para el trabajador por desarrollar el teletrabajo? Como coste fijo figura el alquiler, pues el trabajador pone en realidad su casa a disposición de la empresa. Según el portal idealista.com el precio medio del metro cuadrado en Sevilla es de 10,1 euros. Admitiendo que una habitación, 10 metros cuadrados de vivienda, se destinen para el teletrabajo, el trabajador asume un coste fijo de 101 euros en concepto de alquiler de su espacio. Si a ello se le une 45 euros mensuales como coste de conexión de fibra de 600Mb obtenido del promedio de precios de las principales operadoras, tenemos que el trabajador soporta 146 euros de costes fijos mensuales. A lo que hay que añadir la parte proporcional de electricidad correspondiente al teletrabajo, que estimamos se cifra en 45 euros de incremento mensuales. Por lo que, los costos mensuales del teletrabajo para el trabajador ascienden a 191 euros mensuales. A tenor de todo lo expuesto tenemos que, con la propuesta que pretende imponer unilateralmente la Empresa, aplicándola únicamente a los 492 trabajadores que tienen su puesto de trabajo en TORRE SEVILLA y con las precondiciones que hemos expresado, tenemos que: -
La Empresa se ahorra por el cierre de TORRE SEVILLA 713.213 euros de 2020, que seguramente en 2022 sea más dinero. -
La cuantía que AYESA AT pretende pagar al trabajador como compensación por teletrabajar al año asciende a 165 euros brutos al año. -
El coste promedio del teletrabajo al año para el trabajador asciende a 2.101 euros. -
Por tanto, la Empresa pretende ahorrarse 1.284,62 euros por año y trabajador con el teletrabajo y, por el contrario, le endosa al trabajador el coste del teletrabajo que asciende a 1.936 euros al año. Cifras estas que redundarán más a favor del empresario y en contra del trabajador si se aplican las previsiones de inflación para el presente y el futuro. Esto es lo que plantea la Empresa en su propuesta: ahorrarse costes y endosárselos a los trabajadores, enriquecerse a costa de un mayor empobrecimiento de los trabajadores. Pero los trabajadores tenemos la sartén por el mango. Si la empresa pretende enriquecerse a costa de aplicar la formulación expresada en el párrafo anterior, los trabajadores tenemos como opción de fuerza no acogernos a estas condiciones al teletrabajo. De la acción coordinada como clase, de la actuación como colectivo, como conjunto, depende que los trabajadores nos empobrezcamos más para que la empresa se enriquezca aún más a costa de nuestro empobrecimiento. ¡Tú decides! Ante cualquier duda no vaciles en ponerte en contacto con nosotros. Te seguiremos informando. |
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