El pasado día 15 de junio de 2018, en plena efervescencia de la Dirección de RRHH en la injerencia en el último proceso electoral, haciendo el trabajo sucio para sus secciones sindicales amarillas, os mandó un correo electrónico a toda la plantilla que te adjuntamos en el fichero 2018-06-15 Retroactividad convenio.pdf, donde, aparte de anticipar el pago de los atrasos del convenio de octubre de 2017 a marzo de 2018 -¡en pleno periodo electoral!-, os señalaban lo siguiente, con referencia al modelo de categoría profesional: |
|
|
|
Como podéis leer, la Dirección de RRHH, en campaña electoral, se pavoneaba de su supuesta victoria en los tribunales ante una demanda de CSC contra el modelo de clasificación profesional en grupos profesionales que trató imponer en 2016, de manera unilateral, para liquidar el modelo de categorías profesionales existente en la empresa hasta entonces. Comportamiento éste, el de menospreciar las sentencias surgidas de las demandas de CSC, que comparte con la Sección Sindical de UGT, alineada con sospechosa exactitud en su estrategia. Curiosamente, en este asunto, la Dirección de RRHH no dudaba en engañaros cuando os venía a decir, en plena campaña electoral, que el estancamiento profesional de la plantilla y el no reconocimiento de las categorías profesionales a los trabajadores, que en su inmensa mayoría desempeñaban ‒y seguís desempeñando‒ unas tareas superiores a la categoría reconocida en la nómina, era como consecuencia de una denuncia de CSC. ¡Ahí teníais a RRHH en campaña electoral diciendo a los trabajadores que el mal encuadramiento profesional de la plantilla era como consecuencia de no aplicar su modelo de clasificación profesional y que éste no lo aplicaba por culpa de CSC! Os recordamos que hace apenas una semana os remitimos un comunicado donde el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en su Resolución 2/2020 reconocía que AYESA AT tenía a un trabajador que hacía funciones de consultor contratado como analista, es decir, la propia Junta de Andalucía retrataba la política de clasificación profesional de AYESA AT |
|
Curiosamente CCOO y UGT en el XVII Convenio Sectorial ya entregaron el sistema de clasificación profesional basado en categorías, bajándose los pantalones en 2017 y traicionando a todos los trabajadores del sector con el actual sistema de clasificación profesional basado en grupos profesionales existente en el convenio TIC, que acrecienta la precariedad como todos vosotros estáis comprobando. |
|
Ya os demostramos en junio de 2018 cómo la Dirección de RRHH os engañaba, pues la sentencia del Tribunal Supremo desestimaba nuestro recurso y daba firmeza a la Sentencia de la Audiencia Nacional, una sentencia que no avalaba el Modelo de Carreras ACO, sino que señaló que no quedaba acreditado que dicho modelo implicara un cambio en el sistema de clasificación profesional ni de promoción profesional contenido en el XVI Convenio, básicamente porque la empresa reconoció en el acto del juicio —para no tener una sentencia contraria a ella— que dicho modelo no definía nuevas categorías, sino que el sistema de clasificación profesional era el contenido en el XVI Convenio Colectivo, que, en todo caso, se renombraban los puestos de trabajo que se correspondían a categorías del convenio. Es decir, la Empresa ante la Audiencia Nacional se la tuvo que envainar para no perder el juicio, pero en esta acción de envainársela renunciaba a su modelo de clasificación profesional. |
|
En plena campaña electoral, como habéis podido ver, aparte de culpar a CSC de todo, de lo humano y de lo divino (al igual que hacen sus sindicatos amarillos), os decían "durante estos dos años no hemos podido relanzar este proceso hasta que no hubiera un pronunciamiento judicial definitivo (…) retomamos con ilusión este proceso del que tendréis noticias con carácter muy inmediato". Pues bien, queremos mostraros dos cosas: |
|
- La empresa se ha lanzado a negociar un Plan de Igualdad sin conocer la sentencia sobre qué Comité de Empresa era el capacitado para negociar mientras se celebran los arbitrajes requeridos como consecuencia del pucherazo dado. La empresa impuso unilateralmente un Plan de Igualdad sin esperar pronunciamiento judicial definitivo a una sentencia que lo tumbó. Curiosamente en todos esos casos actuó de manera opuesta y no fue tan "escrupulosa" como pretendía mostrarse en campaña electoral, a la vez que realizaba un trabajo sucio sin descanso en dicho proceso electoral al objeto de arremeter contra CSC y beneficiar a sus sindicatos amarillos.
- Recordad que iban a retomar con ilusión su política de clasificación profesional, y que ibais a tener noticias con carácter muy inmediato. Pues bien, el pasado viernes 14 de febrero de 2020, conocimos oficio de la Inspección de Trabajo donde nos decían, ante una denuncia interpuesta por nuestro sindicato, lo siguiente:
|
|
|
|
Lo que en campaña electoral, 15 junio de 2018, era "ilusión" e "inmediatez", un año y ocho meses después fué puro humo, puro engaño. ¡Ahí tenéis cómo actúa RRHH! ¡Ahí tenéis a RRHH en campaña electoral para hacerles el trabajo sucio a los sindicatos amarillos de CCOO y UGT contra CSC! ¡Ahí tenéis la palabra de la Empresa! |
|
¡Qué no te tomen más el pelo, compañero! |
|
¡Fortalece el sindicalismo de clase, organízate con la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)! |
|
0 comentarios:
Publicar un comentario