Observamos que, en dos semanas, se han producido las siguientes variaciones: -
Positivos, -2 ( = 5 - 7), el -28,57%. -
1. Presentan síntomas, +5 ( = 19 - 14), un +35,71%. -
2. Contactos estrechos, +10 ( = 82 - 72), +13,89%. -
3. Grupo de riesgo, permanece igual. -
4. Recuperados, +12 ( = 221 - 209). Es decir, puesto que hay 2 positivos menos, éstos quedan acumulados en el grupo de recuperados y, por consiguiente, el número total de compañeros afectados en 15 días ha sido de 25, resultado de sumar los 5 nuevos con síntomas, con los 10 más con contactos estrechos y con los 10 ( = 12 - 2) recuperados. Ni que decir tiene que dada la dificultad que entraña el comprender el cuadro, le hemos pedido a la responsable de prevención que proporcione la información de manera semanal y que, en el periodo transcurrido desde la última entrega, -
no dé el número de recuperados acumulado, sino de la misma forma que da el resto de variables, -
incluya el número de los rastreos llevados a cabo. La responsable del servicio de prevención mancomunado (SPM), conformado por 5 personas, dice que están desbordados de trabajo y acaban a las 10 de la noche —recordad cómo justificaron los beneficios que suponía la desaparición del servicio de prevención propio (SPP) de Ayesa AT y la integración de esta empresa en la cobertura del SPM del grupo mercantil—. Para ella, dar la información tal y como se la hemos solicitado supone, según ha dicho, un ejercicio de "física cuántica". La técnico de Relaciones Laborales MAF disculpa al SPM diciendo que "es un momento en el que todos los servicios de prevención de todas las empresas están en un momento de mucho trabajo". A lo que desde CSC le hemos respondido que todas las empresas seguro que no, en especial aquellas que tienen teletrabajo al 100% (como Sopra, Everis…). "Yo no voy a entrar en esas apreciaciones que tú haces", dijo. Pedir esa información que pedimos, ejercer nuestros derechos a la acción sindical y, concretamente, a ejercer nuestro derecho a la información, según MAF, "es cargar innecesariamente al servicio de prevención". Las representantes de la empresa MAF y PGMP (a la sazón última instructora de los expedientes disciplinarios contra nuestros dos delegados de CSC) nos remiten a los correos de notificación de positivos en los que, si bien es cierto que aparecen el número de contactos estrechos que los afectados han tenido —información para la que tenemos que hacer un acto de fe—, no se dice el número de rastreos realizados, como tampoco sabemos si se hacen rastreos o no de los que, por fortuna, finalmente no resultan positivos. Al preguntar nuestros delegados LOLS cómo es posible, a pesar de las evidencias y estudios que a diario surgen de transmisión del virus por aerosoles, que los trabajadores estén sin mascarilla en sus puestos de trabajo, RMP dijo, como en otras ocasiones, que está por el teletrabajo y así se lo dice "continuamente a la Dirección, y no voy a entrar en eso porque yo no tomo la decisión, porque yo no soy empresa, soy asesora". Dicho de otro modo, mucho revestir de legalidad la política preventiva de la empresa, pero quien parte el bacalao en materia de salud y prevención es la Dirección, la cual, con imposiciones continuas (protocolo COVID-19, vuelta al trabajo presencial incluso para personas en grupos de riesgo, modelo Hot Desk, reubicación en otras salas de posibles contactos estrechos, etc.), no garantiza nuestro derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, como marca la Ley de prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Dijo la responsable del servicio de prevención que como siempre que no está el Responsable de Relaciones Laborales, "falta Juanjo, falta el abogado", aprovechamos para "atacarla". Parece ser que hacer preguntas y solicitar información a quien tiene la responsabilidad de "realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados" (art. 31.2 de la LPRL), es "atacarla". Lo sentimos pero, a diferencia de los delegados de prevención presentes de CCOO y UGT (los de este sindicato sólo dijeron hola y adiós), no podemos permanecer callados cuando vemos cómo se dispara día a día el número de contagios por mucho certificado (comprado) que obtenga la empresa de "lugar seguro". Por otro lado, esa apreciación que tiene la responsable del servicio de prevención es totalmente subjetiva, puesto que, a nuestro parecer, nosotros hacemos las mismas preguntas y las mismas críticas a la empresa cuando se encuentra presente "el abogado", quizá la diferencia radique en que éste sepa argumentar sus respuestas sin caer en la elevación del tono de voz ni alterarse, como así hicieron tanto la responsable del servicio de prevención, RMP, como la representante de la empresa, MAF, y que cuando ha estado presente "el abogado" son precisamente ellas las que han tenido poco que hablar. La única salida que tenemos los trabajadores es organizarnos en torno al sindicalismo de clase, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), y fortalecerla al objeto de que los trabajadores organizados y movilizados construyamos la fuerza suficiente para confrontar las políticas nocivas y contrarias a los trabajadores de la Dirección a las que los esbirros no dudan en hacer seguidismo y darle cobertura, liquidando los instrumentos de representación de los trabajadores y blanqueando los atropellos de la Empresa. |
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