| El pasado jueves 5 de noviembre, el presidente del Comité de Empresa envió una nueva convocatoria ordinaria de Comité de Empresa —ilegal, como viene siendo costumbre en él, pues contraviene el Reglamento del Comité de Empresa que no permite los cibercomités, sino que deben ser presenciales— para el próximo viernes 13 de noviembre, a las 12:30 horas. En este sentido, CSC denunció judicialmente esta forma de proceder y estas convocatorias virtuales, ya que el artículo 5 del Reglamento es claro cuando determina que en las convocatorias deben contener el "Lugar día y hora de celebración", así como que "En cualquier caso, para que los acuerdos tengan validez deberá encontrarse presente la mitad más uno de los miembros del Comité." El Reglamento no sólo no contempla y, por tanto, no regula la celebración de plenos telemáticos en un entorno virtual, sino que lo que regula y contempla son que los plenos deban realizarse presencialmente. Está claro que el ciberespacio no es un "lugar" y, por tanto, no existe esa presencialidad, llevando su presidente nuevamente al Comité de Empresa a la ilegalidad. Ya conocemos todos la situación respecto a la pandemia, pero el Consejo Interterritorial del Consejo Nacional de Salud, en su documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19" del pasado 22-10-2020, establece para el ámbito del trabajo, y en condiciones generales, "Fomentar al máximo el teletrabajo" desde el nivel de alerta 1, el más bajo de ellos, así como: | | "Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones precisas siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento físico e higiene y prevención." | | Está claro que estamos ante una situación excepcional y las propias recomendaciones de la autoridades sanitarias indican que se puede acudir de manera excepcional a reuniones precisas, como es la de un Comité de Empresa que se celebra cada dos meses. Parece ser que MMR y sus acólitos tienen muchos reparos para dar la cara en un Comité de Empresa, pero no tienen ninguno para acudir a trabajar regularmente a la oficina, esquiroleando su propia convocatoria de huelga indefinida (tan indefinida, que ni la secundan los delegados de UGT). En ese sentido, el pasado 11 de mayo de 2020, ante la primera convocatoria telemática ilegal de un pleno del Comité de Empresa por parte de MMR, hicimos una propuesta en la que le indicábamos a MMR lo siguiente: | | [...] como consideramos que la situación lo requiere, desde CSC proponemos las siguientes condiciones para que se pueda celebrar la reunión del Comité en esta situación excepcional. Las condiciones previas que desde CSC establecemos para llegar a una solución es la siguiente: -
Garantizar que todos los miembros del Comité de Empresa y delegados sindicales pueden participar en igualdad de condiciones en el Pleno Extraordinario. -
Garantizar que los medios por los que se realizaría el Pleno del Comité Extraordinario son inaccesibles para la Dirección de la Empresa. -
Firma por parte de las tres secciones sindicales –CCOO, UGT y CSC– de un documento señalando que: -
La convocatoria y celebración de este pleno de Comité Extraordinario realizada por el Presidente del Comité, MMR, no cumple con la legalidad vigente, con lo establecido en el Reglamento del Comité de Empresa, tanto en la forma de realizar la convocatoria como en la forma de celebración telemática del Pleno que infringen el artículo 5 del Reglamento. -
En el citado documento, además, la Sección Sindical de UGT se comprometerá por escrito a garantizar que, en el futuro, el Presidente del Comité –adscrito a dicha Sección Sindical– no volverá a actuar de manera sectaria ignorando lo establecido en la Ley y en el Reglamento del Comité. -
Con todo ello, el documento concluirá con que se reconocen las irregularidades perpetradas por el Presidente del Comité, forma de proceder que las Secciones Sindicales rechazan y que no volverá a actuar de manera sectaria. Además, las tres Secciones Sindicales asumirán la excepcionalidad del momento, comprometiéndose a celebrar el pleno del Comité con las garantías recogidas en los dos primeros puntos y no impugnándolo por estas razones. | | Como no podía ser de otra manera, en su despotismo habitual, MMR hizo caso omiso a esta propuesta y CSC no tuvo más remedio que impugnar todas los ciberplenos que este personaje ha ido convocando hasta la fecha. Es curioso que justo cuando se va a celebrar el intento de mediación previo al juicio en el SERCLA, hoy, 11 de noviembre, el presidente realice esta convocatoria para dos días después, el 13 de noviembre, en un acto claro de provocación. Es evidente que MMR no tiene ninguna intención de llegar a un entendimiento en la mediación del día 11 de noviembre y tendrá que resolverse esta cuestión en sala judicial. En el caso de que la justicia diera la razón a CSC y, por tanto, a los trabajadores, le recordamos a MMR —y a todo su séquito, que le sigue de manera irracional— que todos los acuerdos que se hubieran tomado en esos plenos convocados de manera ilegal quedarían anulados. Como no podía ser de otra manera, CSC no participará de esta nueva farsa de cibercomité ilegal, que no está regulado en el propio Reglamento del Comité de Empresa, votado únicamente por UGT y CCOO. En estas manos está a día de hoy el Comité de Empresa, que lleva a este órgano continuamente a la ilegalidad. Y está en estas manos porque los trabajadores así lo han permitido, en parte por su acción pero, principalmente, por omisión. Los trabajadores debemos estar en nuestro sitio y ejercer activamente una labor de control y fiscalización para que estos personajes no entreguen este órgano de representación de los trabajadores a la Dirección de la Empresa que lo usa para servir a los intereses de la empresa y no de los trabajadores. | | ¡Fortalece el sindicalismo de Clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)! | | |
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