viernes, 1 de marzo de 2024

29 DE FEBRERO: OTRO DESPIDO EN AYESA AT

En la tarde de ayer, 29 de febrero, la Dirección de RRHH notificó a la Sección Sindical de ASC que había despedido disciplinariamente al compañero OPA, del centro de trabajo de Barcelona, perteneciente al grupo profesional 3-C-III, con contrato indefinido desde el 4 de abril de 2022, al compañero le aplican una subida de categoría en noviembre de 2023 y lo despiden disciplinariamente en febrero de 2024, 3 meses después.

La Empresa señala para justificar su última infamia, en forma de despido disciplinario, que:

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 64.4.c) ET, les comunicamos a los efectos oportunos que hoy 29.02.2024, se ha procedido al despido disciplinario por la comisión de faltas laborales muy graves de D. OPA.

Ni que decir tiene que la Empresa no ha hecho entrega a los representantes legales y sindicales de los trabajadores ni la carta de despido ni las, supuestamente, "faltas laborales muy graves" que según AYESA AT ha cometido el compañero.

Debes saber que el pasado día 27 de febrero, AYESA AT remitió a la representación de los trabajadores un escrito señalando que quería iniciar una nueva "negociación" del plan de igualdad, habiendo impuesto unilateralmente un plan de igualdad hace menos de un año, negando así la negociación colectiva. Dos días después, despide disciplinariamente, de manera injusta e infame, a un trabajador. Por un lado, quiere negociar y, por el otro lado, pone muertos encima de la mesa en forma de despido. Por un lado dice querer negociar y, por el otro, agrede a aquéllos con los que dice querer negociar.

Sin duda, los hechos de la empresa muestran con claridad meridiana que lo que hicieron el pasado 27 de febrero es vestir el muñeco de cara al juicio del próximo 16 de abril en la Audiencia Nacional por la demanda de ASC contra la imposición unilateral del Plan de Igualdad y la mala fe que mantuvo AYESA AT durante todo el proceso negociador, que es la misma mala fe que en 48 horas ha mostrado la empresa con sus propias acciones.

Hemos de recordar que el Estado español en 1985 ratificó el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la terminación de la relación de trabajo por iniciativa del empleador, adoptado en Ginebra el 22 de junio de 1982. El artículo 7 de dicho Convenio dice que "no deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él". Ni a los trabajadores que AYESA AT despide de este modo, ni a este trabajador, ni a los representantes legales y sindicales de los trabajadores, que somos instrumentos de los trabajadores en la defensa de sus derechos y de sus intereses (en AYESA AT ASC), se les ha ofrecido posibilidad de defenderse, es más, incluso la Empresa oculta a la representación legal y sindical de los trabajadores los cargos que le imputan para el más grave y criminal castigo que puede imponer un empresario. ¡Ahí tenéis el cinismo de la Empresa! ¡Después la Dirección de la Empresa tendrá la desfachatez de decir que somos los representantes de los trabajadores los que actuamos de mala fe!

Desde ASC rechazamos plenamente el despido del compañero OPA, nos ponemos a su disposición para defender su puesto de trabajo y exigimos la readmisión de OPA de inmediato.

 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A ASC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE A.S.C. EN AYESA AT

0 comentarios:

Publicar un comentario

 

ASC

FSM

Enlaces de interés

XVII Convenio Consultoría (2017-19)
Estatuto de los trabajadores

ASC Atech BPO
ASC NTT Data
ASC Sevilla
Alternativa Sindical de Clase
Federación Sindical Mundial
Tus Permisos Asamblea TIC

Copyright © Sección Sindical de ASC en Atech AS Design by BTDesigner | Blogger Theme by BTDesigner | Powered by Blogger