martes, 3 de abril de 2018

AYESA AT MUEVE EL ÁRBOL Y CCOO-UGT RECOGEN EL FRUTO

AYESA AT MUEVE EL ÁRBOL Y CCOO-UGT RECOGEN EL FRUTO
En el día de ayer os informamos de que las Elecciones Sindicales deberán repetirse debido a que el árbitro del CMAC ha considerado la existencia de vicios graves en el proceso como consecuencia de las ilegalidades perpetradas contra nuestro sindicato, y más concretamente, contra los derechos reconocidos del Presidente del Comité, Fran Barjas, y del que fue Secretario del Comité, Luis Delgado.
Antes de nada queremos agradecer a la Sección Sindical de UGT que en su comunicado haya remitido el laudo sobre la vulneración de los derechos fundamentales de Fran Barjas. A nuestro sindicato y al propio Fran Barjas —los promotores de la impugnación— Correos aún no nos lo ha notificado. Pero es que, ya se sabe, la conexión Junta de Andalucía-PSOE-UGT funciona demasiado 'bien' para ellos y demasiado mal para los bolsillos de los trabajadores. Tendremos que esperar a que nos llegue la Comunicación del Arbitraje con respecto a esos laudos.
Comprobamos que a uno de los beneficiarios, la Sección Sindical de UGT, de esta vulneración de los derechos sindicales de dos trabajadores y del sindicato CSC poco le ha agradado que le hayamos trasladado a la plantilla la decisión del Árbitro de invalidar el proceso electoral, al ser fraudulento y contrario a la Ley y, por eso, procede a verter basura engañando. Es por ello que, respecto al comunicado que os ha enviado la Sección Sindical de UGT, desde la Sección Sindical de CSC queremos señalar lo siguiente:
  1. CSC es el único sindicato que ha ido impugnando todas las vulneraciones que se iban produciendo a lo largo del proceso electoral, al igual que han hecho los compañeros Fran Barjas y Luis Delgado de manera individual.
  2. Señala la Sección Sindical de UGT que "CSC pretende deslegitimar las pasadas elecciones". Debemos señalar que quien ha invalidado las elecciones sindicales no es otro que el propio Árbitro del CMAC. Es él, y no nosotros, el que ha decretado que las elecciones vulneran la legalidad vigente —en concreto, la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional— y quien ha decretado que debe invalidarse el resultado electoral, anularse el proceso y retrotraerse al punto donde se incluyan en el Censo Electoral definitivo a los compañeros Francisco Barjas y Luis Delgado, permitiéndoseles así la participación en el proceso electoral. En consecuencia, el Árbitro da la razón a CSC, y también a Luis Delgado y Fran Barjas, y quien reconoce la ilegalidad del proceso electoral desde la aprobación del Censo Electoral Definitivo en adelante sin estos dos compañeros.
  3. Dice el Árbitro que la exclusión de los compañeros "constituye un vicio grave que afecta a las garantías del proceso electoral y puede haber alterado los resultados (art. 76.2. ET)". Esta vulneración del ET y de los derechos fundamentales de los trabajadores ha sido reconocida gracias a las impugnaciones de CSC y de los compañeros, realizadas antes de que se celebraran las votaciones. Sin embargo, ante un proceso electoral ilegal y vulnerador de los derechos de los trabajadores, los sindicatos CCOO y UGT miraron para el lado de la Empresa y no denunciaron absolutamente nada, algo que un sindicato decente no hubiera hecho, pues es misión de los sindicatos exigir el cumplimiento de los derechos de los trabajadores.
  4. Que tengamos constancia, pues aún no nos han llegado todos los laudos, el Árbitro nos ha dado la razón al reconocer la ilegalidad del proceso y la necesidad de retrotraerse al punto previo a la vulneración de los derechos de los trabajadores, en 4 impugnaciones, identificadas por los números 6.403, 6.404, 6.405 y 6.406.
  5. UGT se desenmascara cuando, para descalificar y tratar de menguar la razón otorgada por el Árbitro del CMAC a CSC y a los compañeros, no duda en mentir apelando a "impugnaciones desestimadas", señalando que "CSC pretende deslegitimar las pasadas elecciones repitiendo el número de impugnaciones presentadas y omitiendo que todas ellas, salvo las ya referidas, fueron desestimadas". Ellos, sin embargo, sí que omiten que hay cuatro impugnaciones —6.390, 6.391, 6.392 y 6.393— desestimadas por la impugnación del Censo Provisional, no por falta de razón —que nos la dan en los laudos citados en el punto 4—, sino porque no tiene sentido entrar en la impugnación del Censo Provisional cuando nos la dan en la impugnación del Censo Definitivo. Del mismo modo, se desestiman impugnaciones posteriores —como las de la proclamación provisional y definitiva de las candidaturas—. Al igual que antes, esta desestimación no es porque no tengamos razón —que nos la otorgan al considerar que Fran Barjas y Luis Delgado deben figurar en el censo—, sino porque, al ser un acto posterior al hecho que desencadena el vicio del resto del proceso —la proclamación del censo definitivo—, carece ya de sentido al tenerse que retrotraer a un punto anterior del proceso.
  6. Al parecer, lo más importante para UGT, porque lo ponen en rojo y en grande en su comunicado, es que «CSC denunció "excesivo número de mesas y urnas", demostrando lo poco que le interesa el derecho a voto». Es curioso que, para justificar dicha aseveración, ponen un extracto que no se ajusta al PDF que adjuntan. Los hechos dicen que en esta Empresa existe un Comité de Empresa gracias a los miembros de PARATO2, hoy CSC, que fuimos responsables de que en SADIEL hubiera organización de los trabajadores. Gracias a nosotros en AYESA AT hay elecciones sindicales y hay Comité de Empresa. A tenor de lo que pone el extracto, de un laudo del que no hemos sido notificados a día de hoy, se trata de una impugnación de CSC a todo el proceso, pues la Mesa Electoral, en su forma de actuar alejada de la ley, estuvo cambiando el número de mesas y urnas hasta 24 horas antes de la votación; no dudando UGT en mentir al objeto de engañar a la plantilla, algo que lleva haciendo desde su creación.
  7. En el arbitraje, los abogados de CCOO y de UGT no tuvieron más remedio que reconocer la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, admitiendo el derecho de los compañeros a presentarse a las Elecciones. Este comportamiento de estos dos representantes de dichos sindicatos, obligados a posicionarse con la legislación, fue normal. Sin embargo, como hemos podido comprobar en muchos casos, las Secciones Sindicales de UGT y CCOO en AYESA AT están sometidas a la voluntad de la Dirección de AYESA AT y no a la de sus propias cúpulas sindicales, como se acredita, por ejemplo, en la política de permisos retribuidos. Desde CSC ya lo comunicábamos el pasado 7 de noviembre en nuestro Comunicado "La estrategia del tridente UGT-CCOO- Dirección de AYESA se manifiesta" que te adjuntamos.
No queremos terminar sin coincidir con UGT en una cosa. Señalan que "Lo que interesa a trabajador@s es tener una representación sindical fuerte y legitimada". Y esto es totalmente cierto. Pero es evidente que unas Secciones Sindicales como CCOO y UGT, creadas por la Dirección de la Empresa al servicio de los intereses de ésta, que engañan a la plantilla, que se venden, que miran para otro lado ante las vulneraciones de los derechos de los trabajadores, que han colaborado con la Empresa en despidos de trabajadores y que lo primero que hacen cuando llegan al Comité mediante unas elecciones ilegales es quitarle las denuncias a la Empresa y quitar derechos a los trabajadores, son una representación sindical sierva de la Dirección de AYESA AT y sus intereses y, por supuesto, una representación ilegítima y desleal para con la clase obrera y con la plantilla de AYESA AT. Por ello, en AYESA AT, únicamente CSC garantiza a la plantilla una representación sindical fuerte, legítima y digna.
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!
"Vivimos en el mundo cuando amamos. Sólo una vida vivida para los demás merece la pena ser vivida"
Albert Einstein.
¡NO a los abusos laborales!
¡NO a los retrocesos laborales!
¡NO a la represión laboral!
¡NO a la represión sindical!
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio)
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT

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