| Siguiendo las directrices de la Patronal AEC, totalmente desbocada al saber que tanto CCOO como UGT no son más que meros adláteres de ésta, la Dirección de AYESA AT el pasado viernes 11 de septiembre, ya fuera de la jornada de trabajo, nos remitió un correo electrónico por el que nos comunicaba su intención de imponer un "Sistema de definición de Roles" en función de cada puesto de trabajo, funciones que se desarrollan justificando la Dirección de AYESA AT esta acción en "que permitirá a la empresa una mejor organización de procesos internos y que servirán de base para el diseño futuro de la evaluación del desempeño anual "Desarróllate en Ayesa" y Plan de Carrera, en la que se está trabajando…". El entrecomillado es literal, el subrayado es nuestro. Te adjuntamos ambos documentos pdf que nos hicieron entrega para que puedas leerlos y valorarlos tú mismo. | | Nuevamente, la Empresa pretende vulnerar los derechos de los trabajadores utilizando la técnica del "engaño y la imposición progresiva", al igual que está haciendo con el SMART JOB, para imponer unilateralmente, en este caso, su modelo de promoción, formación y clasificación profesional. De tal manera que la Dirección de AYESA AT nos da nuevamente un ejemplo magistral de trilerismo y de engaño al objeto de negar el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores e intentando imponer unilateralmente su voluntad en las materias anteriormente mencionadas, dejando bien patente la esencia reaccionaria y enemiga de los trabajadores que posee la Dirección de AYESA AT. | | Y es que la Empresa tiene que recurrir a la mentira para justificar sus fechorías y su autoritarismo, como lo acredita el siguiente párrafo de la carta que nos entregan: | | | | Es falso que el modelo de clasificación profesional ACO que la empresa en 2016 quiso imponer unilateralmente, con un sistema de clasificación profesional por grupos en lugar de por categorías como existía en el XVI Convenio TIC, fuera convalidado por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. De hecho, la Empresa en el juicio tuvo que envainarse su modelo de clasificación profesional ACO de 2016 en la Audiencia Nacional cuando sus abogados negaron en sede judicial que dicho modelo de clasificación profesional "implicara una modificación del modelo de clasificación profesional establecido en el XVI Convenio de empresas de Auditoría y Asistencia Técnica, así como del sistema de ascensos.", el entrecomillado es literal del FUNDAMENTO DE DERECHO CUARTO de la sentencia 171/2016 de 15 de noviembre fruto de la impugnación judicial realizada por CSC contra el modelo de clasificación profesional ACO 2016. Es decir, desdiciéndose en sede judicial de la esencia del modelo que en 2016 pretendía imponer y asumiendo nuevamente el XVI Convenio TIC. | | Por ello, la Empresa dice "con independencia de que no se produjera su implementación efectiva". Y es que para que la Audiencia Nacional desestimara nuestra demanda sus abogados, en el acto del juicio, tuvieron en la práctica que desdecirse de su modelo y sus pretensiones, abrazando forzadamente el XVI Convenio TIC, que es lo que realmente fue convalidado por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Para CSC una derrota judicial jamás fue más dulce que esa, pues de facto lo que tumbaba era el modelo de clasificación profesional ACO 2016, como 4 años después está reconociendo la Dirección de AYESA AT en este escrito. | | Desde CSC, además, queremos hacer las siguientes consideraciones a la plantilla: | | -
El modelo de clasificación profesional ACO 2016, que pretendía sustituir las categorías profesionales por grupos profesionales, fue abortado en AYESA AT gracias a la demanda de CSC. Sin embargo, en el Convenio Sectorial de traición firmado por CCOO y UGT, el XVII Convenio TIC, estos sindicatos no tuvieron el mayor reparo ni la menor vergüenza de entregar el sistema de clasificación profesional de categorías y regalarle a la patronal el sistema de clasificación profesional actual, por grupos profesionales, que introduce mayor ambigüedad y que perjudica a los trabajadores. -
En la mayoría de las empresas grandes del sector el sistema que pretende introducir ahora AYESA AT, con los matices inherentes para ésta, y que es pernicioso para los trabajadores, ya se aplica. Por lo que AYESA AT lo que está haciendo es seguir las directrices de la Patronal. -
Y a tenor de esto, hemos de advertir que el modelo de clasificación profesional por grupos profesionales, el enésimo regalo de los entregados y amarillos sindicatos de la Patronal –CCOO y UGT–, en 2 años se les ha quedado obsoleto a los empresarios en su avidez de explotar más a los trabajadores y empeorar sus condiciones laborales, acabando dicho sea de paso con la promoción y la formación profesional. -
De hecho, es reseñable lo que señala la Dirección de AYESA AT en su escrito remitido el pasado día 11 de septiembre cuando justifica este nuevo atropello señalándonos que ello se hace, entre otras cosas, para evitar "la confusión del uso de nomenclaturas desfasadas temporalmente". Hay que tener mucho cuajo, al igual que mucha desvergüenza, para aseverar eso y, además, dejarlo por escrito cuando en esta empresa a día 15 de septiembre hay 151 compañeros/as que pertenecen al grupo profesional 3-E-III, la misma que decían CCOO y UGT en 2018 que el convenio iba a liquidar, y 116 compañeros/as adscritos al grupo profesional 3-E-II, grupos profesionales que en realidad, por las funciones y el trabajo realizado en esta Empresa no se dan bajo ningún concepto. De hecho, la Empresa tiene contratados, a día de hoy, a 267 compañeros/as bajo estos grupos profesionales al objeto de hacerlos trabajar por unas funciones superiores al encuadramiento profesional reconocido para pagarles menos, gracias al Convenio de traición que firmaron en el Sector TIC CCOO y UGT en el año 2018, aquéllos que decían que habían acabado con "las categorías basura", mentira que el tiempo ha desvanecido a estos siervos de la Patronal. Queremos recordar que en la Encuesta de Riesgos Psicosociales de 2014 –que se hizo gracias a una denuncia que interpuso CSC en Inspección de Trabajo obligando ésta a la Empresa a desarrollarla– aparecían como riesgos muy elevados tanto la carga de trabajo como que los trabajadores desempeñaban trabajos muy por encima de su categoría reconocida, así como el desconocimiento por parte de los trabajadores de los criterios establecidos para la promoción profesional, inexistente por otro lado en la Empresa y que se fundamenta en lo de siempre: la arbitrariedad de la Empresa. -
Sin duda, el XVII Convenio TIC suscrito por CCOO y UGT ha dejado todavía más desprotegido a los trabajadores en materia de clasificación profesional, sin embargo, esto ya no le es válido a los empresarios que necesitan un marco todavía peor para devorar más a los trabajadores, para explotarlos mucho más, exigiéndonos mucho más a cambio de un salario menor. -
Las palabras escritas de la Empresa no sólo nos muestran cuán rápido ha "envejecido" el Convenio TIC de traición suscrito por CCOO y UGT, sino también desnuda el Plan de Igualdad en la Empresa, otra traición perpetrada aquí por los sindicatos amarillos de la Dirección de la Empresa, que es la que de manera efectiva mangonea el Comité de Empresa gracias al pucherazo y el fraude. Y es que el Plan de Igualdad, como es un cheque en blanco, pura basura, le da igual que modifiquen el modelo de clasificación, formación y promoción profesional, pues las medidas contempladas en dicho Plan de Igualdad son puro relleno, la inocuidad total para la Empresa. Y es que este hecho, lo que hace, es mostrar que las traiciones desde que se perpetran ya envejecen, pues la voracidad de los empresarios es insaciable, al igual que la falta de dignidad y de vergüenza de los traidores y su desprecio para con los trabajadores y trabajadoras. | | Sin duda, desde CSC emitiremos un informe negativo, estando toda la información en manos de los servicios jurídicos de nuestro sindicato para valorar la acción jurídica para la impugnación de este atropello. Y es que la Dirección de AYESA AT, nuevamente, persigue imponer unilateralmente un modelo de formación, promoción y clasificación profesional vulnerando el derecho de los trabajadores a la negociación colectiva. | | Desde CSC, como siempre, tomaremos todas las acciones necesarias para impedir que se socaven los intereses de la plantilla, de todos vosotros y vosotras. Sin embargo, hemos de deciros que eso no es suficiente, sino que es necesaria tu implicación y tu participación en la solución de este conflicto. Este conflicto, al igual que todos los que se producen en el seno de la Empresa, siendo responsable de ellos la Dirección y su avidez superlativa, solamente se pueden ganar por parte de los trabajadores con organización y participación. Por ello, es esencial que fortalezcas la organización de los trabajadores que, en AYESA AT, es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC) y te afilies. Pero, además, es necesario que participes dentro de CSC en la medida de tus posibilidades y entregándonos, como en muchos casos ya haces, tu opinión. Y, por supuesto, actuar no de manera individual e individualista, sino de manera organizada y colectiva. Ello, sin duda, es la garantía de que los trabajadores impongamos nuestros intereses y nuestros derechos y, en consecuencia, conquistemos mayores cotas de justicia social, porque ésta es conquistada por los trabajadores mediante la organización y la lucha y no mediante el chalaneo y la traición a la que nos tienen acostumbrados los esbirros amarillos de la Empresa y el modelo sindical que predican y, cuyos resultados, los estamos pudiendo ver y, lo que es peor, padecer. CCOO y UGT no sólo nos conducen a perder el pan, sino que con ellos perdemos el pan y la dignidad. | | ¡Fortalece el sindicalismo de clase, afíliate a la Coordinadora Sindical de Clase (CSC)! | | |
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