| | En el día de ayer, 14 de julio, se sucedieron dos actos en los que CSC estuvo presente teniendo el papel protagonista: | -
Juicio Hot Desk en la Audiencia Nacional. -
Acto de conciliación en el SERCLA previo a la vía judicial por denuncia de la Dirección de AYESA AT contra los delegados del Comité de Empresa de Sevilla pertenecientes a CSC. | 1) Juicio Hot Desk en la Audiencia Nacional | Como bien conocéis, porque os informamos el pasado día 12 de enero, como consecuencia del temporal Filomena, se suspendió el juicio que dicho día se tendría que haber celebrado sobre la imposición unilateral del sistema hot desk. En principio fue señalado dicho juicio para el día 2 de febrero de 2021 y, tal como os informamos el pasado 1 de febrero, los abogados de la Empresa solicitaron la suspensión del mismo por estar el abogado encargado de dicho pleito de baja por enfermedad, quedando señalado el juicio para el día de ayer, 14 de julio a las 10 horas de la mañana, pudiéndose celebrar, finalmente, en el día de ayer. | Como ya os informamos, este juicio se celebra como consecuencia de una denuncia interpuesta por nuestro sindicato, CSC, puesto que entendemos que ha habido una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que deben ser negociadas con la representación sindical y no impuestas unilateralmente por la Empresa y, por tanto, exigimos que se declare la nulidad y, subsidiariamente, la improcedencia de la actuación unilateral de la empresa –imposición del hot desk o puestos calientes, que es la primera parte de la imposición del Smart Job–. | En la Audiencia Nacional, en el día de ayer, estábamos citados: | -
CSC como denunciantes. -
AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES SA como denunciada. -
Como partes interesadas, también estaban citados CCOO, UGT, el Comité de Empresa de Sevilla y los delegados de personal de Madrid y de Barcelona. | En el juicio sólo estuvimos presentes CSC y la Empresa. CSC ha planteado una propuesta de acuerdo en la conciliación en la Audiencia Nacional previa al juicio, que era que la Empresa anulase la imposición unilateral del hot desk e iniciara inmediatamente un proceso de negociación colectiva con la representación de los trabajadores para que los trabajadores podamos introducir nuestras pretensiones, garantías y necesidades ante el nuevo modelo productivo planteado por la Empresa. | La respuesta de la Empresa, expresada a través de su abogado, es que la Empresa no tiene nada que negociar con los trabajadores puesto que ellos entienden que no es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, sino una decisión organizativa de la Empresa. Nuevamente, la Empresa ha mostrado cuál es su talante ante la negociación con los trabajadores: el rechazo y la imposición unilateral. | Puesto que la Empresa ha rechazado llegar a un acuerdo previo, se ha celebrado el juicio. Cuando conozcamos la sentencia os informaremos del signo del juicio. | El pasado día 13 de julio, el Comité de Empresa de Sevilla –secuestrado por la Dirección de RRHH a través de sus esbirros amarillos CCOO y UGT– os remitía un comunicado señalando que quieren negociar un convenio de empresa y la desconexión digital. Pero resulta que, cuando la Empresa impone unilateralmente unas nuevas condiciones de trabajo –como es el hot desk–, no solo no han denunciado, sino que ni tan siquiera han tenido la decencia de presentarse a pesar de haber sido citados. Es obvio que si CCOO y UGT no han denunciado esta imposición unilateral de la Empresa y ni tan siquiera han ido al acto del juicio a manifestar su posición, es porque están de acuerdo con que la Empresa imponga unilateralmente las condiciones de trabajo como le venga en gana, mientras ellos miran hacia otro lado, o lo que es lo mismo, nuevamente se han mostrado como marionetas de la Dirección de AYESA AT que únicamente sirven para blanquear a la Empresa y para engañar y dividir a la plantilla. | 2) Conciliación en el SERCLA. | La Empresa, el pasado 30 de junio introdujo dos papeletas de conciliación como paso previo a un conflicto colectivo: una papeleta en el Instituto Laboral de Madrid, denunciando a la delegada de personal de Madrid, de CSC, y otra papeleta en el SERCLA frente a "los miembros del Sindicato Coordinadora Sindical de Clase que forman parte del comité de empresa del centro de trabajo de Sevilla de AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES SA" de manera nominal y, reproduciendo el contenido de la papeleta de conciliación, a los trabajadores: "Francisco José Barjas Fernández, Marcos Prado Fernández, Luis Delgado Ramírez, Rafael García Berzagay, Eduardo Jiménez García, Armando Cáceres Vázquez, David Blanco Oranto y Rafael Romero Sánchez". Asimismo, en ambas papeletas de conciliación estaban citados como parte interesadas las Secciones Sindicales de UGT, CCOO y CSC, el Comité de Empresa de Sevilla y los delegados de personal de Barcelona y Madrid (en este último caso, sólo en la papeleta del SERCLA porque en la del Instituto Laboral de Madrid estaba como demandada). | El acto del Instituto Laboral, en Madrid, se celebró el pasado 7 de julio. En dicho acto estuvimos presentes tanto la delegada de personal de Madrid Diana Carbajosa, como CSC, así como el abogado de AYESA AT en nombre de la Empresa. | En dicho acto, la Empresa, aparte de reiterar la sarta de mentiras que contiene la papeleta de conciliación previa a la vía judicial, lo que perseguía es que Diana Carbajosa, si lo consideraba conveniente, delegase en un miembro de CSC su puesto en la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad. | Desde CSC se dejó bien claro la triquiñuela sucia que pretendía realizar la empresa llevando dicha papeleta de conciliación al Instituto Laboral (cuyo ámbito es únicamente la Comunidad de Madrid) y al SERCLA (cuyo ámbito es solo para la Comunidad Autónoma de Andalucía), cuando el Plan de Igualdad de la Empresa tiene un ámbito, como mismamente indica en su punto 1.7, de toda la empresa, por tanto, estatal, siendo el órgano competente el SIMA y el juzgado la Audiencia Nacional. ¿Acaso no sabe el abogado de la Empresa esto? Sí que lo sabe, pero ahí está la maniobra; de esta manera, se asumiría que la negociación es por centros de trabajo y representantes unitarios, contradiciendo no sólo el ámbito de toda la Empresa que afecta al Plan de Igualdad, sino también contradiciendo las actas firmadas por la propia empresa, y sus marionetas, donde reconocen que a CSC les corresponden cuatro puestos que quedan vacantes mientras que esta "opción sindical" no designe a sus representantes. Pues bien, cuando CSC designa sus representantes, la Empresa y sus marionetas (CCOO-UGT) donde dijeron digo ahora dicen Diego. | Los miembros del Instituto Laboral de Madrid claramente vieron que CSC tenía razón en todo lo que señalábamos, es decir, vio con claridad de qué iba la jugarreta sucia que la Empresa pretendía hacer. Aún así, desde CSC planteamos un acuerdo, que era que la Empresa asumiera la decisión de CSC y la designación de delegados que hicimos en el mes de marzo de 2021. Obviamente, la Empresa, en su línea, dijo que NO y se cerró el acto sin avenencia. | En el día de ayer, en el SERCLA, estuvimos presentes CSC, 6 de los 8 delegados del Comité denunciados por la Empresa, UGT, y el presidente y el secretario del comité de Empresa de Sevilla, las delegadas de personal de Madrid y Barcelona, aparte del abogado de la Empresa. CCOO ni estaba ni se le esperaba. | Nuevamente, la Empresa reprodujo su posición, sustentada como siempre en la mentira y en el lío, donde, como es de costumbre y con el mismo discurso que UGT, CSC es responsable de todo lo malo y tanto ellos como el Comité de Empresa de Sevilla son maravillosos y víctimas de los villanos de CSC. | UGT se posicionó de acuerdo con la papeleta introducida por la Empresa contra los delegados del Comité de Empresa de CSC, señalando que era correcto el ámbito del SERCLA. | Una vez hablado el abogado de la Empresa, el presidente y el secretario del comité de Empresa –MMR y JAAL– no tenían nada que decir y nada dijeron. | Desde CSC señalamos que el ámbito del Plan de Igualdad es toda la empresa, que afecta a los centros de trabajo de Sevilla, Madrid, Barcelona, Tenerife, Mérida, Valladolid, etcétera y que, por tanto, el ámbito era nacional y, por tanto, el organismo competente era el SIMA y no el SERCLA y prueba de ello que allí habían delegados de centros de trabajo que no pertenecían a la Comunidad Autónoma de Andalucía. | Los representantes del SERCLA suspendieron el acto y dieron tres días hábiles para que cada parte aporte sus razonamientos con respecto a si el SERCLA es competente o no para dicha conciliación. Una vez evaluados los razonamientos, el SERCLA decidirá si archiva la papeleta de la empresa o, por si lo contrario, nos vuelve a citar para una conciliación porque considere que este órgano sí es competente. | Nuevamente, en el SERCLA, se pudo ver que AYESA AT y UGT son la misma cosa, que CCOO ni está ni se le espera y que les importa un rábano los problemas de los trabajadores de AYESA AT y, también, que CSC es el único sindicato que defiende los intereses y los derechos de los trabajadores, siendo ésta la razón por la que la Empresa se mete a sindicalista y no duda en mostrar su rostro reaccionario, aplicando su política de acoso y derribo contra CSC y contra los derechos sindicales de los trabajadores. Sabe la Empresa que los únicos que defendemos a los trabajadores somos CSC, al igual que sabe perfectamente que CCOO y UGT están completamente domados y domesticados por la Dirección de RRHH, al fin y al cabo la Empresa los ha creado y los dirige. | Desde CSC estamos convencidos de nuestras razones y de nuestros argumentos, que son justos porque defienden vuestros intereses, vuestros derechos y vuestra dignidad, que son nuestros intereses, nuestros derechos y nuestra dignidad como sindicato de trabajadores, como sindicato de clase. | Seguiremos informándote. | |
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