martes, 6 de marzo de 2018

DESDE CSC LANZAMOS UNA CAMPAÑA DE REGULARIZACIÓN DE CATEGORÍAS. LA EMPRESA MUEVE FICHA ORGANIZANDO UNA COMISIÓN CON SU SINDICATO UGT/CCOO PARA IMPEDIRLO

DESDE CSC LANZAMOS UNA CAMPAÑA DE REGULARIZACIÓN DE CATEGORÍAS. LA EMPRESA MUEVE FICHA ORGANIZANDO UNA COMISIÓN CON SU SINDICATO UGT/CCOO PARA IMPEDIRLO

Ante la inminente entrada en vigor del nuevo Convenio Colectivo, que consagrará esta práctica fraudulenta, la última posibilidad de regularizar las categorías pasa por la interposición de demandas individuales antes de que empiece su vigencia.
Para ello, CSC pone a disposición de la plantilla su asesoría jurídica para aquellos que se encuentran en esta situación hagan valer sus derechos.



Campaña de regularización
De todos es sabido el incumplimiento reiterado de la clasificación profesional en la empresa, donde las nuevas incorporaciones de programadores se contratan como auxiliares informáticos, así como la normalización en la plantilla de analistas y analistas-programadores con contrato de categorías inferiores. Esta es una de las mejores formas que tiene el empresario para obtener la mayor porción posible del fruto de nuestro trabajo, incumpliendo la ley, a costa de nuestra precarización, y la razón por la que está tan interesado en mantenerla, y por la que necesita a sus sindicatos aliados.
Es por ello que desde que en CSC hemos empezado una campaña por correo individualizada asesorando a los compañeros al respecto de su situación irregular, y dado que algunos de ellos han empezado a tomar la iniciativa interponiendo demandas contra la empresa, ésta ha movilizado con carácter de urgencia a sus sindicatos UGT y CCOO.
Reacción de la empresa: Movilizar a sus sindicatos.
Para ello UGT, tras reunirse con la dirección, convocó un comité "extraordinario" para configurar una Comisión de Trabajo que, en definitiva, negocie con RRHH la reestructuración de categorías, con el propósito de llegar a un pacto con la Representación Legal de los Trabajadores que impida que puedan prosperar futuras demandas individuales que los trabajadores interpongan. Un pacto por supuesto que beneficie a la dirección y con el que los sindicatos amarillos firmarían la enésima traición a los trabajadores. No es otro, sino éste, el propósito de su existencia.
Dada la urgencia con que la empresa quiere impedir la regularización, desde UGT no han dudado en saltarse el reglamento de funcionamiento del comité para su convocatoria, y no han dudado en mentir para justificar la conformación de dicha Comisión, cuyas funciones tampoco quedan reguladas ni sus competencias ni ámbito. También es incomprensible la urgencia de la conformación de una comisión que trate el tema de una regularización de categorías de un convenio que no está en vigor y del que ni siquiera tenemos aún su redactado, y que sus firmantes se niegan a hacer público, no vaya a saberse negro sobre blanco las traiciones que contiene.
Cuando UGT dice "Al parecer, CSC prefiere esperar cruzado de brazos a que se genere un posible conflicto, en vez de trabajar para que tod@s tengamos la categoría que nos corresponde", debemos señalarle al Presidente del Comité de Empresa, Miguel Marín, que si a él lo llaman a capítulo para que le haga el trabajo sucio a la Empresa, es por las acciones que CSC desarrolla para que los trabajadores conozcan sus derechos y actúen. Jamás hemos estado de brazos cruzados, ni tampoco nos dedicamos a engañar como hacen UGT y CCOO, no dudando en ensuciar incluso con sus mentiras al Comité de Empresa, al cual pretenden arrodillar ante la Dirección de la Empresa.
Las mentiras del comité (UGT y CCOO)
Es vergonzoso que CCOO y UGT utilicen al Comité de Empresa para engañar a la Plantilla a conciencia, como lo hace en los dos párrafos que hemos extractado, del comunicado enviado el pasado lunes:
  1. Señala el Comité de Empresa, que "el nuevo convenio firmado incluye (porque así la ley lo exige) la sustitución de las categorías profesionales por grupos profesionales". Miente el Comité de Empresa a la Plantilla al afirmar esto. La Reforma Laboral de Mariano Rajoy incluida en el Real Decreto-Ley 3/2012 de medidas urgentes para la Reforma del Mercado Laboral (BOE núm. 36 de 11/2/2012) introduce una serie de medidas, entre las que se encuentran las destinadas a "favorecer la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo", como las que recoge la modificación del Artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores del Sistema de Clasificación Profesional, de tal modo que éste pretende que el sistema de Clasificación Profesional de los trabajadores se establezca por medio de grupos profesionales. Este hecho no quiere decir que los convenios "porque así la ley lo exige" obligatoriamente tengan que tener un sistema de Grupos Profesionales. Para empezar, de ser así, por ejemplo, el Convenio Colectivo del Sector del Comercio de la Piel en General de la Comunidad de Madrid (BOCM núm. 198 de 19/08/2016), o el Convenio Colectivo estatal del Sector de Desinfección, Desinsectación y Desratización (BOE núm. 154 de 28/06/2013), firmados ambos por CCOO y UGT, serían ilegales puesto que mantienen las categorías profesionales como sistema de Clasificación Profesional.
    Y es que la negociación colectiva es un instrumento que tienen los trabajadores para legislar sus relaciones de producción, sus condiciones económicas y laborales, a todos los niveles. Mediante la negociación colectiva, para empezar, se deben mejorar los mínimos legales establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. De hecho el artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores establece el contenido de la negociación colectiva, donde en ningún lugar establece que el sistema de clasificación profesional tenga que estar estructurado por grupos profesionales o por categorías profesionales. En todo caso dependerá de lo que acuerden las partes.
    Distinto es que CCOO y UGT se hayan tragado por completo la Reforma Laboral de 2012 de Mariano Rajoy, que se hizo en un contexto económico diametralmente diferente según dice el propio Presidente del Gobierno. Hemos de recordar que CCOO y UGT nos llevaron a una Huelga General contra esta Reforma Laboral, que por lo que vemos se la tragan por completo y la utilizan para despedir a trabajadores de sus propios sindicatos. Lo que han hecho CCOO y UGT en el Convenio TIC es claudicar, es vender a los trabajadores del sector, esta es la realidad y no que la clasificación profesional del Convenio que han firmado —y que todavía no se ha publicado en el BOE, por tanto aún no está en vigor— es así "porque así la ley lo exige".
    También hemos de recordar cómo la flexibilidad funcional, regulada mediante los grupos profesionales, que vendrá impuesta por la patronal y sus sindicatos en el nuevo convenio colectivo, (recordad que los trabajadores no hemos votado su aprobación, gracias a que según Miguel Marín "UGT solo responde ante sus afiliados", aunque ni siquiera estos han tenido la oportunidad de hacerlo), ya había sido firmada entre los sindicatos de la patronal y la patronal en 2012, con el II Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva, revalidado en el III ANC en 2015, y desde entonces estos sindicatos van imponiéndolo en los sucesivos convenios colectivos que van negociando. De nuevo observamos la importancia de que los trabajadores seamos conscientes del daño que hace a nuestros intereses el seguir confiando en unas organizaciones sindicales entregadas a la patronal, y de cómo debemos darles la espalda en todos y cada uno de los centros de trabajo donde se presenten como candidatos.
  2. Señala el Comité de Empresa que "en la empresa existen categorías que no se corresponden con el convenio anterior". Miente el Comité de Empresa a la Plantilla al afirmar esto. Demostrémoslo:
    • CSC denunció el Sistema de Clasificación Profesional ACO en septiembre de 2016. Sistema de Clasificación similar al que la Patronal ha impuesto en este Convenio Sectorial que firmaron el pasado 20 de diciembre CCOO y UGT, y que aún no está en vigor. De esa denuncia fué el juicio en noviembre de 2016 en la Audiencia Nacional. Juicio, por cierto, en el que ni las secciones sindicales de CCOO ni UGT aparecieron a pesar de estar citadas. En el HECHO PROBADO OCTAVO de la Sentencia señalaba: "La empresa utiliza una nomenclatura propia para referirse a las distintas categorías recogidas en el Convenio Colectivo de aplicación y ha creado distintos puestos de trabajo que superan la categoría de Analista —la más alta del Convenio—, existiendo una tabla de equivalencias entre las categorías propias y las de Convenio, conocida por las Secciones Sindicales...". Este argumento, de rebautizar las categorías del convenio con otros nombres para diferenciar los puestos de trabajo, que equivalían a las categorías del Convenio, que eran el que cumplían, fue el que hizo que la Dirección de AYESA AT ganase el juicio, pero que no pudieran llevar a la práctica el modelo ACO.
    • El 21 de diciembre de 2016, tras el juicio mencionado anteriormente, RRHH hizo entrega al Comité y a las diferentes Secciones sindicales el documento titulado "DEFINICIÓN FUNCIONAL CATEGORÍAS – XVI CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADO Y DE OPINIÓN PÚBLICA (Art. 15)". Documento que os adjuntamos en PDF.
Queda demostrado que el Comité de Empresa, utilizado por CCOO y UGT, miente. Resulta que los motivos que ha dado el Comité de Empresa para justificar la creación de una Comisión que vulnera el Reglamento del Comité de Empresa, y que no cumple la legalidad, son una pura mentira. ¿Cuál es la verdad entonces? La verdad es que existen muchos compañeros y compañeras con categorías que no les corresponden, que incluso hay compañeros que han demandado su clasificación profesional, y que el Presidente del Comité, llamado a Capítulo por la Empresa, sale al auxilio de ésta para obstaculizar la acción de aquellos trabajadores dispuestos a pelear por el encuadramiento profesional que le corresponde y, de paso, tratarán de blanquear todas las tropelías que la Dirección de AYESA AT haga en el proceso de conversión de las categorías establecido en el XVI Convenio al de Grupo Profesional establecido en el XVII Convenio. Decimos que tratarán, porque CSC no lo va a permitir.
Los trabajadores de AYESA AT no merecemos un Comité que engañe, no merecemos un Comité que nos venda. Ese es el cambio que han traído CCOO y UGT, que la Dirección de AYESA AT sea quien dirija y utilice el Comité a su antojo y en su favor.
La solución está en vuestras manos, compañer@s.


¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

"Nos reímos del honor y luego nos sorprendemos de encontrar traidores entre nosotros"
Clive Staples Lewis.

¡NO a los abusos laborales!,
¡NO a los retrocesos laborales!,
¡NO a la represión laboral!,
¡NO a la represión sindical!,
¡Readmisión de Fran Barjas! (despedido por su labor implacable como Presidente del Comité),
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio).

¡Afíliate a la CSC!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT

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