En el día de ayer (06/03/2018) tuvo lugar un pleno ordinario del Comité de Empresa. | |
Los puntos del orden del día han sido los siguientes: | |
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En el punto Lectura y aprobación si procede del acta anterior hemos vuelto a denunciar la opacidad, con lo sucedido en los plenos, que se reflejan en las actas que elabora el Secretario del Comité de Empresa donde ni se incluyen las posiciones ni lo que realmente acontece en los Plenos del Comité. En ellas no se reflejan los debates, tal y como se ha venido haciendo durante estos 8 años anteriores y parece que tienen tan poco interés en la elaboración de las actas como en luchar por los derechos laborales de la plantilla. | |
En el punto Postura del comité respecto a los paros convocados para el 8 de marzo hemos defendido la postura de CSC ante la huelga del 8 de Marzo, Día de la Mujer Trabajadora, con la que no estamos de acuerdo en los términos en que está convocada, tal y como explicamos ampliamente en el comunicado de nuestra organización, enviado el pasado 1 de marzo de 2018. En este sentido, no queremos ni que se olvide el origen de clase de este día de la mujer TRABAJADORA ni que se desvirtúe el objetivo de una huelga: una huelga es un instrumento que tiene la clase trabajadora para parar la producción. Si la clase trabajadora no produce, la patronal no genera beneficio. Por lo tanto -y por coherencia con nuestros principios-, si algún trabajador o trabajadora desea secundar el paro, animamos a que realice el paro de 24h para el que también existe cobertura legal. | |
Además, hemos denunciado lo nefasto que es el postureo que tildan de "lucha" por CCOO y UGT, con sus 2 horas de paros por turnos, que como os hemos mostrado en esta empresa se esfuerzan (2 horas) por hacer que luchan pero en otras empresas con 15 minutos e incluso 5 minutos e incluso pastelean con las empresas para que sea tiempo de trabajo. | |
En el punto Nombramiento de miembros del comité de empresa a la mesa de igualdad lo primero que hemos hecho es preguntar qué sentido tiene el nombrar una Mesa de Igualdad cuando en la Empresa no hay ningún Plan de Igualdad vigente. A ello Miguel Marín ha respondido que de eso se trataba de confeccionar una Mesa de Igualdad para negociar un Plan de Igualdad. Al respecto desde CSC hemos señalado que lo primero que el Comité debería de hacer sería determinar si se va a negociar, en base a qué se va a negociar y, por último, conformar una Comisión Negociadora del Comité para el Plan de Igualdad, pero nada de esto no estaba recogido en el orden del día del Pleno del Comité impuesto por Miguel Marín. | |
El Presidente del Comité, así como los miembros de la Sección Sindical de UGT, importándole bien poco el orden del día que ellos mismos habían impuesto, han procedido a llevar a término la asignación de los miembros y la votación de esta asignación, de una Comisión negociadora - votación de algo que no figuraba en el orden del día -, todo ello con el apoyo de CCOO, que no tiene nada que aportar en los comités y que lo único que hace es levantar la mano, en plan voto de palo, para apoyar sistemáticamente los atropellos que perpetra UGT. Es normal, ambas secciones sindicales son las dos patas de la Dirección de AYESA AT en el Comité de Empresa. | |
Llegados a este punto, queremos lanzaros la siguiente reflexión: | |
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En el punto Solicitud de reunión de la comisión de trabajo para la aplicación del XVII, desde CSC nos hemos opuesto a este teatrillo que están llevando a cabo estas secciones sindicales amarillas y vendidas a la empresa porque para eso, como se argumenta en el nefasto Convenio Sectorial, ya existe una mesa paritaria que tendrá la labor de controlar que todas las empresas del sector apliquen el Convenio Sectorial. | |
Dice el artículo 4 del XVII Convenio publicado en el BOE que "De cara a la reclasificación profesional derivada de este Convenio Colectivo, las Empresas dispondrán de cuatro meses desde la publicación del mismo en el «BOE» para encuadrar las anteriores categorías profesionales en los nuevos grupos y niveles profesionales, todo ello con independencia de los efectos económicos contemplados en el párrafo anterior. La Comisión Mixta Paritaria del Convenio asume las competencias para la resolución de los problemas de adecuación funcional a la Clasificación Profesional del Convenio.". | |
Esta Comisión Mixta Paritaria del Convenio está definida en el artículo 9 del Convenio. CCOO y UGT en AYESA AT no dudan en vulnerar lo que sus sindicatos han firmado con la Patronal del sector, es decir, vulnerar el XVII Convenio. Ese paripé no tiene validez legal alguna, para lo único que puede servir es para que la Empresa la utilice en futuros juicios ante atropellos en la conversión de las categorías a los grupos, no dudando sus sindicatos en ir en contra del Convenio firmado por sus sindicatos para ir a socorrerla; y es que las Secciones sindicales de CCOO y UGT en AYESA AT entre obedecer a sus sindicatos y a la Dirección de la Empresa, no dudan en servir a la Dirección de la Empresa, que para eso las ha creado. | |
En este circo de estómagos agradecidos en el que se han convertido los plenos del Comité de Empresa, los trabajadores únicamente estamos representados por CSC. Este comité de Empresa, nacido del fraude electoral y usurpado por la Dirección de la Empresa a través de sus títeres sindicales, nunca va a luchar por mejorar nuestras condiciones. El objetivo de la mayoría de este Comité de Empresa - CCOO y UGT - es hacerle el trabajo sucio y asumir todo lo que diga, o dicte, la empresa (el engaño de las paz social, cuando la Dirección de la Empresa demuestra estar en guerra abierta contra los derechos de los trabajadores, como lo acreditan las sentencias judiciales) abonándole el terreno a la Empresa para que ésta nos explote cada vez más, y más, y allanarle el terreno para que la Empresa tenga impunidad en la violación de los derechos de los trabajadores. Para eso fueron creados y esa es su función. Nunca van a aceptar de la existencia de un conflicto en la empresa aunque en esta existan contratos en prácticas a tiempo completo de un programador junior con una salario de 9.907 euros brutos anuales, aunque exista acoso, aunque la empresa haya sido condenada por vulneración de derechos fundamentales, nunca será suficiente porque ellos son la empresa y están bien alimentados por esta, con prebendas. | |
¡Despierta compañero! Tú única salida es tomar las riendas de la situación y organizarte en el único sindicato en la empresa hecho por y para los trabajadores, la CSC. | |
¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC! | |
"Nos reímos del honor y luego nos sorprendemos de encontrar traidores entre nosotros" | |
Clive Staples Lewis. | |
¡NO a los abusos laborales! | |
¡NO a los retrocesos laborales! | |
¡NO a la represión laboral! | |
¡NO a la represión sindical! | |
¡Readmisión de Luis Delgado! (con juicio en el TS favorable al trabajador por traslado discriminatorio) | |
SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT | |
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jueves, 8 de marzo de 2018
En el día de ayer tuvo lugar un pleno ordinario del Comité de Empresa.
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