Según reza el correo electrónico de la Dirección de RRHH, la Dirección de AYESA AT ha despedido disciplinariamente al compañero RCM empleando un burofax para ello, que fue remitido, según la Dirección de RRHH el pasado viernes. El compañero RCM pertenece al centro de trabajo de Sevilla, su grupo profesional era 3-D-II, su antigüedad de dos años y cuatro meses y su contrato era por obra y servicio para el cliente ENDESA MEDIOS Y SISTEMAS, SL, concretamente para el proyecto P45/13689/02 2019 Lote 2 España I&N. Mientras la Empresa señala que el año 2020 fue de récord en materia de contratación y que 2021 es el año en el que AYESA da un salto presupuestario, superando por primera vez el umbral de los 300 millones de euros, el hijo del dueño de AYESA nos advierte que va a ser el año de "dar un paso de gigante", y nos cuentan que con el fondo de inversión norteamericano A&M Capital se va a duplicar la facturación y se va a extender el grupo por allá y acullá, aparte de las diferentes reestructuraciones que siempre persiguen lo mismo, machacar más a los trabajadores y explotarnos hasta la extenuación, AYESA AT sigue empleando de manera fraudulenta el despido disciplinario, esta vez con el compañero RCM. Tan infame como este despido —fraudulento a todas luces y por eso la Empresa no entrega la carta de despido disciplinario informando de las sanciones muy graves impuestas, tal y como mandata el artículo 64.4.c— es la política contractual de la Empresa que se retrata con precisión si analizamos la relación laboral impuesta por AYESA AT a este compañero. Así, Rubén ha estado dos años con un contrato en prácticas y tras ese tiempo, máximo permitido para esa modalidad de contrato, la empresa le ha impuesto un contrato temporal por obra y servicio. Un trabajador que en 30 meses haya encadenado 24 meses contratado con la misma empresa o grupo de empresas mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por ETTs, adquirirá la condición de trabajador fijo. Esto es lo que contempla el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores. Quiere decir que AYESA AT, siendo consciente de que en dos meses el trabajador pasaría a ser indefinido —como la Inspección de Trabajo ha forzado en centenares de casos como consecuencia de denuncias de CSC donde señalamos el fraude de ley en el que incurre la Empresa—, siendo en nuestra opinión por ese motivo por el que, nuevamente, AYESA AT emplea de manera fraudulenta el despido disciplinario. ¿Cómo se justifica si no la aplicación de la mayor pena —como es el despido disciplinario— a un trabajador que hace dos años y cuatro meses entró en AYESA AT adscrito al grupo profesional 3-E-III y que desde julio de 2021 está adscrito al grupo profesional 3-D-II, o lo que es lo mismo en este tiempo ha ascendido 5 escalones en la clasificación profesional vergonzosa que suscribieron el XVII Convenio TIC CCOO y UGT? Recordad compañeros/as este caso, este ejemplo, ante promesas que os haga la Empresa de subidas salariales individuales o de subidas de categorías. Todo lo que no quede recogido por escrito, todo lo que no sea negociación colectiva y construcción de una fuerza de los trabajadores que fuerce a la empresa a cumplir y respetar a los trabajadores no es más que papel mojado. ¡Grabaoslo a fuego! Y ya que hablamos del XVII Convenio TIC, los plazos de la contratación temporal mediante el convenio sectorial se podrían hacer decrecer para que el trabajador adquiera la condición de indefinido en menos tiempo pero CCOO y UGT, como buenos vasallos de la patronal, nada hicieron al respecto en el XVII Convenio TIC como tampoco lo hacen para el XVIII Convenio TIC, preocupándoles más negociar otros aspectos como la desvinculación de los trabajadores vía prejubilaciones. Desde CSC rechazamos de plano el despido de este trabajador, el cual es un acto infame de la Empresa para con este compañero y una nueva agresión también para el conjunto de la plantilla. Asimismo, denunciamos el uso fraudulento del despido disciplinario realizado por la Dirección de AYESA AT. CSC se pone a disposición del compañero para defender sus derechos. Nuevamente los hechos nos demuestran que aislados y desorganizados los trabajadores no somos nada, estamos a merced de la Empresa y su despotismo y somos terriblemente vulnerables como se acredita en este caso y en otros muchos. Si piensas que siendo sumiso/a la Empresa te lo va a premiar y considerar estás totalmente equivocado, AYESA AT enseña que para la Empresa los trabajadores somos meros números, meras herramientas que se nos usa y se nos tira atendiendo a los intereses crematísticos de los dueños de la Empresa. La única salida que tenemos los trabajadores y trabajadoras es fortalecer el sindicalismo de clase, la Coordinadora Sindical de Clase (CSC) para tener más fuerza y recursos con los que confrontar nuestros intereses colectivos como trabajadores con la avaricia, la voracidad y el despotismo de la Empresa. Cuanta más fuerza tenga la organización de clase de los trabajadores, más fuertes seremos los trabajadores y más potencia tendremos para defender nuestros intereses y para frenar las agresiones de una Empresa que evidencia un desprecio brutal para con los trabajadores. |
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