lunes, 13 de diciembre de 2021

ASÍ TE ENGAÑA UGT CON EL CALENDARIO LABORAL


La Sección Sindical de UGT reitera en sus comunicados respecto del calendario de 2022 el siguiente mensaje:

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Y nosotros nos preguntamos:

  1. ¿Realmente es un logro para los trabajadores con contrato a tiempo parcial y mejora sus condiciones laborales y económicas?
  2. ¿Realmente ha sido una conquista de UGT, o UGT ha hecho de blanqueador de la Empresa para perjudicar a los trabajadores con contrato a tiempo parcial?

1. ¿Realmente es un logro para los trabajadores a tiempo parcial y mejora sus condiciones laborales y económicas?

Un contrato a tiempo parcial es el acuerdo entre trabajador y empresario en el que se fija la prestación laboral por un número de horas inferiores a la jornada laboral completa de 40 horas semanales. Este contrato a tiempo parcial puede ser indefinido o de duración determinada.

En los contratos a tiempo parcial no está permitida la realización de horas extraordinarias, a excepción de aquellas originadas por un siniestro o catástrofe natural. Por el contrario, el empresario puede pactar con el trabajador en el contrato a tiempo parcial la realización de horas complementarias —siempre que dicho contrato tenga una jornada no inferior a 10 horas semanales en cómputo anual— con un tope del 30% de las horas ordinarias de trabajo del objeto del contrato.

Y una cosa importante, la hora complementaria efectivamente realizada se retribuirá como hora ordinaria, computándose como tal a efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y periodos de carencia y bases reguladoras de las prestaciones. Puesto que el XVII Convenio TIC firmado por CCOO y UGT pasa olímpicamente de los trabajadores con contrato a tiempo parcial, este tipo de contrato está plenamente definido en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

Según dicho artículo, "los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo". Y, con respecto del calendario laboral, el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores es meridianamente claro: "Anualmente se elaborará por la empresa el calendario laboral, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo". Queda claro que, en un mismo centro de trabajo, según el Estatuto de los Trabajadores, debe haber únicamente un calendario laboral y no tantos como le dé la gana a la Empresa y sus palmeros.

La Empresa no duda en pasarse el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores por el forro de sus narices, pero tiene una razón para hacerlo: incrementar el abanico para distribuir las horas complementarias con respecto de los trabajadores a tiempo parcial. Por eso la Empresa, violando la ley, les niega la jornada intensiva a los trabajadores con contrato a tiempo parcial, al objeto de alargar la distribución de las horas complementarias. Como puedes ver, se salta la ley con el objetivo de ampliar la distribución de las horas complementarias, de tal modo que al discriminar entre trabajadores a tiempo completo y tiempo parcial —vulnerando el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores— en julio y agosto, por ejemplo, la empresa pretende tener la potestad de utilizar al trabajador a tiempo parcial desde las 7:45 horas hasta las 20 horas cuando en realidad el trabajador a tiempo parcial, en jornada intensiva, solo debiera estar disponible de 8 a 15 horas.

Esta es la razón por el que la empresa viola la ley y este es el "logro" que os vende el sindicato amarillo de la Dirección de la Empresa, UGT. Estos son los que han firmado el Plan de Igualdad que les impuso la Dirección de AYESA AT a través de Germán del Real y que son los primeros en atentar contra el principio de igualdad, como se comprueba defendiendo la posición de la Dirección de AYESA AT la cual se atribuye.

No contentos UGT con vender a los trabajadores con contrato a tiempo parcial, proceden a engañarte sin miramientos, diciéndote lo siguiente con respecto al calendario de los trabajadores a tiempo parcial y ese colectivo:

"Así en 2022 tendrán 5 días libres en Sevilla"

¿Realmente tendrán 5 días libres en Sevilla en 2022? Veamos el calendario que pretende imponer la Empresa en Sevilla para dicho colectivo de trabajadores:

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No vemos ninguno de esos 5 días libres que nos cuenta UGT, pero sí vemos cómo a los compañeros y compañeras con contrato a tiempo parcial sí les roban la jornada intensiva.

2. ¿Realmente ha sido una conquista de UGT o UGT ha hecho de blanqueador de la Empresa para perjudicar a los trabajadores con contrato a tiempo parcial?

Para comenzar, a tenor de lo visto en el punto anterior, no es una conquista para los trabajadores lo que vende UGT como conquista, esto es, que los trabajadores a tiempo parcial tengan un calendario laboral diferente. Es más, no sólo no es una conquista, sino una ilegalidad manifiesta que pisotea los derechos de los trabajadores y sólo gana la Empresa con dicha vulneración.

Pero vayamos al día 18 de diciembre de 2018, una vez ya perpetrado el pucherazo —o golpe de Estado de la Dirección de AYESA AT— en el comité de Empresa de Sevilla, teniéndolo controlado a través de sus sindicatos amarillos UGT y CCOO. Ese día la Sección Sindical de UGT remitía un comunicado a la plantilla titulado "24 y 31 diciembre- Trabajadores Tiempo Parcial" que os extractamos:

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Os hemos subrayado el segundo párrafo donde a la Sección Sindical amarilla de UGT no le parecía "ni lógico, ni legal" lo que pretendían hacerle a los trabajadores con contrato a tiempo parcial los días 24 y 31 de diciembre de 2018 reconociendo, además, que en AYESA AT había un único calendario laboral, el cual la empresa vulneraba como le venía en gana.

El calendario laboral de 2019 fue impugnado judicialmente por CSC y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía nos dio la razón con la sentencia número 873/20 anulando el calendario laboral de AYESA AT de 2019 en el centro de trabajo de Sevilla. Te adjuntamos el fallo de la sentencia:

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Hemos de recordar que con referencia al calendario laboral de 2019, la Sección Sindical de UGT quería mostrar un falso conchabeo entre CSC y la Empresa, y os decían en el comunicado que esa sección sindical amarilla os remitió el pasado 19 de enero de 2019 con el asunto "Calendario laboral 2019" lo siguiente:

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¡Fijaos el juego en el que CSC impugnó judicialmente el calendario de 2019 y ganó en los juzgados anulando el calendario de 2019!

Pero lo que era ilegal e ilógico para UGT en 2018, pasa a ser una conquista de UGT a partir del año 2020 como te dicen ahora. ¡Esto, más que un conchabeo, es una traición y una bajada de pantalones kilométrica! Una bajada de pantalones que tiene mucho que ver con el Plan de Igualdad de traición suscrito por UGT y CCOO, el cual, como se está viendo, más que un plan de igualdad es un plan de desigualdad o de cómo la Empresa puede saltarse el principio de igualdad con la firma de CCOO y UGT que le otorga impunidad absoluta para hacerlo.

¡Ahí tenéis como os traiciona UGT, como os engaña y cómo blanquean las ilegalidades de la Empresa! ¡Ahí tenéis cómo UGT divide a la plantilla! Por eso hay que echar a los sindicatos amarillos (CCOO-UGT) del Comité de Empresa, hay que echar a aquellos que venden, dividen y traicionan a los trabajadores.

¡Y a todo esto, el Comité de Empresa de Sevilla ni está ni se le espera!


 

¡FORTALECE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, AFÍLIATE A CSC!

¡NO a los abusos laborales!

¡NO a los retrocesos laborales!

¡NO a la represión sindical!

SECCIÓN SINDICAL DE C.S.C. EN AYESA AT


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