Es decir, en solo una semana el número de recuperados ha pasado de 529 a 592, un total de 63. Recordad que en los recuperados se acumulan, desde que empezó la pandemia, los positivos que han superado la enfermedad y los que han tenido contacto estrecho (pero desconocemos si finalmente fueron o no positivos porque no tenemos la más mínima información de los rastreos). De tal modo que si nos vamos al anterior seguimiento, el del 17 de diciembre de 2020, donde el número de recuperados era de 372, resulta que en casi dos meses esa cifra se ha incrementado en 220, o, dicho de otro modo, en dos meses, 220 trabajadores, solo de Ayesa AT, pues no se contemplan los del resto del grupo mercantil aun cuando comparten instalaciones, o se contagiaron o tuvieron un contacto estrecho, o ambas cosas. Repetimos, 220 trabajadores en 2 meses, el 15% de la plantilla; 592 en apenas un año, el 39,5%. Hizo referencia la responsable del SPM a otro correo suyo, que también remitió antes de la reunión/teatro (1 minuto antes), que adjuntaba un hoja Excel con datos de CO2 medidos desde el 09/11/2020 al 04/02/2021 —por quién, cuándo, cómo— en los edificios de la sede central de Ayesa y Torre Sevilla, ambos en Sevilla, y los de las sedes de Madrid y Barcelona. Curiosamente, dijo que faltaba completar la información con las oficinas de la avenida República Argentina en Sevilla (seguro que los que trabajáis allí también tendréis interés en conocer el porqué de esta omisión y los datos que finalmente puedan arrojar las mediciones supuestamente realizadas). Así mismo, la responsable del SPM se comprometió a reportar esa información cada quince días, "al igual que hago con los datos de riesgos potenciales". La empresa también manifestó el compromiso de reportar información sobre trabajadores "confinados" (información que hemos solicitado en reiteradas ocasiones desde CSC) con periodicidad quincenal a toda la representación legal de los trabajadores. Por último, comentó que se ha hecho una nueva modificación al protocolo COVID —ese que se ha elaborado y se modifica de espaldas a los trabajadores y sin su representación en el Comité de Seguimiento con el que la Dirección escamotea la participación de los trabajadores a través de sus representantes en materia de seguridad y salud— que recogerá la nueva definición de "contacto estrecho" y contempla el contagio por aerosoles. También, según indicaron, se incluyen dos nuevas medidas preventivas: la primera, la obligación de mascarillas en "las salas de trabajo de uso compartido", como las llama la responsable del SPM, es decir, espacios reducidos en los que, por confidencialidad (salas de RRHH) o por seguridad (soporte informático) deben permanecer con las puertas cerradas; la segunda medida, consiste en la impartición de formación específica y distribución de dispensadores de gel hidroalcohólico y pulverizadores desinfectantes al personal de soporte informático por aquello de que manejan los equipos de otros. La segunda medida llega un poco tarde, cuando ya ha transcurrido un año de pandemia, ¿o es que los positivos de los que nos (des)informan se están dando precisamente en las filas de estos trabajadores? El delegado LOLS de UGT (no asistió ningún delegado de prevención de esa sección sindical) solicitó a la responsable del SPM que se disponga cartelería en las salas de trabajo sobre el uso de las mascarillas y la "recomendación" de su uso en los puestos de trabajo. Por su parte, los delegados LOLS de CSC reiteraron una vez más que la única medida preventiva válida es la del teletrabajo al 100% y que, en caso de seguir con la presencialidad, la empresa distribuya mascarillas FFP2 a todos los trabajadores que acudan a las oficinas de forma presencial y no solo a los considerados grupo de riesgo. También reiteraron la petición de información relacionada con las medidas específicas de prevención frente al COVID aplicadas a la infraestructura y a los equipos de climatización/ventilación de los distintos edificios de la empresa. A esta cuestión respondió la responsable del SPM diciendo que es algo que está en su tejado y que tienen pendiente desde el SPM, pero que, aunque es fácil de obtener, aún no lo han podido abordar por falta de tiempo. Recordemos que el servicio de prevención de Ayesa AT cuando era propio lo llevaba una sola persona, ahora con cinco en el mancomunado están desbordados de trabajo. Nuestros delegados sindicales se interesaron por conocer cuáles son los servicios esenciales en la empresa y cuál es su horario. Respondió MAF diciendo que corresponde al "personal de mantenimiento y secretarias de planta". Añadió RMP que también se incluyen "aquellos trabajadores que trabajen para clientes que sean de los sectores esenciales". Puesto que todo eran evasivas y suposiciones, intervino la Responsable de Relaciones Laborales para hablar, cómo no, de la norma y decir: "los servicios profesionales están excepcionados de las limitaciones horarias establecidas y, en cualquier caso, los servicios esenciales, que son secretarías, que son mantenimientos, no aplicaría la restricción horaria de la norma. Con lo cual, os confirmaremos cuáles son los horarios, pero entendemos que deberán cumplir con su actividad habitual". ¿Te has enterado? Y así, finalizó la reunión. Nos emplazaron para la próxima, el 11 de marzo. La única salida que tenemos los trabajadores es organizarnos en torno al sindicalismo de clase, que en AYESA AT es la Coordinadora Sindical de Clase (CSC), y fortalecerla al objeto de que los trabajadores organizados y movilizados construyamos la fuerza suficiente para confrontar las políticas nocivas, antipreventivas y contrarias a los trabajadores de la Dirección a las que los esbirros no dudan en hacer seguidismo y darle cobertura, liquidando los instrumentos de representación de los trabajadores y blanqueando los atropellos de la Empresa. Seguiremos informándote. |
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