La desvergüenza de Ayesa es tal, que se salta la Sentencia del Tribunal Supremo a la que hace referencia al igual que el artículo 7 del Convenio nº 158 de la OIT, y además lo reconoce por escrito, como ha hecho con todos los despidos disciplinarios. Las alegaciones son previas a que la empresa tome la decisión de despedir. ¿Para qué alegar cuando la Empresa ya ha ejecutado el despido importándole un soberano rábano lo que alegue el trabajador? |
Este despido es una nueva agresión a la totalidad de los trabajadores de AYESA AT. Mientras los trabajadores no nos organicemos de manera masiva en Alternativa Sindical de Clase (ASC) seguiremos siendo vapuleados por la Empresa. |
ASC rechaza plenamente el despido disciplinario de la compañera y nos ponemos a su disposición en la defensa de su puesto de trabajo. |
La única garantía que tenemos los trabajadores y las trabajadoras para frenar las arbitrariedades y el despotismo empresarial es la organización, la construcción de una fuerza de los trabajadores y trabajadoras que sea capaz de disuadir a la Empresa de agredir y pisotear a la plantilla. ¡ES UNA NECESIDAD ORGANIZARNOS PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS Y NUESTROS INTERESES COMO TRABAJADORES! |
Y para ello es necesario que los trabajadores y las trabajadoras empecemos por acudir a las asambleas que se celebrarán los próximos días 20, 21, 22, 30 y 31 de enero en ALIA y en República Argentina a la hora de la comida (de 14 h a 16 h) convocadas por el Comité de Empresa. Para rechazar las agresiones al conjunto de los trabajadores y para forzar a la empresa a sentarse a negociar un convenio de empresa donde mejoren nuestras condiciones de vida haciendo que se nos respete. |
0 comentarios:
Publicar un comentario