Tenemos conocimiento, por nóminas de compañeros y compañeras que hemos podido analizar, que en la nómina de enero de 2025 aquellos compañeros que tienen prorrateadas las pagas extraordinarias ─perciben su salario distribuido en 12 pagas─ y en 2025 les ha correspondido una subida por incremento de la antigüedad, se les ha pagado de menos en dicha nómina. De hecho, en los conceptos correspondientes a las prorratas de las pagas extraordinarias, en lugar de actualizarles la antigüedad con el nuevo trienio, les han aplicado la misma antigüedad de 2024, estando ahí el error en las nóminas y el consecuente pago inferior en enero de 2025 a los compañeros y compañeras en esta situación. | Revisa bien tu nómina pues este error ha sido detectado, pero es muy posible que haya más nóminas con otras casuísticas diferentes a ésta, donde te estén pagando menos de lo que debes cobrar. Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con nuestra sección sindical y estudiaremos juntos la nómina. | |
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DESDE ASC EXIGIMOS A ATECH ADVANCED SOLUTIONS: | -
Que la empresa informe a todos los trabajadores y trabajadoras a los que ha pagado de menos en enero de 2025 por el error en la elaboración de sus nóminas y les pague de manera inmediata las cantidades adeudadas. -
Que informe a la representación sindical de los trabajadores el porqué se ha producido este error y nos haga entrega de un listado con los trabajadores a los que se les ha pagado de menos en sus nóminas. | |
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RECUERDA QUE EL XIX CONVENIO TIC NO SE ENCUENTRA AÚN EN VIGOR | Según el XIX Convenio TIC, que no ha entrado en vigor aún, pues que tengamos constancia aún no se ha publicado en el BOE, tiene efectos económicos desde 1 de enero de 2025, como lo reconoce el artículo 27.2 del citado convenio. Esto quiere decir que en la nómina de enero te han pagado en base a lo establecido en el XVIII Convenio TIC y, si no se publica este mes, harán lo mismo en febrero. | Este desfase entre el 1 de enero de 2025 y la fecha en la que finalmente se publique en el BOE y entre en vigor el XIX Convenio TIC generará unos atrasos que, según han acordado los firmantes de dicho Convenio Sectorial, las empresas tendrán dos meses para pagarlos desde la fecha de entrada en vigor el Convenio TIC, como puedes ver del extracto del artículo 27 de dicho convenio que te adjuntamos: | |
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Así, por ejemplo, si deciden publicarlo en el BOE el 8 de marzo ─utilizando oportunistamente dicha fecha, como nos tienen acostumbrados─, las empresas del sector TIC tendrán hasta el 8 de mayo para la regularización y abono de dichos atrasos. | Compañero/a, recuerda que la empresa está para defender sus intereses y no los tuyos. Recuerda que la empresa no está ni para defender tus derechos, ni para que se cumplan, sino para no cumplirlos como fórmula para ganar aún más dinero a costa de nosotros, los trabajadores y las trabajadoras. | Así, pues, ante cualquier cuestión, no dudes en ponerte en contacto con nuestra sección sindical, ya sea para estudiar la nómina como para cualquier otra cuestión. | |
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