Ya te adelantamos el pasado miércoles 18 de junio, un resumen de lo acontecido en la reunión trimestral ordinaria del Comité de Seguridad y Salud (CSS) celebrada el día anterior que, dada la cantidad de temas importantes a abordar, tuvo una duración de cuatro horas y media, cuando estaba previsto que durara apenas 2 horas. Como ya te decíamos el pasado miércoles, el peso de la reunión la llevó ASC y, sobre todo, nuestro delegado de prevención, Andrés Melián, que puso sobre la mesa la mayoría de los temas que de verdad afectan a la salud y los trabajadores de la plantilla, demostrando una vez más quiénes somos los que realmente nos preocupamos. | Si bien una buena parte del debate se lo llevó el incumplimiento del Plan de Emergencias ante el apagón del pasado 28 de abril, también surgieron cuestiones importantes y que afectan de manera evidente en la salud y seguridad de nuestros compañeros y compañeras. Ya comentamos el pasado miércoles que una reunión de 4 horas y media dan para mucho y que los temas los iríamos desgranando poco a poco en estos días. | En concreto, uno de ellos fue traído a colación por nuestro delegado de prevención, que es la especial atención de la situación creciente, año a año, debido al cambio climático y que hace que los veranos se alarguen cada vez más en una zona geográfica especialmente sensible como la de Sevilla y alrededores, sin quitarle a otras zonas geográficas donde hay centros de trabajo de la empresa que también lo sufren especialmente, como, por ejemplo, el centro de trabajo de Jaén o Mérida. | Llevamos ya muchos años observando cómo las altas temperaturas se empiezan a producir en épocas cada vez más tempranas, entre mediados de mayo y durante todo el mes de junio, dando sus últimos estertores de la canícula, prácticamente, a finales de septiembre o incluso principios de octubre. | Es cierto que cuando nuestro trabajo se realiza en oficina disponemos de aire acondicionado dentro de la misma, no estamos tan expuestos como en otros trabajos al aire libre, pero no es menos cierto que en jornada partida, durante todo el mes de junio y todo el mes de septiembre, tenemos que realizar salidas para ir a almorzar y luego volver a la oficina. Hemos de recordar aquí que la observación de la seguridad y la salud no se limita solo al interior del edificio, sino que se extiende in itinere. Así, cuando se produce un incidente sobre la seguridad y/o la salud durante el desplazamiento desde el domicilio al lugar de trabajo o viceversa, se considera un accidente laboral. Así, si una persona sufre un golpe de calor cuando sale de la oficina para dirigirse a almorzar a su casa o a un establecimiento cercano a la oficina, éste sería considerado como accidente de trabajo, al igual que ocurre si una persona sufre un accidente de tráfico cuando se dirige a la oficina desde su domicilio. | De esta manera, nuestro delegado de prevención por ASC expuso ante el Comité de Seguridad y Salud que se estudiara la posibilidad de minimizar esos desplazamientos ─y, por tanto, riesgos ante la salud de los trabajadores y trabajadoras─ ampliando la jornada intensiva. | Ante esto, se produjo un interesante debate en el que cada cual se posicionó abiertamente: | -
Por un lado, desde ASC defendimos la ampliación de la jornada reducida desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre, tal y como se venía haciendo en la antigua Sadiel, hasta el año 2012, en el que AYESA adquirió la mayoría accionarial y se cargó de un plumazo, por medio de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT), un mes completo de jornada intensiva. -
Por su parte, UGT estuvo de acuerdo en poner remedio a esta situación e incluso introdujo la posibilidad de no reducir la jornada durante los meses de junio y septiembre y mantenerla completa, pero aumentando la flexibilidad horaria, de manera que se pudiera entrar desde las 7:00 o 7:30 y finalizar la jornada a las 15:00 o 15:30, realizando 8 horas diarias, y así no tener que partir la jornada. Desde ASC también asumimos esta propuesta como una posible solución. -
De CCOO no se pudo conocer su postura, puesto que no estuvo presente su delegado de prevención y la delegada LOLS que estuvo presente no emitió opinión alguna sobre el asunto. -
La empresa se negó, acogiéndose a que la jornada ya estaba establecida en el calendario laboral ─que, recordemos, es una imposición UNILATERAL por parte de la empresa y que es una reivindicación histórica de ASC el tener la posibilidad de realizar la jornada de manera continuada todo el año, aun siendo jornada completa, ampliando la flexibilidad de entrada y salida─, aceptando lo que propuso UGT para los meses de verano, cuestión que, por coherencia, asumimos también aunque nuestra aspiración vaya más allá. -
Por parte de ASC, incluso se planteó una tercera vía que era la posibilidad de acogerse a la adaptación de la jornada, pero la representante de la empresa indicó que no era posible acogerse a esta medida, prevista en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, puesto que esta opción es solo para cuidados de hijos menores o familiares dependientes hasta segundo grado de consanguinidad. | Pero no queremos dejar pasar un comentario de la representación de la empresa, en la que indicaba que la jornada ya estaba establecida en el calendario laboral, impuesto unilateralmente por la empresa y aludiendo a que podría modificarse con negociación colectiva, a la par que, en un acto de cinismo absoluto, puesto que hace apenas un año que la propia empresa, con la aquiescencia, complicidad y colaboración de CCOO, dinamitó la negociación de un Convenio propio para AYESA, negando la negociación colectiva de facto. Pero, para mayor cinismo, la representante de la empresa en el CSS nos indicó claramente que podemos "plantear en el ámbito de la prevención de la seguridad y la salud lo que consideremos oportuno", pero, como Empresa, se adelanta a que la opinión de la empresa es la de que "ese asunto ya está resuelto en el momento de la aprobación del calendario laboral", recordando que esa "aprobación" es en realidad una IMPOSICIÓN UNILATERAL, haciendo caso omiso al informe negativo emitido en su momento por ASC. | Por lo tanto, se trata de una negación clara y concisa de la negociación colectiva a la que tenemos derecho los trabajadores a través de los sindicatos, como organizaciones representantes de los intereses de los trabajadores y trabajadoras, a través de la ley LOLS, siendo considerada por la Constitución Española como un DERECHO FUNDAMENTAL. | En definitiva, ya fuera por activa o por pasiva, la representación de la empresa se negó a cualquiera de las tres propuestas planteadas para solventar este problema cada vez más recurrente, año a año, demostrando lo poco que le importa la prevención de los riesgos y que los intereses económicos de la empresa están muy por encima de la salud y la seguridad de la plantilla. Está antes satisfacer a los clientes, que el que los trabajadores desarrollemos nuestro trabajo de manera segura y en salud. Después se quejarán los representantes de la patronal de los altos índices de absentismo por culpa del deterioro de la salud de los trabajadores, situación que tanto ellos como el Gobierno provocan no aplicando leyes para salvaguardar la salud de los trabajadores y por obligar a los trabajadores a no jubilarse antes de los 67 años, cuando ya se sufren, por ejemplo, patologías que se ven agravadas con las altas temperaturas. | Y es que la empresa lo que quiere es anular la negociación colectiva para que las relaciones laborales se impongan de manera individual (y, por tanto, de manera discriminatoria), para, por un lado, "premiar" a los sumisos y "castigar" a los inconformistas, pero, por otro lado, debilitar la forma de organización de los trabajadores, puesto que los trabajadores cuando reclamamos nuestros derechos de manera colectiva, tenemos más fuerza que cuando nos enfrentamos a toda la organización empresarial, con la debilidad del individuo. | |
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